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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ENERO DEL AÑO 2010 (15/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de enero de 2010 411240 existen diferencias entre la cantidad de bienes que habría enviado la Ofi cina de Control Patrimonial y la cantidad recibida por el referido Equipo Zonal; Que, la falta de documentación que sustente la distribución de los referidos bienes adjudicados por la SUNAT al MIMDES denota por parte del señor Francisco Chapilliquén Herrera, ex-Jefe de la Ofi cina de Control Patrimonial, una falta de deber de cuidado para proteger los bienes del Estado, por lo que habría inobservado sus obligaciones establecidas en los literales a) y b) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 276, siendo éstas la de cumplir personal y diligentemente los deberes que le impone el servicio público y la de salvaguardar los intereses del Estado, cuyo incumplimiento supone a su vez haber incurrido en la falta disciplinaria grave tipifi cada en el inciso d) del artículo 28 de la misma ley, por lo que corresponde instaurar el respectivo proceso administrativo disciplinario en su contra; Que, por otro lado, en cuanto a la Observación Nº 05 del Informe Nº 012-2008-2-3901-MIMDES/OCI, sobre “Determinadas entregas de bienes, efectuadas por la Ofi cina de Control Patrimonial que carecen de documentación sustentatoria que demuestre su distribución a los benefi ciarios”, se ha verifi cado que determinadas entregas de bienes adjudicados por la SUNAT al MIMDES, a cargo de la Ofi cina de Control Patrimonial y valorizados hasta en S/. 55,035.34 (Cincuenta y cinco mil treinta y cinco con 34/100 nuevos soles), carecen de sustento documentario que demuestre su adecuado uso, distribución y cumplimiento de fi nes; Que, de los referidos bienes, hasta un total de S/. 39,088.19 (Treinta y nueve mil ochenta y ocho con 19/100 nuevos soles), no cuentan con Acta de entrega y recepción a sus destinatarios, mientras que bienes valorizados hasta por la suma de S/. 15,947.15 (Quince mil novecientos cuarenta y siete con 15/100 nuevos soles) no tienen padrones que acrediten la entrega efectiva a los benefi ciarios, siendo que dicha documentación resulta imprescindible tanto para sustentar las entregas de los bienes como para cautelar su adecuado uso y distribución; Que, adicionalmente, se ha advertido que el señor Francisco Chapilliquén Herrera no realizó la entrega de cargo al cesar como Jefe de la Ofi cina de Control Patrimonial (el 1 de noviembre de 2007), con lo que trasgredió lo dispuesto en el numeral 6.3 de la Directiva General ʋ 026-2006-MIMDES; Que, por lo expuesto, la CEPAD ha considerado que el referido funcionario ha incumplido sus obligaciones establecidas en los incisos a) y b) del artículo 21 del Decreto Legislativo Nº 276, así como incurrido en la falta disciplinaria tipifi cada en el inciso d) del artículo 28 del mismo cuerpo legal; Que, por consiguiente, y en aplicación del artículo 166 del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la CEPAD ha concluido que los señores Rocío Ramírez Reátegui, ex- Jefa de la Ofi cina de Logística, y Francisco Chapilliquén Herrera, ex-Jefe de la Ofi cina de Control Patrimonial, habrían incurrido en faltas disciplinarias graves, por lo que procede la instauración en su contra del correspondiente proceso administrativo disciplinario; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM – Reglamento de la Carrera Administrativa, la Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004- MIMDES, y el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Resolución Ministerial Nº 416-2005- MIMDES, modifi cado por las Resoluciones Ministeriales Nº 105-2006-MIMDES y Nº 613-2006-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Instaurar proceso administrativo disciplinario a los señores Rocío Ramírez Reátegui, ex-Jefa de la Ofi cina de Logística, y Francisco Javier Chapilliquén Herrera, ex-Jefe de la Ofi cina de Control Patrimonial, al haber incurrido en la falta disciplinaria tipifi cada en el inciso d) del artículo 28 del Decreto Legislativo Nº 276, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Secretaría General la notifi cación de la presente Resolución a los señores Rocío Ramírez Reátegui, ex-Jefa de la Ofi cina de Logística, y Francisco Javier Chapilliquén Herrera, ex-Jefe de la Ofi cina de Control Patrimonial, dentro del plazo de setenta y dos (72) horas de expedida, y poner a su disposición los antecedentes del caso para los fi nes que consideren pertinentes. Artículo 3º.- Los referidos ex-funcionarios comprendidos en el proceso administrativo disciplinario que se instaura con la presente Resolución deberán presentar sus descargos dentro del plazo de cinco (5) días hábiles de haber sido notifi cados. Artículo 4º.- Notifi car la presente Resolución a la Presidenta de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, constituida mediante Resolución Ministerial Nº 119-2009-MIMDES y modifi cada por las Resoluciones Ministeriales Nº 429-2009-MIMDES y Nº 531-2009-MIMDES. Regístrese y comuníquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 446174-1 Aceptan renuncia de Gerente de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del PRONAA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 021-2010-MIMDES Lima, 13 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 338- 2009-MIMDES se designó al señor EDGAR MARTÍN ZAMBRANO REYNA en el cargo de confi anza de Gerente de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se acepte la misma; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el señor EDGAR MARTÍN ZAMBRANO REYNA al cargo de confi anza de Gerente de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 446172-1 Designan Director Ejecutivo del PRONAA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 022-2010-MIMDES Lima, 13 de enero de 2010