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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de diciembre de 2010 430546 - Aprobación de viáticos y otros gastos de dichos viajes, salvo el concepto de pasajes generado a la fecha del presente acuerdo. (...)”. 575610-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Modifican la Circular Nº INTA- CR.20.2005/SUNAT/A sobre descripciones mínimas en las importaciones de bienes relacionados con la reproducción y el almacenamiento de datos, audio y video RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 674-2010/SUNAT/A Callao, 6 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que mediante Circular Nº INTA-CR.20.2005/SUNAT/ A, publicada el 05.09.2005, se aprobó las descripciones mínimas en las importaciones de bienes relacionados con la reproducción y el almacenamiento de datos, audio y video; Que resulta conveniente actualizar las tablas Nº 02 y 04 de la mencionada Circular, debido a la aparición de nuevos tipos de discos ópticos así como a la mayor capacidad de almacenamiento; Que de acuerdo al artículo 14 del Reglamento que establece Disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001- 2009-JUS, el proyecto de la presente Resolución fue publicado en el portal web de la SUNAT el 11.11.2010. Que en uso de la facultad establecida en el inciso g) del artículo 23º del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, aprobado con Decreto Supremo Nº 115-2002- PCM, y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 122-2003/SUNAT y en la Resolución de Superintendencia Nº 007-2010/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi cación de las Tablas Nº 02 y 04 de la Circular Nº INTA-CR.20.2005/SUNAT/A Modifíquese la Tabla 02 “Tipo de disco” y Tabla 04 “Capacidad de almacenamiento” de la Circular Nº INTA- CR.20.2005/SUNAT/A, conforme a las Tablas publicadas en el portal web de la SUNAT (www.sunat.gob.pe). Artículo 2º.- Vigencia La presente Resolución entrará en vigencia el 13 de diciembre del 2010. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLORIA EMPERATRIZ LUQUE RAMÍREZ Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas TABLAS TABLA Nº 2: TIPO DE DISCO CÓDIGO DESCRIPCIÓN CDR CD-R CRW CD-RW CÓDIGO DESCRIPCIÓN DR- DVD-R DR+ DVD+R DW- DVD-RW DW+ DVD+RW DRM DVD-RAM UMD UMD (Universal Media Disk – formato Sony) HDR HD DVD-R (High Density Digital Versatile Disc) HDW HD DVD-RW (High Density Digital Versatile Disc) BDR BD-R (Blu Ray) BRW BD-RE (Blu Ray) VMD VMD (Versatile Multilayer Disc) FVD FVD (Forward Versatile Disc) DMD DMD (Digital Multilayer Disc) ZZZ Otros TABLA Nº4: CAPACIDAD DE ALMACENAMIENTO CÓDIGO DESCRIPCIÓN 200 200 MB 225 225 MB 250 250 MB 650 650 MB 700 700 MB 750 750 MB 1GB 1.4 GB 2GB 2.6 GB 4GB 4.7 GB 5GB 5.2 GB 8GB 8.5 GB 9GB 9.4 GB 15G 15 GB 17G 17 GB 19G 19 GB 25G 25 GB 30G 30 GB 40G 40 GB 50G 50 GB 54G 54 GB ZZZ Otros 575165-1 Suspenden aplicación de procedimiento “Tránsito Aduanero Internacional de Mercancías CAN-ALADI” INTA-PG27 (versión 1) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 676-2010/SUNAT/A Callao, 7 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF, establece que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria -SUNAT aprobará los procedimientos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicación de lo dispuesto en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053 y su Reglamento; Que mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 605-2010/SUNAT/A se aprobó el Procedimiento “TRÁNSITO ADUANERO INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS CAN – ALADI” INTA-PG.27, el cual entró en vigor a partir del 18 de octubre de 2010;