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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de diciembre de 2010 431539 SUR Y SUROESTE Prosiguiendo desde el último punto mencionado, el límite continúa por la misma vía no afi rmada en dirección noreste y noroeste hasta llegar al punto Nº 13, para continuar mediante línea recta en dirección noroeste hasta llegar al punto Nº 14, continuando mediante línea recta en dirección suroeste hasta llegar al punto Nº 15 en el Río Vischongo, el que continúa aguas arriba hasta la confl uencia con la quebrada Ticllo en el punto N° 16, prosiguiendo aguas arriba por esta misma quebrada hasta llegar a una laguna sin nombre en el punto N° 17, para proseguir por el límite oeste de la laguna hasta llegar al punto Nº 18 en una quebrada sin nombre, para continuar aguas arriba por esta quebrada hasta llegar al punto N° 19, el límite continúa mediante línea recta en dirección noroeste hasta alcanzar el punto Nº 1 inicio de la presente memoria descriptiva. Listado de Puntos PUNTO N°1 COORDENADAS UTM ESTE NORTE 1 609 774,1711 8 508 633,9737 2 610 708,7319 8 508 633,9728 3 609 768,4401 8 506 965,7000 4 609 118,7594 8 504 850,4601 5 610 774,1510 8 504 341,6124 6 612 774,1591 8 503 359,2301 7 614 130,5484 8 500 292,1956 8 614 251,7005 8 499 062,9192 9 614 774,0820 8 498 634,1264 10 614 774,0813 8 498 087,2524 11 614 714,1200 8 498 089,4600 12 612 648,1935 8 495 023,5726 13 609 122,5329 8 497 658,7415 14 609 015,5269 8 498 139,5532 15 607 877,2291 8 497 622,1389 16 605 672,3700 8 499 664,6300 17 607 588,7000 8 506 908,6200 18 607 650,2300 8 507 007,7100 19 609 795,6100 8 508 601,0100 Las coordenadas están expresadas en proyección UTM. El Datum de referencia es el WGS 84, la zona de proyección es 18S La versión ofi cial impresa y digital de los límites se encuentra en el expediente de creación que sustenta el presente Decreto Supremo, el cual se ubica en el acervo documentario del SERNANP; dicho expediente en lo sucesivo constituye el principal documento al que se deberá recurrir en materia de ordenamiento territorial a todo nivel. REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL