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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de diciembre de 2010 431210 reordenamiento de plazas en el primer nivel de carrera del grupo ocupacional, adaptando sus documentos de gestión cuando corresponda. La Resolución de Nombramiento deberá de ser emitida dentro del presente ejercicio presupuestal. 7.3 Impugnaciones a la Resolución de Nombramiento En atención a lo dispuesto en el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 1023, la Resolución que da por concluido el proceso de nombramiento solamente podrá ser impugnada mediante recurso de apelación ante el Tribunal del Servicio Civil, siempre que comprenda servidores públicos cuyas entidades se encuentren dentro de los alcances del artículo primero de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 05-2010- SERVIR-PE. Las resoluciones de nombramiento de servidores respecto de entidades que no se encuentren dentro del alcance del Tribunal del Servicio Civil, podrán ser impugnadas ante el Poder Judicial mediante el proceso contencioso-administrativo. 8. PROCESO DE NOMBRAMIENTO POR CONCURSO El proceso de nombramiento por concurso se realizará de manera progresiva en las plazas cuyas labores sean de naturaleza permanente que hayan quedado vacantes durante los años 2009 y 2010 y que se encuentren presupuestadas en el presente ejercicio fi scal. El personal comprendido dentro de la Lista 2 podrá participar en los procesos de nombramiento por concurso de cualquier entidad pública, sin restricción de postulación a un grupo ocupacional diferente al que se viene prestando servicios, ni al número de postulaciones en el presente ejercicio presupuestal. No podrán participar en este proceso las personas comprendidas en la Lista 1. 8.1 Conformación del Comité Evaluador Cada entidad deberá conformar un Comité Evaluador, el cual participará en los procesos de nombramiento por concurso de las plazas disponibles en todos los grupos ocupacionales. El Comité Evaluador será conformado mediante Resolución emitida por la máxima autoridad administrativa de la entidad, dentro de los quince (15) días siguientes de publicado el listado Nº 2 señalado en el numeral 6.3 de los presentes Lineamientos. 8.2 Miembros del Comité Evaluador El Comité Evaluador estará conformado por los siguientes miembros: • Jefe o responsable de Recursos Humanos de la entidad o el que haga sus veces, quien lo presidirá • Jefe o responsable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la entidad, o quien éste delegue • Servidor de carrera perteneciente al grupo ocupacional Profesional, quien será elegido por mayoría simple de los servidores de carrera de la entidad. 8.3 Veedores del proceso Actuarán como veedores del proceso el Jefe del área donde se ubica la plaza objeto de concurso, así como un representante del Órgano de Control Institucional. 8.4 Responsabilidades del Comité Evaluador El Comité Evaluador será encargado de llevar a cabo el proceso de nombramiento por concurso en todas sus etapas. En tal sentido, sus responsabilidades son las siguientes: • Constatar la existencia de plazas vacantes y presupuestadas en la entidad • Elaborar el perfi l de acuerdo a las plazas identifi cadas. • Elaborar las bases para el concurso • Convocar y llevar adelante el concurso en todas sus etapas y actos preparatorios • Publicar los resultados • Resolver los recursos de reconsideración que se hubieren formulado • Emitir el informe técnico fi nal que sustenta la resolución de nombramiento 8.5 Actos preparatorios al concurso de nombramiento 8.5.1 Constatación de plazas vacantes: El Comité Evaluador solicitará a la Ofi cina de Recursos Humanos de la entidad o la que haga sus veces, la relación de las plazas cuyas funciones son de naturaleza permanente que hayan quedado vacantes durante los años 2009 y 2010; y, se encuentren presupuestadas durante el presente año fi scal. En el caso en el que las plazas identifi cadas en el párrafo anterior se encuentren en un nivel distinto al primer nivel del grupo ocupacional, el Comité Evaluador solicitará a la instancia correspondiente el reordenamiento de las plazas y la modifi cación de los documentos de gestión que sean necesarios. En todos los casos se deberá contar con el informe favorable de disponibilidad presupuestal de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces. 8.5.2 Elaboración del Perfi l: Para la elaboración de los perfi les para cada puesto, el Comité Evaluador tomará en cuenta los requisitos establecidos para cada grupo ocupacional de acuerdo a lo previsto en los artículos 36° y 37° del Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, debiendo prevalecer para los demás casos las normas específi cas que regulan los regímenes especiales de carrera. Asimismo, deberán considerarse los requisitos señalados en el Manual de Organización y Funciones de cada entidad. 8.5.3 Elaboración y publicación de bases: Para la elaboración de las bases, el Comité Evaluador tomará en consideración la siguiente estructura: - Convocatoria (incluye los perfi les) - Recepción de solicitudes (curriculum vitae) - Publicación de relación de solicitantes - Evaluación curricular - Evaluación técnica - Entrevista con el comité evaluador - Publicación de resultados. El desarrollo de cada etapa de las bases incluye los plazos de cada una de sus actividades que no deberá de ser mayor a sesenta (60) días desde la convocatoria hasta la publicación de resultados. El cronograma de dichas actividades se publicará en un lugar visible de la entidad y/o en el portal institucional. 8.6 Etapas del concurso de nombramiento 8.6.1 Convocatoria: La publicación de la convocatoria se realizará en un lugar visible de la entidad y/o en el portal institucional, así como en el portal electrónico de SERVIR por un periodo de diez (10) días. Para ello, el Comité Evaluador enviará por medio electrónico la información pertinente a SERVIR a través de la cuenta: “nombramiento@servir.gob.pe”. En este caso, no será necesaria la publicación de la convocatoria en el portal informático de la REDCIL que administra el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. 8.6.2 Recepción de Curriculum Vitae de postulantes: Hasta el día de culminación de la convocatoria y de acuerdo al cronograma de selección, el interesado entregará en forma física su curriculum vitae según formato aprobado por la presente norma (Anexo 2), adjuntando la documentación que permita evidenciar el cumplimiento del perfil al que hace referencia el numeral 8.5 e incluyendo como mínimo: - Copia simple de Documento de Identidad - Constancia emitida por la Ofi cina de Recursos Humanos o la que haga sus veces respecto a su califi cación dentro de la Lista 2 a la que hace referencia el numeral 6.6 del presente lineamiento