Norma Legal Oficial del día 24 de diciembre del año 2010 (24/12/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 24 de diciembre de 2010

proyectos Control de la Erosion Maritima y Trujillo-Mar que forman parte del Plan de Desarrollo Metropolitano de MORDAZA al 2010, con la finalidad de mejorar las condiciones urbanas y ambientales de la MORDAZA riberena de la provincia de Trujillo. Articulo 2º.- Priorizacion de la atencion de los distritos de Salaverry, Moche, MORDAZA Larco MORDAZA y Huanchaco La Municipalidad Provincial de MORDAZA prioriza la ejecucion de los proyectos Control de la Erosion Maritima y Trujillo-Mar en los distritos de Salaverry, Moche, MORDAZA Larco MORDAZA y Huanchaco de la provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, con la finalidad de realizar acciones de prevencion que permitan proteger la MORDAZA, salud y propiedad de sus habitantes, como consecuencia de los desastres naturales que se vienen presentando en las zonas riberenas de estos distritos. Articulo 3º.- Coordinacion de acciones La Municipalidad Provincial de MORDAZA coordina las acciones que MORDAZA necesarias, que se ejecuten a traves de los proyectos Control de la Erosion Maritima y TrujilloMar, con las Municipalidades Distritales de Salaverry, Moche, MORDAZA Larco MORDAZA y Huanchaco, asi como, con las instituciones y entidades que MORDAZA pertinentes, con la finalidad, de ser el caso, de reubicar a la poblacion que se encuentra en riesgo con motivo de los fenomenos naturales que se producen en las zonas riberenas de los distritos MORDAZA indicados; asi como la ejecucion de obras de infraestructura de proteccion de la ribera, construccion de espacios recreativos, alamedas, vias de comunicacion, veredas, instalaciones de salubridad, incremento de las areas verdes y todas aquellas que puedan brindar mayor seguridad y desarrollo de la poblacion. Articulo 4º.- Promocion turistica La Municipalidad Provincial de MORDAZA promueve a traves del Plan de Desarrollo Metropolitano de MORDAZA al 2010, en coordinacion con las Municipalidades Distritales de Salaverry, Moche, MORDAZA Larco MORDAZA y Huanchaco, la recuperacion de la MORDAZA turistica de estos distritos a traves de diversas acciones que le permitan la construccion o refaccion de la infraestructura existente con la finalidad de mejorar las condiciones urbanas y ambientales de estas zonas. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de diciembre de dos mil diez. MORDAZA ZUMAETA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE HORNUNG MORDAZA Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintitres dias del mes de diciembre del ano dos mil diez MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion
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PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 083-2010 DECRETO DE URGENCIA QUE AMPLIA LA VIGENCIA, APRUEBA CREDITO SUPLEMENTARIO Y DICTA MEDIDAS PARA LA MEJOR APLICACION DEL DECRETO DE URGENCIA Nº 010-2004 Y SUS MODIFICATORIAS
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el "Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo", como Fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados en el MORDAZA internacional, se traslade a los consumidores del pais; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 027-2010 se amplio la vigencia del Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, creado mediante Decreto de Urgencia N° 010-2004, y normas modificatorias, hasta el 31 de diciembre de 2010; Que, el articulo 9° del Decreto de Urgencia N° 0102004 autorizo la transferencia de recursos del Estado hasta por la suma de SESENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 60 000 000,00), en el caso que concluido y puesto en liquidacion el Fondo y el fideicomiso derivado del mismo, los recursos no fueran suficientes; Que, mediante los Decretos de Urgencia N° 010-2005, N° 018-2005, N° 019-2005, N° 023-2005, N° 005-2006, N° 010-2006, N° 017-2007, N° 021-2007, N° 028-2007, N° 034-2007, N° 042-2007, N° 047-2007, Nº 005-2008, Nº 009-2008, Nº 012-2008, Nº 014-2008, Nº 017-2008, Nº 020-2008, Nº 035-2008, Nº 125-2009, y N° 0312010 se autorizaron incrementos adicionales al monto contingente destinado al Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles; Que, el articulo 4° del Decreto de Urgencia N° 0172007 autorizo al Ministerio de Energia y Minas a llevar el registro contable de las transferencias contingentes de recursos del Estado a favor del Fondo a que se refiere el articulo 9° del Decreto de Urgencia N° 010-2004 y normas modificatorias; Que, desde inicios del 2009 a diciembre de 2010, el precio internacional del petroleo crudo ha pasado de US$ 40 a un promedio de US$ 90 el barril, lo cual ha motivado que el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo acumule a la fecha obligaciones inesperadas con los productores y/o importadores de combustibles, por esta razon, de no atenderse oportunamente, podria poner en riesgo el normal abastecimiento de combustibles al MORDAZA nacional; Que, el analisis efectuado sobre el citado Fondo ha determinado que este mecanismo es beneficioso para la economia, pues ha venido absorbiendo subidas de precios de los combustibles cuando el precio del petroleo se encuentra en niveles elevados y percibiendo aportaciones cuando el mismo alcanza niveles bajos, logrando asi atenuar el efecto de la volatilidad externa y contribuyendo a que el MORDAZA registre una baja inflacion, en un periodo de recuperacion economica, tras los efectos de la crisis financiera internacional; Que, actualmente la alta volatilidad del precio del petroleo crudo y sus derivados, factor exogeno a nuestra economia y el inminente vencimiento del plazo de vigencia del Fondo para la Estabilizacion de Precios de

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