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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2010 (15/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 15

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de enero de 2010 411225 d) Aprobar la asignación sufi ciente de recursos para efectuar el otorgamiento de la buena pro a las propuestas que superen el valor referencial en procesos de selección para la ejecución de obras, hasta el límite máximo previsto por la Ley. e) Resolver los recursos de apelación interpuestos en procesos de selección. f) Aprobar la cancelación de los procesos de selección. g) Emitir pronunciamiento sobre las observaciones a las Bases únicamente en el procedimiento establecido en el D.U. Nº 078-2009. 1.4. Facultades que se ejercen de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, el T.U.O. de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR y su Reglamento, el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, para lo siguiente: a) Aprobar la Convocatoria a Concurso Público de Méritos para la contratación de personal sujeto al Régimen de la Carrera Administrativa y al Régimen de la Actividad Privada. b) Aprobar el inicio de los procedimientos de contratación del personal sujeto al Régimen Especial de la Contratación Administrativa de Servicios. c) Aprobar la Convocatoria a Concurso Público de Méritos para la contratación de personal sujeto al Régimen de la Carrera Administrativa y al Régimen de la Actividad Privada. d) Aprobar el inicio de los procedimientos de contratación del personal sujeto al Régimen Especial de la Contratación Administrativa de Servicios. e) Aprobar la cancelación de los Concursos Públicos de Méritos que se convoquen para la contratación de personal sujeto al Régimen de la Carrera Administrativa y al Régimen de la Actividad Privada. f) Aprobar la cancelación de los procedimientos de contratación del personal sujeto al Régimen Especial de la Contratación Administrativa de Servicios. g)Aprobar y modifi car el horario de recepción de documentos por parte de trámite documentario. Artículo 2º.- Delegar en el Director de la Ofi cina General de Administración para el año fi scal 2010, las siguientes facultades: 2.1. Facultades que se ejercen de conformidad a la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento, y Decretos de Urgencia Nº 041-2009 y 078-2009, para lo siguiente: a) Aprobar y custodiar los expedientes de contratación para la realización de los procesos de selección. b) Aprobar y custodiar el Expediente Técnico para el caso de obras. c) Aprobar las bases de los procesos de selección. d) Designar a los miembros integrantes de los Comités Especiales, Comités Especiales Permanentes y Comités Especiales Ad hoc. e) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el máximo permitido por Ley. f) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por Ley. g) Celebrar contratos derivados de los procesos de selección para la adquisición de bienes y la contratación de servicios y obras, incluida la suscripción de órdenes de compra y servicios, así como suscribir adendas para su modifi cación. h) Celebrar contratos complementarios de bienes y servicios. i) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual. j) Aprobar la resolución de los contratos por caso fortuito o fuerza mayor, así como el incumplimiento de los mismos cuando sea imputable por el contratista. k) Suscribir convenios interinstitucionales para encargar los procesos de selección a entidades públicas y privadas, nacionales o internacionales, u organismos internacionales, así como aprobar el expediente de contratación y las bases en calidad de entidad encargante. 2.2.Facultades que se ejercen de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, el T.U.O. de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR y su Reglamento, el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, para lo siguiente: a) Conducir los procesos de selección para la contratación de personal, sujeto al régimen de la carrera administrativa pública, al régimen de la actividad privada y al régimen especial de contratación administrativa de servicios. b) Suscribir, ampliar y prorrogar los contratos que se celebren al amparo del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, al amparo del Decreto Supremo Nº 003-97-TR y su reglamento y, al Decreto Legislativo Nº 1057 y su Reglamento. c) Suscribir Convenios de Prácticas de acuerdo con la respectiva Directiva. d) Disponer el cese de una relación laboral sujeta al régimen laboral de la actividad privada. e) Término de servicios: aceptación de renuncia, excepto los cargos de confi anza; cese por fallecimiento, cese defi nitivo por límite de edad, rescisión o resolución de contrato del personal. f) Reconocimiento de derechos, benefi cios, bonifi caciones, remuneraciones, obligaciones sociales, deberes, bienestar e incentivos de los trabajadores. g) Desplazamiento de personal: asignación, rotación, reasignación, destaque, permuta, encargo, comisión de servicios y transferencia. h) Ascenso, promoción y reingreso. i) Autorizar la constitución del Comité Electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo. j) Autorizar la constitución del Comité Electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante la Comisión Permanente de Proceso Administrativo Disciplinario. k) Aprobar y modifi car el horario laboral o jornada de prestación de servicios. l) Aprobar el programa anual de vacaciones y del descanso físico con derecho a contraprestación. m) Aprobar el procedimiento de evaluación anual del personal. n) Aprobar el programa de capacitación institucional. o) Aprobar licencias y/o permisos del personal. p) Aprobar el descanso pre y post natal. q) Aprobar las solicitudes de suspensión de las obligaciones con y sin contraprestación del personal contratado al amparo del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios r) Aprobar el programa de bienestar social y desarrollo humano dirigido al personal del Ministerio y su familia. s) Aprobar la incorporación paulatina al Cuadro de Asignación de Personal y/o Presupuesto Analítico del personal, de acuerdo a la normatividad vigente. t) Conciliar y someter a arbitraje materias derivadas de su gestión como Director de la Ofi cina General de Administración, en los procesos regulados por la Ley Nº 26872, Ley de Conciliación, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1070 y por el Decreto Legislativo Nº 1071, Decreto Legislativo que norma el Arbitraje, que se originen en todo tipo de contratos de bienes y servicios, estén éstos comprendidos o no en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 2.3. Representar al Ministerio del Ambiente ante cualquier tipo de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación en el ámbito de las funciones propias y de aquellas que hayan sido expresamente delegadas.