Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2010 (18/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 18 de diciembre de 2010

por la Ley. En ambos supuestos corresponde a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero actualizar el registro correspondiente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2009PRODUCE, se adiciono un parrafo al articulo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, senalando que, en caso de los calculos de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) y de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion (LMCE), el Ministerio de la Produccion considera una reserva de contingencia, la misma que sera utilizada para dar atencion a lo senalado en el numeral 3 del citado articulo 11º que indica: "Cuando lo disponga una resolucion administrativa o judicial firme que implique (i) la modificacion de los PMCE asignados por el Ministerio; (ii) el otorgamiento de un permiso de pesca que se encontraba en tramite por sustitucion de igual capacidad de bodega; (iii) el reconocimiento de un derecho de incremento de flota por sustitucion de igual capacidad de bodega, saldos o cualquier otro derecho otorgado con posterioridad a la aprobacion del Listado de PMCE; o, (iv) la modificacion de un permiso de pesca"; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2010PRODUCE, se incorpora el procedimiento N° 131 sobre "Asociacion o Incorporacion Definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura (PMCE) del recurso anchoveta a otra Embarcacion", al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2009-PRODUCE; Que, el Decreto Supremo N° 006-2010-PRODUCE, establece un procedimiento excepcional a fin de permitir la asociacion o incorporacion definitiva del Porcentaje MORDAZA de Captura (PMCE) del recurso anchoveta de una embarcacion a otra, por el cual los armadores podran sustituir el requisito 2) del procedimiento N° 131 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, con un Certificado de Deposito emitido por un Almacen General de Deposito debidamente autorizado por la Superintendencia de Banca y Seguros, debiendo de cumplir con todos los demas requisitos contenidos en el procedimiento N° 131 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 843-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobo el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE (Centro-Norte), cuyo Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2009PRODUCE, se aprobo el Reglamento para la aplicacion del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del MORDAZA, asimismo, a traves de su articulo 2°, se aprobo la preasignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur (PMCE ­ Sur), como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del pais. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 376-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 25 de MORDAZA del 2009, se aprobo el Listado de Asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur ­ PMCE-SUR; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 167-2009PRODUCE de fecha 06 de MORDAZA de 2010, se autorizo el inicio de la MORDAZA Temporada de Pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en la MORDAZA comprendida entre los 16º00´00" Latitud Sur y el extremo sur del dominio maritimo del Peru, correspondiente al periodo Agosto ­ Diciembre 2010; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 499-2010PRODUCE/DGEPP, de fecha 30 de MORDAZA del 2010, se aprobo el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA sur ­ LMCE-SUR del recurso anchoveta, correspondiente a la MORDAZA temporada de pesca Agosto ­ Diciembre de 2010 de la citada zona; cuyos Anexos fueron publicados en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 279-2010PRODUCE de fecha 27 de octubre del 2010, se autorizo el inicio de la MORDAZA temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16º00´ Latitud Sur, a

partir de las 00:00 horas del 20 de noviembre del 2010, que concluira el 31 de enero del 2011 o una vez alcanzado el Limite MORDAZA Total de Captura Permisible (LMTC). Asimismo, se establecio que el LMTC del recurso anchoveta para consumo humano indirecto, correspondiente a dicha temporada de pesca es de 2´070,000 toneladas; Que, mediante Resolucion Directoral N° 708-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 15 de noviembre de 2010, se aprobo el Listado de Asignacion de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE, correspondiente a la MORDAZA temporada de pesca del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) del 2010, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16°00' Latitud Sur; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 417-94-PE de fecha 13 de octubre de 1994, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la empresa ARTES DE PESCA S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada MORDAZA de matricula CE-4990-PM, con 320 TM de capacidad de bodega, para ser destinada a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Ministerial N° 285-96PE de fecha 31 de MORDAZA de 1996, se autorizo el cambio de nombre del titular del permiso de pesca a favor de la empresa PESCANOVA S.A. para operar entre otras a la embarcacion MORDAZA con numero de matricula PT-4990PM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolucion Directoral N° 224-98-PE de fecha 05 de MORDAZA de 1998, se autorizo el cambio de nombre del titular del permiso de pesca a favor de la empresa MORDAZA S.A. para operar entre otras a la embarcacion MORDAZA con matricula PT-4990-PM y 327.94 m3 de capacidad de bodega; y en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 337-2009PRODUCE/DGEPP de fecha 12 de MORDAZA del 2009, se aprobo el cambio de titular a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. en virtud a la autorizacion presentada por la FIDUCIARIA, poseedora del dominio de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula PT-4990-PM, en los mismos terminos y condiciones con que fue otorgado por Resolucion Ministerial N° 417-94-PE, modificado por la Resolucion Ministerial N° 285-96-PE y la Resolucion Directoral N° 224-98-PE; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 417-94-PE de fecha 13 de octubre de 1994, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, en adecuacion a la Ley General de Pesca y su reglamento, a la empresa PESQUERA MORDAZA S.R.L, para operar entre otras la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada CHALACO de matricula CO-5544-CM de 98.16 m3 de capacidad de bodega, la cual se dedicara a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (05) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 039-2000PE/DNE de fecha 02 de marzo del 2000, se aprobo a favor de la empresa PESQUERA SAN MORDAZA S.A, el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a traves de Resolucion Ministerial Nº 417-94-PE para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada CHALACO de matricula CO-5544-CM, en los mismos terminos y condiciones que fue otorgado; Que, mediante Resolucion Directoral N° 592-2009PRODUCE/DGEPP del 07 de agosto del 2009, se aprobo a favor de la empresa CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca de las embarcaciones pesqueras ZORRITOS 5 de matricula CE4031-PM y CHALACO de matricula CO-5544-CM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 323-97-PE de fecha 03 de MORDAZA de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, a la empresa RIBAR S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional RIBAR III (ex Naylamp) de matricula N° ZS-2509-PM, de 351.09 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos para destinarlos al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Directoral N° 394-98PE/DNE de fecha 31 de diciembre de 1998, se modifico el numero de matricula de la embarcacion RIBAR III correspondiendole la matricula CE-2509PM. Asimismo,

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