Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2010 (18/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de diciembre de 2010

Agraria-INIA, derogandose todos los dispositivos que se le opongan; Que, con la vigencia de la Ley Nº 29060 - Ley del Silencio Administrativo, concordante con el numeral 38.5 del articulo 38º de la Ley Nº 27444, que dispone que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitacion o de requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, el MORDAZA del Instituto Nacional de Investigacion Agraria-INIA fue modificado por Resolucion Ministerial Nº 697-2007-AG; Que, la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifica la denominacion del Instituto Nacional de Investigacion Agraria por la de Instituto Nacional de Innovacion Agraria-INIA y precisa que tiene a su cargo, el disenar y ejecutar la estrategia nacional de innovacion agraria; Que, el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 1080, que modifica la Ley Nº 27262 - Ley General de Semillas, precisa que el Ministerio de Agricultura, a traves del organismo publico adscrito a este, es la Autoridad en Semillas y como tal es la autoridad nacional competente, para normar, promover, supervisar y sancionar las actividades relativas a la produccion, certificacion y comercializacion de semillas de buena calidad y ejecutar las funciones tecnicas y administrativas, contenidas en la Ley General de Semillas y sus Reglamentos; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley General de Semillas, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2008AG, precisa que a partir del 1º de enero de 2009, el Instituto Nacional de Innovacion Agraria-INIA, ejercera las funciones de Autoridad de Semillas, quien para el cumplimiento de sus fines debe contar con la aprobacion de los procedimientos administrativos y los servicios que brinda en exclusividad, bajos los alcances de las funciones asignadas, lo cual supone la existencia de un MORDAZA procedimiento administrativo que debe ser incorporado en el MORDAZA del INIA; Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM aprueba los lineamientos para elaboracion y aprobacion del MORDAZA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, indicando en su articulo 11º numeral 11.2 que en el caso de los MORDAZA de los Organismos Publicos Descentralizados del Gobierno Nacional, incluidos aquellos adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros, previamente a su aprobacion, deberan contar con la opinion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio al cual se encuentran adscritos; Que, la propuesta del MORDAZA del Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA, cuenta con el informe favorable de la Oficina General de Planificacion, de la Oficina General de Asesoria Juridica y la Oficina General de Administracion del Instituto Nacional de Innovacion Agraria, asi como de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura; De conformidad con la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, el Reglamento de Organizacion y Funciones del INIA aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2005-AG, modificado por Decreto Supremo Nº 027-2008-AG y Decreto Legislativo Nº 997 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura; DECRETA: Articulo 1.- Aprobacion Apruebase el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA del Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA, que consta de ocho (08) Procedimientos Administrativos y once (11) Servicios brindados en Exclusividad, segun Anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2.- Derogacion Derogase el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del ex Instituto Nacional de Investigacion Agraria - INIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-AG y su modificatoria Resolucion Ministerial Nº 697-2007-AG. Articulo 3.- Publicacion El presente Decreto Supremo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano. El MORDAZA y Anexo en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y en el MORDAZA institucional (www.inia.gob.pe).

Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Agricultura y entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil diez MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura

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Aprueban tabla de aplicacion del seguro agropecuario catastrofico para la MORDAZA 2010 -2011
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0786-2010-AG
MORDAZA, 17 de diciembre de 2010 VISTO: El Oficio Nº 012-2010-DVM-FOGASA-CD, de fecha 17 de diciembre de 2010, del Presidente del Consejo Directivo del Fondo de Garantia para el MORDAZA y del Seguro Agropecuario, mediante el cual solicita la aprobacion de la Tabla de Aplicacion del Seguro Agropecuario para la MORDAZA 2010-2011; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28939, Ley que aprueba el Credito Suplementario y Transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, se aprobo en su articulo 4º la constitucion del Fondo de Garantia para el Campo; Que, mediante Ley Nº 28995, se amplio la finalidad del Fondo de Garantia para el MORDAZA, en el sentido, de que financiara mecanismos de aseguramiento agropecuario, ofrecidos a traves del Sistema de Seguros, y se modifico su denominacion a Fondo de Garantia para el MORDAZA y del Seguro Agropecuario. Que, con Ley Nº 29148, se establecio la implementacion y el funcionamiento del Fondo de Garantia para el MORDAZA y del Seguro Agropecuario; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2008-AG, se aprobo el Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario, precisando en su articulo 8º que los productos elegibles, MORDAZA de seguro cubiertos y porcentaje de cofinanciamiento que se aplicaran con relacion al importe de la prima seran aprobados mediante Resolucion Ministerial, con opinion favorable del Consejo Directivo; Que, en ese sentido mediante el Oficio del Visto, el Presidente del Consejo Directivo del Fondo de Garantia para el MORDAZA y del Seguro Agropecuario, solicita la aprobacion de la Tabla de Aplicacion para Seguro Agropecuario para la MORDAZA 2010-2011; Que, la Direccion de Capitalizacion y Seguro Agrario de la Direccion General de Competitividad Agraria, mediante el informe Nº 082-2010-AG-DGCA/DCSA/MSV de fecha 17 de diciembre de 2010, manifiesta su conformidad con el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobadas por Decreto Supremo Nº 031-2008AG y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 019-2008-AG, se aprueba el Reglamento Operativo del Fideicomiso para el Seguro Agropecuario; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobacion. Aprobar la tabla de aplicacion del seguro agropecuario catastrofico para la MORDAZA 2010-2011.

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