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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de enero de 2010 410650 POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. Dado en San Isidro, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil nueve. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 442417-1 Aprueban Reglamento de Fracciona- miento de deudas tributarias de la Municipalidad de San Isidro DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-ALC/MSI San Isidro, 4 de enero de 2010 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de acuerdo con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo II de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley No. 27972 refi ere que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39º de la referida Ley señala que el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía, y que por resoluciones de alcaldía resuelve los asuntos administrativos a su cargo; Que, este cuerpo normativo señala en su artículo 42º que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 10-98-ALC/MSI, de fecha 12 de mayo de 1998, se aprobó el Reglamento para la Aplicación del Aplazamiento y/o Fraccionamiento de Deudas Tributarias dentro del distrito de San Isidro; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 003-2000-ALC/ MSI, de fecha 23 de agosto de 2000, se aprobaron las modifi caciones al Reglamento de Deudas Tributarias para optimizar las garantías y mecanismos de control; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 006-2005-ALC/ MSI, de fecha 9 de julio de 2005, se aprobó el Reglamento de Deudas Tributarias y No Tributarias; Que, el artículo 36º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo No. 135-99-EF y sus modifi catorias menciona que se puede conceder aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria con carácter general y particular. En este último caso la Administración Tributaria podrá exigir el cumplimiento de los requerimientos o garantías que aquélla establezca mediante Resolución de Superintendencia o norma de rango similar; Que el literal d. del Artículo 88º de la Ordenanza 233 señala que la Subgerencia de Control y Recaudación tiene como función la emisión de las Resoluciones que aprueban fraccionamientos y/o aplazamiento de la deuda tributaria y aquellas que declaran la pérdida del mismo; Que, dada la diversidad de modifi caciones efectuadas al Reglamento de Deudas Tributarias y en atención al Reglamento de Organización y Funciones vigente, resulta necesario su actualización y adecuación a la normatividad, situación económica nacional y objetivos institucionales, a través de un nuevo Reglamento; Estando a lo expuesto y, en uso de las facultades conferidas en el Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento de Fraccionamiento de deudas tributarias de la Municipalidad de San Isidro, el cual consta de 8 Títulos, 5 Capítulos, 35 Artículos, 3 Disposiciones Finales que forman parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación y la Subgerencia de Control y Recaudación, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA Y TRANSITORIA PRIMERA.- Disponer que el Decreto de Alcaldía N° 006-2005-ALC/MSI, de fecha 9 de julio de 2005, continuará vigente en cuanto a su aplicación a las deudas de naturaleza administrativa. SEGUNDA.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- FINALIDAD El presente Reglamento tiene por fi nalidad establecer los procedimientos, requisitos y condiciones para acogerse al fraccionamiento de la deuda tributaria vencida, registrada en el Sistema de Gestión de la Gerencia de Administración Tributaria. Artículo 2º.- DEFINICIONES Y PRECISIONES Para efectos de la aplicación del presente Reglamento se entenderá por: 1. Administración.- Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad de San Isidro. 2. Código.- Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y normas modifi catorias. 3. Cuota de amortización.- Parte de la deuda tributaria materia de fraccionamiento que se cancela con el pago de las cuotas de fraccionamiento. 4. Cuotas de Fraccionamiento.- Cuotas mensuales conformadas por los intereses del fraccionamiento y la cuota de amortización. 5. Cuota Inicial.- Importe que se debe pagar para acceder al benefi cio y constituye la primera cuota del fraccionamiento. 6. Deuda Tributaria materia de Fraccionamiento.- Constituida por tributos, multas tributarias, los reajustes e intereses moratorios a que se refi ere el artículo 33º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, generados hasta la fecha de emisión de la Resolución que aprueba el fraccionamiento. 7. Interés de fraccionamiento.- Es el interés mensual de fraccionamiento establecido según el artículo 15° del presente Reglamento. 8. Solicitante.- Deudor, su representante legal o un tercero debidamente autorizado a través de un documento público o privado, en el que se le autoriza expresamente. 9. Solicitud de fraccionamiento.- Documento que emite la Administración, utilizando un registro automatizado, a petición del solicitante, para acceder a un fraccionamiento de carácter particular, el cual deberá estar fi rmado por éste último. 10. TIM.- Tasa de Interés Moratorio aprobada por Ordenanza Municipal, según lo establece el artículo 33º del T.U.O. del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 135-99-EF y modifi catoria. 11. UIT.- Unidad Impositiva Tributaria vigente en la fecha de solicitud del fraccionamiento.