Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2010 (09/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de diciembre de 2010

NORMAS LEGALES

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TERCERA.- Establecese, a partir del presente ano fiscal, que lo dispuesto en el articulo 42º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, es aplicable para la incorporacion de los Recursos Directamente Recaudados del Ministerio de la Produccion en los organismos publicos del sector, en el MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 17º del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, y el articulo 27º de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0122001-PE, concordado con el Decreto Supremo N° 0022008-PRODUCE. CUARTA.- Disponese que, a partir del ano 2011, el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, lleve a cabo un inventario anual de los proyectos de inversion publica culminados, asi como de aquellos no culminados cuya ejecucion se suspendio por periodos mayores a un (1) ano y que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley se encuentren pendientes de liquidacion. Para tal efecto, bajo responsabilidad de su titular, las entidades y empresas del sector publico no financiero sujetas al Sistema Nacional de Inversion Publica deben informar a la citada direccion general, en la MORDAZA semana de cada trimestre, sobre los proyectos de inversion que se encuentran en los supuestos MORDAZA mencionados. Los lineamientos para la aplicacion de la presente disposicion, asi como para la liquidacion de los proyectos son establecidos por la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico. El inventario es informado a la Contraloria General de la Republica y publicado en el MORDAZA del Ministerio de Economia y Finanzas. QUINTA.- Disponese la evaluacion independiente de la implementacion del Plan Piloto de la Municipalizacion de la Gestion Educativa en las 35 municipalidades incorporadas en dicho plan. Dicha evaluacion, cuya conduccion estara a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas y el Ministerio de Educacion, se realiza siguiendo los criterios de las evaluaciones independientes del presupuesto por resultados. La continuacion de la implementacion del citado plan piloto durante los anos fiscales subsiguientes esta sujeta a la referida evaluacion. SEXTA.- Autorizase, en el MORDAZA del Programa Piloto de Asistencia Solidaria GRATITUD, a efectuar transferencias directas monetarias a la poblacion de setenta y cinco (75) o mas anos de edad, que se encuentre en situacion de extrema pobreza en areas urbanas y rurales, que no perciban pension de jubilacion bajo algun regimen previsional u otro que otorgue prestacion economica por parte del Estado, incluyendo EsSalud, asi como que no sea beneficiaria de algun programa social, a excepcion del Seguro Integral de Salud (SIS), y el Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion (Pronama). La identificacion de los beneficiarios sera efectuada con base a la informacion registrada en el Sistema de Focalizacion de Hogares (Sisfoh). Mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de la Mujer y Desarrollo Social y de Economia y Finanzas se establecen los lineamientos y mecanismos para la transferencia directa a otorgarse, incluyendo el monto, gastos operativos, oportunidad de pago, determinacion del ambito de intervencion y demas normas que resulten necesarias para su otorgamiento. La linea de base debe ser presentada dentro de un plazo que no exceda los ciento ochenta (180) dias calendario contados desde la publicacion de la presente Ley. Esta disposicion rige hasta el 31 de diciembre de 2011. El financiamiento de la presente disposicion sera con cargo a los recursos que se transfieren de la reserva de contingencia en un monto de TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 35 000 000,00), a favor del pliego Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. En tanto no se dicte el decreto supremo a que se refiere esta disposicion, las transferencias directas seran realizadas de acuerdo al Decreto de Urgencia N° 0592010. SETIMA.- Disponese que la incorporacion de los saldos de balance de la fuente de financiamiento Recursos Determinados en los gobiernos regionales para el ano fiscal 2011, se realiza conforme al procedimiento y formalidad establecida en el parrafo 42.2 del articulo 42º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

OCTAVA.- El presupuesto institucional del pliego Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes) comprende recursos para el financiamiento de proyectos de inversion publica y obras de infraestructura social y productiva a que hace referencia el Decreto Legislativo N° 657 y normas complementarias. El Mimdes, a traves del Fondo Nacional de Cooperacion para el Desarrollo (Foncodes), determina mediante resolucion ministerial los criterios de distribucion a aprobarse, hasta el 31 de diciembre de 2010. El Mimdes, a traves de Foncodes, es responsable del seguimiento y supervision de la ejecucion, asi como de brindar la asistencia tecnica correspondiente. NOVENA.- Facultase al Ministerio de Economia y Finanzas para que, en un plazo que no exceda del primer trimestre del ano 2011, se reestructure organicamente y modifique sus documentos de gestion para mejorar la eficiencia y eficacia de sus procesos internos. Dichas acciones pueden realizarse de manera integral o parcial, de acuerdo a los requerimientos de sus dependencias. Esta comprendida en esta autorizacion la Agencia de Promocion de la Inversion Privada (Proinversion). Para tales fines, la Oficina General de Administracion respectiva, a propuesta de las dependencias respectivas, modifica los documentos de gestion pertinentes, incluido el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), los cuales son aprobados mediante resolucion ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas. Para la mejor aplicacion de la presente disposicion, suspendense las normas que se opongan o limiten su aplicacion, incluidas las relativas al tramite de documentos de gestion. La aplicacion de esta disposicion no implica incremento de remuneraciones u otorgamientos de beneficios. DECIMA.- El Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011 comprende recursos hasta por el monto de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 472 680,00), destinados al financiamiento en el MORDAZA de los Programas Presupuestales Estrategicos Articulado Nutricional, Salud MORDAZA Neonatal y Logros de Aprendizaje al finalizar el III Ciclo de Educacion Basica Regular, vinculados al financiamiento de intervenciones orientadas a disminuir la desnutricion cronica, la muerte materna y neonatal, y la mejora de los logros de aprendizaje, a favor de las poblaciones indigenas y amazonicas de la provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas. Para tal fin, la ejecucion de dichos recursos es efectuada conforme a los procedimientos y lineamientos establecidos en la trigesima sexta disposicion final de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, y conforme al articulo 45º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. UNDECIMA.- Disponese que los recursos de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios que no hayan sido utilizados al 31 de marzo de 2011 de los convenios de administracion de recursos, costos compartidos y otras modalidades similares, suscritos con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y su reglamento, son depositados en la Cuenta Unica del Tesoro Publico por las entidades publicas, conforme a lo que disponga la Direccion Nacional del Tesoro Publico, mediante la resolucion directoral correspondiente, que establece el plazo y formalidades para la devolucion en el ano 2011. DUODECIMA.- La Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas (Devida) es la encargada de efectuar el monitoreo y verificacion del cumplimiento de las metas de las actividades y proyectos correspondientes a los programas institucionales Plan de Impacto Rapido de Lucha contra las Drogas y Prevencion y Tratamiento del Consumo de Drogas a ser ejecutados por las entidades con cargo a los recursos aprobados en la presente Ley en el MORDAZA de los objetivos previstos en la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2007-2011. Previa a la ejecucion de los programas institucionales MORDAZA senalados, las entidades ejecutoras deberan contar con la conformidad de Devida respecto a los planes operativos de las actividades y proyectos formulados en el MORDAZA de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, debiendo suscribirse para dicho proposito convenios de cooperacion interinstitucional con Devida que garanticen el monitoreo y la verificacion del

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