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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de enero de 2010 411241 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 052-2008- MIMDES se designó al señor FREDY HERNÁN HINOJOSA ANGULO en el cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el cual se acepte la misma y se designe a la persona que se desempeñará en el cargo respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor FREDY HERNÁN HINOJOSA ANGULO al cargo de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor EDGAR MARTÍN ZAMBRANO REYNA en el cargo de confi anza de Director Ejecutivo del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 446172-2 Designan Jefe Zonal Cusco de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del PRONAA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 023-2010-MIMDES Lima, 13 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 388-2009- MIMDES se designó al señor FLORENTINO CHAMPI CCASA en el cargo de confi anza de Jefe Zonal Cusco de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo para el cual fue designado, por lo que resulta pertinente emitir el acto mediante el que se acepte la misma y se designe a la persona que se desempeñará en el cargo respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES, y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor FLORENTINO CHAMPI CCASA al cargo de confi anza de Jefe Zonal Cusco de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor ALBERTO FUENTES VEGA en el cargo de confi anza de Jefe Zonal Cusco de la Unidad Gerencial de Articulación Territorial y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 446275-1 PRODUCE Incorporan a embarcación pesquera en listados de los porcentajes máximos de captura por embarcación y de los límites máximos de captura por embarcación RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 001-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 4 de Enero del 2010 Visto el escrito de Registro Nº 00101216 de fecha 15 de diciembre de 2009, presentado por CORPORACION PESQUERA INCA S.A.C., el Ofi cio N° 1336 -2009- PRODUCE/OGTIE-Oe y el Informe Nº 1372-2009- PRODUCE/DGEPP-Dchi, emitidos por la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística y la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, respectivamente. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1084, se promulgó la Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, estableciéndose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extracción de los recursos anchoveta y anchoveta blanca destinada al Consumo Humano Indirecto, con la fi nalidad de mejorar las condiciones para su modernización y efi ciencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2008- PRODUCE, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, aprobándose a través de su Artículo 2°, la preasignación de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE, como índices o alícuotas correspondientes a cada embarcación de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo N° 1084. El referido Anexo fue publicado en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción; Que, con la Resolución Directoral N° 843-2008- PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobó el Listado de los Porcentajes Máximos de Captura por Embarcación – PMCE, cuyo Anexo fue publicado en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 446-2009- PRODUCE del 14 de octubre del 2009, se establece que el Limite Máximo Total de Captura Permisible – LMTCP del recurso anchoveta para consumo humano indirecto, correspondiente a la segunda temporada de pesca del 2009, es de 2.0 millones de toneladas para la zona comprendida entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 16º 00’ Latitud Sur; Que, con Resolución Ministerial Nº 872-2009- PRODUCE del 30 de octubre del 2009, se aprobó el Listado de los Limites Máximos de Captura por Embarcación- LMCE del recurso anchoveta, correspondiente a la segunda temporada de pesca 2009 Zona Norte - Centro; Que, el Artículo 10° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, aprobado por Decreto Supremo