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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de enero de 2010 411228 Que, el señor Santiago Bamse Eduardo Jaime Antúnez de Mayolo Morelli, ha formulado renuncia irrevocable al cargo de Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE; Que, el artículo 62º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017, en concordancia con el artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2009-EF, establecen que el cargo de Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE vaca, entre otras causales, por renuncia; Que, es necesario aceptar la renuncia presentada por el citado funcionario; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Santiago Bamse Eduardo Jaime Antúnez de Mayolo Morelli, al cargo de Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 446285-1 Aprueban Directiva para la Ejecución Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2010-EF/76.01 Lima, 9 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto; Que, en el marco del artículo 13° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3° y 4° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Dirección Nacional del Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los procedimientos relacionados a su ámbito, promueve el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria y emite las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, mediante la Resolución Directoral N° 014-2008- EF/76.01 se dispuso la vigencia de la Directiva N° 004-2007- EF/76.01 “Directiva para la Ejecución del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal 2007” para los años 2007 y años fi scales subsiguientes, aprobándose para tal efecto, modifi catorias y derogatorias que adecuaron sus disposiciones, otorgándole carácter general y permanente, y cambiando su denominación por la de “Directiva para la Ejecución del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial”; Que, para el año fi scal 2010, con el fi n de mejorar los actuales procesos de la gestión presupuestaria, la Primera Disposición Final de la Ley N° 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, ha aprobado modifi caciones en la normatividad establecida en la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, referido entre otros, a la Certifi cación del Crédito Presupuestario, lo cual tiene por objeto coadyuvar y fortalecer la gestión presupuestaria de las Entidades Públicas en la fase de ejecución del Proceso Presupuestario; Que, a fi n que los cambios introducidos en la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se plasmen en las directivas y lineamientos que dicta la Dirección Nacional del Presupuesto Público para la ejecución de los presupuestos institucionales, resulta necesario aprobar una nueva Directiva para la Ejecución del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial, manteniendo el carácter general y permanente, así como aprobar el Cuadro, Formatos y Modelos que forman parte de la misma; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183 – Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-2010- EF/76.01 – “Directiva para la Ejecución Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial”, de carácter general, que forma parte integrante de la presente Resolución, la misma que rige a partir del año fi scal 2010 y años fi scales subsiguientes. Artículo 2º.- Aprobar el Cuadro, Formatos y Modelos de la Directiva Nº 001-2010-EF/76.01, los cuales que se publican en la página WEB del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe. Artículo 3º.- La presentación a la Dirección Nacional del Presupuesto Público de la información trimestral de la ejecución presupuestaria a que hace referencia el artículo 15° de la Directiva N° 001-2010-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución del Presupuesto de las Entidades de Tratamiento Empresarial” se efectúa de acuerdo al siguiente cronograma: Trimestre Fecha de Presentación Primer Hasta el 20 de abril de 2010 Segundo Hasta el 20 de julio de 2010 Tercer Hasta el 20 de octubre de 2010 Cuarto Hasta el 20 de enero de 2011 Artículo 4°.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 004-2007- EF/76.01 aprobada por la Resolución Directoral Nº 004- 2007-EF/76.01 y modifi catorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General ( e ) Dirección Nacional del Presupuesto Público DIRECTIVA PARA LA EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA DE LAS ENTIDADES DE TRATAMIENTO EMPRESARIAL DIRECTIVA Nº 001-2010-EF/76.01 CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°.- Objetivo Establecer las pautas y procedimientos generales orientados a que las Empresas y Organismos Públicos Descentralizados de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que constituyen Entidad de Tratamiento Empresarial (en adelante ETE), efectúen la ejecución de sus presupuestos institucionales en el año fi scal respectivo, en el marco del Sistema Nacional de Presupuesto y las Leyes de Presupuesto del Sector Público que aprueba el Congreso de la República.