Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2010 (18/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de diciembre de 2010

que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derecho de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, en caso contrario, su aprobacion se realiza mediante Decreto Supremo; Que, a propuesta del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, se plantea presentar mayores alternativas y facilidades a los proveedores para acreditar los requisitos, en los procedimientos administrativos seguidos ante la Subdireccion del Registro del OSCE; Que, resulta necesario aprobar la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, en lo concerniente a los referidos procedimientos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley 29060 - Ley del Silencio Administrativo, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM que aprueba Lineamientos para la elaboracion del MORDAZA y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley de Silencio Administrativo; DECRETA: Articulo 1.- Modificacion del TUPA-OSCE Apruebese la modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado con Decreto Supremo Nº 292-2009-EF, correspondiente a los 62 procedimientos seguidos ante la Subdireccion del Registro del OSCE, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2.- Publicacion del TUPA-OSCE El presente Decreto Supremo sera publicado en el Diario Oficial El Peruano. El Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA modificado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado por el articulo 1 del presente Decreto Supremo sera publicado en el MORDAZA Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE (www.osce.gob. pe) y en el MORDAZA del Servicio al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) en la misma fecha de la publicacion oficial del presente Decreto Supremo. Articulo 3.- Vigencia El presente dispositivo legal entrara en vigencia a los treinta (30) dias calendario siguientes a la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de diciembre del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

cuya ejecucion estara a cargo de la Autoridad Nacional del Agua - ANA; Que, en lo que respecta a la disponibilidad presupuestaria de la Contrapartida Nacional requerida por la presente Cooperacion Tecnica No Reembolsable, se cuenta con la opinion favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua - ANA; Que, resulta necesario formalizar la aceptacion de la referida Cooperacion Tecnica No Reembolsable y autorizar la suscripcion del Convenio que la implementa; De conformidad con lo dispuesto en la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y sus modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la Cooperacion Tecnica No Reembolsable a ser otorgada por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por US$ 450 000,00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente la "Preparacion del Plan Nacional de Recursos Hidricos del Peru - Etapa I", cuya ejecucion estara a cargo de la Autoridad Nacional del Agua - ANA. Articulo 2º.- Autorizar al Ministro de Economia y Finanzas, o a quien el designe, a suscribir el convenio que implemente la Cooperacion Tecnica No Reembolsable referida en el articulo 1º de la presente resolucion; asi como al Director General de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico a suscribir los documentos que se requieran para implementar el citado convenio. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Economia y Finanzas

579964-8

Aceptan renuncia y designan Presidente del Comite de PROINVERSION en Proyectos de Saneamiento e Irrigacion - PRO AGUA
RESOLUCION SUPREMA Nº 129-2010-EF
MORDAZA, 17 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660, se determina la naturaleza juridica de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, como organismo publico descentralizado adscrito al sector economia y finanzas, con personeria juridica, autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, por Decreto Supremo Nº 042-2009-EF, publicado el 19 de febrero de 2009, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de PROINVERSION; Que, el Articulo 10º del citado Reglamento de Organizacion y Funciones, establece que los Comites Especiales estan conformados por los Comites de PROINVERSION y se constituyen por Resolucion Suprema del Sector Economia y Finanzas, a propuesta del Consejo Directivo de PROINVERSION; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 047-2009-EF, de fecha 29 de MORDAZA de 2009, se designo al senor MORDAZA MORDAZA Ferreyros como Presidente del Comite de PROINVERSION en Proyectos de Saneamiento e Irrigacion - PRO AGUA; Que, por Resolucion Suprema Nº 236-2010-PCM el citado funcionario ha sido nombrado Ministro de Estado en el Despacho de Economia y Finanzas; Que, mediante carta de fecha 15 de setiembre de 2010 el referido funcionario ha formulado renuncia al cargo de Presidente del Comite de PROINVERSION en Proyectos de Saneamiento e Irrigacion - PRO AGUA;

579964-2

Aceptan Cooperacion Tecnica No Reembolsable a ser otorgada para financiar parcialmente la "Preparacion del Plan Nacional de Recursos Hidricos del Peru - Etapa I"
RESOLUCION SUPREMA Nº 128-2010-EF
MORDAZA, 17 de diciembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Banco Interamericano de Desarrollo - BID otorgara una Cooperacion Tecnica No Reembolsable a la Republica del Peru hasta por la suma de US$ 450 000,00 (CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), para financiar parcialmente la "Preparacion del Plan Nacional de Recursos Hidricos del Peru - Etapa I",

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