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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2010 (08/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de enero de 2010 410635 Siendo el voto de los señores Consejeros Francisco Delgado de la Flor Badaracco y Efraín Anaya Cárdenas el siguiente: Que, respecto al cargo de haber mantenido bajo su directa esfera de dominio el citado proceso penal, cuando actuó recabando pruebas de ofi cio y sin notifi car a las partes, reiteramos lo sostenido en el voto en discordia que emitimos al acordarse por mayoría la sanción de destitución al doctor Alfredo Vladimir Catacora Acevedo y en ese sentido señalamos que si bien es cierto el procesado ha tenido bajo su esfera de dominio el expediente, de conformidad con lo expuesto por el secretario del Juzgado Nelson Guillermo Yampufe, no existe a lo largo de todo el proceso indicio que acredite que el mismo ha negado el acceso al expediente a las partes procesales, ni ha ocultado el expediente a las mismas, por lo que nuestro voto es por que se declare fundado el recurso de reconsideración interpuesto por el doctor Alfredo Vladimir Catacora Acevedo respecto de este cargo imputado, por no haberse acreditado su responsabilidad en el mismo y archivarse el proceso en este extremo. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR EFRAIN ANAYA CARDENAS 438368-2 CONTRALORIA GENERAL Modifican la Directiva Nº 04-2007-CG/ GDES “Rendición de Cuentas de los Titulares” aprobada por la Res. Nº 332- 2007-CG RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 001-2010-CG Lima, 5 de enero de 2010 VISTO: la Hoja Informativa Nº 428-2009-CG/GDES de 2 de diciembre de 2009, mediante la cual, la Gerencia Central de Desarrollo propone la modifi cación de la Directiva Nº 04-2007-CG/GDES “Rendición de Cuentas de los Titulares” aprobada por Resolución de Contraloría Nº 332-2007-CG publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 12 de octubre de 2007; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución del Sistema Nacional de Control efectuar la supervisión, vigilancia y verifi cación de la correcta gestión y utilización de los recursos y bienes del Estado, lo que comprende la supervisión de la legalidad de los actos de las instituciones sujetas a control en la ejecución de los lineamientos para una mejor gestión de las fi nanzas públicas, con prudencia y transparencia fi scal, conforme a los objetivos y planes de las entidades; Que, el inciso u) del artículo 22º de la citada Ley Orgánica, prevé que es atribución de la Contraloría General de la República establecer los procedimientos para que los Titulares de las entidades rindan cuenta oportunamente ante el Órgano Rector, por los fondos o bienes del Estado a su cargo, así como de los resultados de su gestión; Que, el numeral 7.5 de las Disposiciones Transitorias de la Directiva Nº 04-2007-CG/GDES, establece que la Gerencia Central de Desarrollo será la responsable del procesamiento de los Informes de Rendición de Cuentas correspondientes al período de gestión 2007; así como, el numeral 8.3 de las Disposiciones Finales de la citada Directiva señala que la Unidad Orgánica de la Contraloría General de la República, responsable del proceso se encargará de efectuar la consolidación del contenido de los informes de rendición de cuentas presentados por los Titulares; Que, conforme se señala en el documento de visto, la Resolución de Contraloría Nº 139-2009-CG publicada el 17 de octubre de 2009 aprobó el Reglamento de Organización y Funciones, en el cual se establece que la Gerencia Central de Desarrollo es el órgano encargado de crear nuevos enfoques, modalidades, métodos y otros productos inherentes al control gubernamental, mediante la realización de investigaciones, proyectos y normas; Que, de otro lado, el numeral 4.3 de la Directiva Nº 04- 2007-CG/GDES establece que las etapas de la Rendición de Cuentas de Titulares son: el procesamiento, la verifi cación selectiva, difusión y consolidación del contenido de los informes de rendición de cuentas presentados por los Titulares, las cuales constituyen actividades de control de carácter preventivo a cargo de la Contraloría General de la República; en este sentido, conforme a los lineamientos y estrategias de la modernización del control gubernamental tales actividades estarán a cargo de la unidad orgánica competente en materia de promoción de las políticas y herramientas que propician la ética y transparencia en la gestión del Estado; En uso de las facultades establecidas por los artículos 32º y 22º de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el numeral 7.5 de las Disposiciones Transitorias de la Directiva Nº 04- 2007-CG/GDES “Rendición de Cuentas de los Titulares” aprobada por Resolución de Contraloría Nº 332-2007-CG. Artículo Segundo.- Modifi car el numeral 8.3 de las Disposiciones Finales de la Directiva Nº 04-2007-CG/GDES “Rendición de Cuentas de los Titulares” aprobada por Resolución de Contraloría Nº 332-2007-CG, en los siguientes términos: “La Unidad Orgánica de la Contraloría General de la República, responsable del proceso se encargará del procesamiento, verifi cación selectiva a través del Sistema Nacional de Control, difusión y consolidación de los informes de rendición de cuentas. Las consultas sobre la precitada directiva se absolverán a través del teléfono (01)330-3000 anexo 4269 y el correo electrónico: rendiciondecuentas@contraloria.gob.pe”. Artículo Tercero.- La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución, en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en la página web de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República 442788-1 DEFENSORIA DEL PUEBLO Encargan Despacho de la Defensora del Pueblo al Primer Adjunto RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 0046-2009/DP Lima, 30 de diciembre de 2009 VISTOS: El Memorando Nº 876-2009-DP/OAF remitido por la Jefa (e) de la Ofi cina de Administración y Finanzas y el Memorando Nº 208-2009-DP/GA remitido por el Jefe de Gabinete, mediante el cual se da cuenta de la invitación ofi cial cursada por la Presidenta de la República de Chile a la Defensora del Pueblo para participar en la inauguración del Museo Nacional de la Memoria y los Derechos Humanos, que se llevará a cabo en la República de Chile. Por esta razón el Jefe de Gabinete solicita la emisión de la resolución que encargue la atención del Despacho de la Defensora del Pueblo del 9 al 12 de enero del 2010 inclusive, por necesidad del servicio; y,