TEXTO PAGINA: 64
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 15 de enero de 2010 411274 1. Poner la presente Resolución en conocimiento de la Subdirección del Registro Nacional de Proveedores del Organismo Superior de Contrataciones del Estado (OSCE), para las anotaciones de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. RODRÍGUEZ BUITRÓN NAVAS RONDÓN VALDIVIA HUARINGA 445435-1 Sancionan a la firma American Rent Machinary con inhabilitación temporal para participar en procesos de selección y contratar con el Estado RESOLUCIÓN Nº 034-2010-TC-S1 Sumilla: Corresponde imponer sanción administrativa al postor, por la presentación del documento en cuestión, cuya inexactitud ha sido corroborada en mérito a lo informado por el supuesto benefi ciario del citado documento. Lima, 11 de enero de 2010 Visto en sesión de fecha 11 de enero de 2010 de la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente N.° 2208.2007.TC-2348.2007.TC (Acumulados), sobre el procedimiento de aplicación de sanción a la fi rma American Rent Machinary, de Carlos Torrelio Luque, por la presentación de documentos falsos o inexactos presentados en el marco de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 003-2007-MDCC/P/A, convocada por la Municipalidad Distrital de Ccapi, para la “Adquisición de compresora neumática para trabajar con dos martillos o perforadoras full equipo”; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 23 de mayo de 2007, la Municipalidad Distrital de Ccapi, provincia de Paruro, departamento de Cusco, en adelante la Entidad, convocó la Adjudicación Directa Selectiva ʋ 003-2007-MDCC/P/A para la “Adquisición de compresora neumática para trabajar con dos martillos o perforadoras full equipo”, por un valor referencial total ascendente a S/. 148 000,00 (Ciento cuarenta y ocho mil con 00/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV). 2. Con fecha 6 de junio de 2007, se llevó a cabo la presentación de propuestas, evaluación y otorgamiento de la buena pro, resultando favorecida la empresa Compañía Zeus S.A.C. 3. Mediante escrito presentado el 8 de junio de 2007, la fi rma American Rent Machinary, de Carlos Torrelio Luque, interpuso recurso de apelación ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (actualmente Tribunal de Contrataciones del Estado), en adelante el Tribunal, contra el acto de otorgamiento de la buena pro a favor de la empresa Compañía Zeus S.A.C., toda vez que el Comité Especial, al momento de la apertura de ofertas, utlizó criterios de asignación de puntajes que no estaban contemplados en las Bases, específi camente, en lo referido a los factores de evaluación como: “Capacitación a Operadores”, “Capacidad de Aire Suministrado” y, fi nalmente, a la “Potencia del Motor”, los cuales no fueron incluidos en las Bases Integradas ni fueron comunicados a los postores de manera previa a la presentación de propuestas. Esta impugnación fue tramitada bajo el Expediente Nº 1400.2007.TC 4. Mediante Resolución Nº 938-2007-TC-S1 de fecha 24 de julio de 2007, recaída en el Expediente Nº 1400.2007. TC, el Tribunal declaró fundado el recurso de apelación interpuesto por la fi rma American Rent Machinary de Carlos Torrelio Luque, y por su efecto, descalifi có y revocó el otorgamiento de la buena pro a favor de la empresa Compañía Zeus S.A.C. Asimismo, el Tribunal otorgó la buena pro a favor de la fi rma American Rent Machinary, de Carlos Torrelio Luque. 5. Por Resolución de Alcaldía Nº 175-2007-MDCC/ A de fecha 10 de agosto de 2007, la Entidad declaró la nulidad de ofi cio del acotado proceso de selección, toda vez que la fi rma American Rent Machinary de Carlos Torrelio Luque había presentado documentos falsos, consistentes en las Facturas Nº 001-000033 y Nº 001- 000017, supuestamente impresas por la Imprenta de Huamaní Contreras Carlos Wilder, cuya Autorización de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) era el Nº 5434076023; sin embargo, de la revisión de la página web de la SUNAT se verifi có que la información y el número de autorización de la mencionada imprenta no era válida, por lo tanto ésta no estaba autorizada a imprimir comprobante de pago alguno. Expediente Nº 2208.2007.TC 6. Mediante denuncia presentada recibida por el 14 de agosto de 2007, la empresa Compañía Zeus S.A.C., de Rocío Del Carmen Saldaña, informó que la fi rma American Rent Machinary, de Carlos Torrello Luque, habría sorprendido a la Municipalidad y a este Tribunal al presentar facturas falsas (Factura Nº 000017 y 000033) durante la Adjudicación Directa Selectiva Nº 003-2007- MDCC/P/A, convocada por la Municipalidad Distrital de Ccapi, para la adquisición de compresora neumática para trabajar con dos martillos o perforadoras Full Equipo. Sostuvo la mencionada denunciante que la Factura Nº 000017 del 02 de mayo de 2007 acredita una venta por la suma de US$ 89 726,00 (Ochenta y nueve mil setecientos veintiséis con 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) y la Factura Nº 000033 del 14 de mayo de 2007 acredita una venta por la suma de US$ 117 452,80 (Ciento diecisiete mil cuatrocientos cincuenta y dos con 80/100 Dólares de los Estados Unidos de América); siendo que las ventas de ambas facturas no fueron declaradas ante la SUNAT, registrándose en los meses de mayo, junio e inclusive julio de 2007, cero (0) ventas, conforme se aprecia de su Declaración Jurada Mensual de Impuesto a la Renta, advirtiéndose también que la fi rma American Rent Machinary inició de sus actividades en marzo del 2007, encontrándose sujeta al Régimen Especial, por lo que sus ventas no deben superar los S/. 370 000,00 (Trescientos setenta mil con 00/100 Nuevos Soles). 7. El 15 de agosto de 2007, el Tribunal corrió traslado de la denuncia a la Entidad a fi n que remita su informe sobre la supuesta responsabilidad de la fi rma American Rent Machinary por la presentación de documentos falsos o inexactos, dentro del plazo de diez (10) días. 8. El 08 de agosto de 2008, el Tribunal reiteró su solicitud a la Entidad para que envíe la información requerida en un plazo de cinco (5) días, bajo responsabilidad y apercibimiento de resolver con la documentación obrante en autos. 9. Vista la razón expuesta por la Secretaría del Tribunal, en la que se da cuenta que la Entidad no remitió la documentación solicitada en el plazo concedido, el 13 de marzo de 2009 se hizo efectivo el apercibimiento decretado y se remitió el expediente a la Tercera Sala del Tribunal a fi n que evalúe la procedencia del inicio del procedimiento administrativo sancionador contra la fi rma American Rent Machinary, de Carlos Daniel Torrelio Luque. 10. El 20 de agosto de 2009, se remitió el expediente a la Primera Sala del Tribunal a fi n que evalúe la procedencia del inicio del procedimiento administrativo sancionador contra la fi rma American Rent Machinary, de Carlos Daniel Torrelio Luque, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Nº 256-2009-OSCE/PRE del 07 de julio de 2009. 11. Mediante Acuerdo Nº 455/2009.TC-S1 de fecha 08 de setiembre de 2009, la Primera Sala del Tribunal dispuso el inicio de procedimiento administrativo sancionador contra la fi rma American Rent Machinary, de Carlos Daniel Torrelio Luque, por supuesta responsabilidad en la presentación de documentos falsos y/o inexactos, consistentes en las Facturas Nº 000017 y Nº 000033, infracción tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Dicho Acuerdo fue notifi cado a la fi rma American Rent Machinary, de Carlos Daniel Torrelio Luque, por Cédula Nº 3806/2009.TC el 14 de setiembre de 2009 en el inmueble