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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de diciembre de 2010 431226 corresponden exclusivamente a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), a través de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios; Que, de conformidad con el Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 060-2005- J/ONPE y modifi catorias; la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios defi nirá, mediante Resolución Gerencial, la información fi nanciera que deban presentar las organizaciones políticas así como aprobará los formatos que se deban utilizar para tal fi n; Que, mediante Decreto Supremo Nº 105-2010-PCM, publicado el 5 de diciembre de 2010 en el Diario Ofi cial El Peruano, el Presidente de la República ha convocado a Elecciones Generales para el domingo 10 de abril de 2011; Que, resulta necesario aprobar los formatos de entrega de información fi nanciera de los partidos políticos y alianzas electorales que participarán en las próximas elecciones de Presidente y Vicepresidentes de la República, Congresistas de la República y de representantes peruanos ante el Parlamento Andino, vinculada a las aportaciones/ingresos y gastos en campaña electoral; En uso de las atribuciones conferidas por el literal p) del artículo 54º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE aprobado por Resolución Jefatural Nº 030-2010-J/ONPE, y con el visado de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los formatos para la entrega de la información fi nanciera por parte de los partidos políticos y alianzas electorales que participarán en las próximas elecciones de Presidente y Vicepresidentes de la República, Congresistas de la República y de representantes peruanos ante el Parlamento Andino que como anexo forman parte de la presente resolución: FORMATO: SALDO INICIAL DE CAMPAÑA FORMATOS PARA LAS APORTACIONES/INGRESOS POR CAMPAÑA ELECTORAL – ELECCIONES GENERALES 2011 – PARTIDO POLÍTICO O ALIANZA ELECTORAL. • FORMATO 7: CÉDULA CENTRAL DE APORTACIONES/ INGRESOS DE CAMPAÑA ELECTORAL o Anexo 7A : Aportaciones individuales en efectivo y en especie. o Anexo 7B : Ingresos por actividades de fi nanciamiento proselitista. o Anexo 7C : Otros ingresos de campaña electoral. FORMATOS PARA LOS GASTOS POR CAMPAÑA ELECTORAL – ELECCIONES GENERALES 2011 - PARTIDO POLÍTICO O ALIANZA ELECTORAL. • FORMATO 8: CÉDULA CENTRAL DE GASTOS DE CAMPAÑA ELECTORAL o Anexo 8A : Gastos de publicidad electoral efectuados en medios de comunicación. o Anexo 8B : Otros gastos de publicidad electoral. o Anexo 8C : Otros gastos de campaña electoral. FORMATOS PARA LAS APORTACIONES/INGRESOS Y GASTOS POR CAMPAÑA ELECTORAL – ELECCIONES GENERALES 2011 – CANDIDATOS AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA O AL PARLAMENTO ANDINO. • FORMATO DE APORTACIONES – A : Aportaciones/ingresos de campaña electoral recibidos por candidatos. • FORMATO DE GASTOS – A : Gastos de publicidad electoral efectuados por candidatos. • FORMATO DE GASTOS – B : Otros gastos de campaña electoral efectuados por candidatos. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas- PSCE, en el portal del Estado Peruano y en la página web institucional: www.onpe.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. F. ALFONSO CHAN LEÓN Gerente Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios 579412-1 Aprueban “Disposiciones para garantizar el orden, la seguridad y la libertad personal durante los procesos electorales a realizarse durante el año 2011” RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL Nº 070-2010-SG/ONPE Lima, 17 de diciembre de 2010 VISTOS: la Resolución Jefatural Nº 204-2010-J/ONPE, del 09 de diciembre de 2010; el Informe Nº 178-2010- SGPAC-SG/ONPE de la Subgerencia de Programación y Archivo Central de la Secretaría General, y el Memorando Nº 828-2010-OGAJ/ONPE, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 105-2010-PCM, publicado en el Diario Ofi cial el Peruano el 5 de diciembre de 2010, la Presidencia del Consejo de Ministros convocó a Elecciones Generales para el día domingo 10 de abril de 2011, así como de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que, asimismo, se aprobó que en caso que ninguno de los candidatos a Presidente de la República y Vicepresidentes obtuviese más de la mitad de los votos válidos, se procederá a una segunda elección entre los dos (2) candidatos que hubiesen obtenido la votación más alta, para el domingo 5 de junio de 2011; Que, de conformidad con el artículo 186º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 40º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones y el literal f) del artículo 5º de la Ley Nº 26487 –Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE-, este organismo dicta las instrucciones y disposiciones necesarias para el mantenimiento del orden y la protección de la libertad personal durante los comicios, siendo estas disposiciones de cumplimiento obligatorio para las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú; Que, según lo dispuesto por el artículo 348º de la Ley Orgánica de Elecciones, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas pone a disposición de la ONPE los efectivos necesarios para asegurar el libre ejercicio del derecho de sufragio, la protección de los funcionarios electorales durante el cumplimiento de sus deberes y la custodia del material, documentos y demás elementos destinados a la realización del acto electoral; disponiendo la misma norma que, para tal efecto, el Comando ejerce las siguientes atribuciones: a) prestar el auxilio correspondiente que garantice el normal funcionamiento de las Mesas de Sufragio; b) mantener el libre tránsito de los electores desde el día anterior al de la elección y durante las horas de sufragio e impedir que haya coacción, cohecho, soborno u otra acción que tienda a coactar la libertad del elector; c) facilitar el ingreso de los personeros a los locales en que funcionen las Mesas de Sufragio; d) custodiar los locales donde funcionen los órganos electorales y las oficinas de Correos; y e) hacer cumplir las disposiciones que adopte la ONPE para dicho efecto;