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NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe N A O EN 1825 POR EL L ERTA OR S M N OL AR Lima, sábado 9 de enero de 2010 410731 A N 10854 A O E LA CONSOL AC N ECON M CA Y SOC AL EL PER PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS D.S. N° 003-2010-PCM.- Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia por desastre natural en los distritos de Ate, Carabayllo, Comas, Rímac, San Juan de Lurigancho, San Juan de Mirafl ores, Villa María del Triunfo, Villa El Salvador y Lurigancho-Chosica de la provincia de Lima del departamento de Lima y autorizan transferencia de recursos a favor del INDECI 410732 ECONOMIA Y FINANZAS R.M. N° 010-2010-EF/15.- Aprueban Directiva del Procedimiento Simplifi cado para determinar la Elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de Desastres de Gran Magnitud 410733 R.M. N° 011-2010-EF/15.- Aprueban Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Final de la Ley N° 29467, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 410735 Sumario EDICIÓN EXTRAORDINARIA REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL