Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2010 (17/01/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

411435

Que, el Procedimiento administrativo cuenta con informe Nº 004 ­ 2007 /DGE del 08 de enero del 2007 donde el Director de concesiones electricas, emite OPINION FAVORABLE para modificacion de cronograma de ejecucion de obras; Que, obra en el expediente la Resolucion Directoral No 101-2009-ANA-DARH del 26 de noviembre del 2009 donde en su articulo 01 se desestima la oposicion presentada por la Empresa Sociedad MORDAZA Drokasa SA, en lo referente a la oposicion de ampliacion de plazo de ejecucion de obras de aprovechamiento Hidrico; En su articulo 02 amplia a favor de Agroindustria MAJA SA. la autorizacion de ejecucion de Obras de aprovechamiento hidrico del Proyecto Central Hidroelectrica Roncador, con eficacia anticipada al 31 de diciembre del 2008 por un ano adicional; en su articulo 03 precisa que la licencia de uso de agua se otorgara a peticion de parte y a la culminacion de las obras, debiendo contar con la opinion favorable del Ministerio de Energia y Minas conforme DS Nº 048-2007-EM; Que, de la Resolucion Directoral No 109-2009-ANADARH del 07 de Diciembre del 2009, se concluye en su articulo 01 que se amplia a favor de Agroindustrias Maja SA. La autorizacion de ejecucion de Obras de aprovechamiento hidrico del Proyecto Central Hidroelectrica Roncador por diez meses adicionales contados a partir del 01 de enero del 2010; En su Articulo 02 precisa que la licencia de uso de agua se otorgara a peticion de parte y a la culminacion de las obras, debiendo contar con la opinion favorable del Ministerio de Energia y Minas conforme DS Nº 048-2007EM; Que, el inciso "d" del articulo 59° de la Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que es funcion de los Gobiernos Regionales "Impulsar proyectos y obras de generacion de energia y electrificacion MORDAZA rurales, asi como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Region. Asimismo, otorgar concesiones para mini centrales de generacion electrica"; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 050-2006MEM/DM, publicada el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 de noviembre del 2006 se formalizo la transferencia de la funcion establecida inciso d) del articulo 59 de la ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 503-2007-PRES se aprobo el Manual de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, en la cual se establece que el Director Regional de Energia y Minas tiene dentro de sus funciones especificas "Impulsar proyectos y obras de generacion de energia y electrificacion MORDAZA rurales, asi como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Region. Asimismo, otorgar concesiones para minicentrales de generacion electrica"; Que, el articulo 1° del Decreto Supremo N° 0562009-EM, precisa la facultad transferida a los Gobiernos Regionales relativa al otorgamiento de autorizaciones para la generacion de energia electrica con potencia instalada mayor de 500 kw y menor de 10 MW, prevista en el anexo que forma parte integrante del Decreto Supremo N° 052-2005-PCM, comprende tanto el otorgamiento de Autorizacion para la Generacion de Energia Electrica con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW., como el otorgamiento de Concesiones Definitivas para Generacion con Recursos Energeticos Renovables (RER) con potencia instalada mayor a 500 Kw y menor de 10 MW. Siempre que se encuentren en la respectiva Region; Que, la Direccion Regional de Energia y Minas, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe Nº 089-2009 ­ GRL ­DREM - CHLO; Que con Memorando No 1694-2009-GRL-GRDE, en atencion al Informe Nº 309-2009-GRL-GRDE-DREM, se solicito a la Subgerencia Regional de Asesoria Juridica opinion legal respecto a la solicitud presentada por la Empresa Maja Energia SAC, para que se autorice el cambio de denominacion del titular de los derechos otorgados por la RM 499-2005-MEM/DM; Que con Informe No 1961-2009-GRL-SGRAJ, La Subgerencia Regional de Asesoria Juridica ES DE

LA OPINION QUE SE DECLARE PROCEDENTE LO SOLICITADO POR LA EMPRESA MAJA ENERGIA SAC, y recomienda que a traves de la Gerencia de Desarrollo Economico remitir a la DREM MORDAZA para que emita la correspondiente Resolucion Directoral de aprobacion de Transferencia de Autorizacion solicitada, documento firmado por Dr MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subgerente Regional de Asesoria Juridica; Que, con Informe No 1986-2009-GRL-GRAJ en atencion al Informe No 0324-2009-GRL-GRDE-DREM se solicita opinion fundamentada respecto al tramite de transferencia de Autorizacion de Generacion Electrica solicitando un informe detallado. La misma que fue sustentado con el Informe No 325-2009-GRL-GRDEDREM; Que con Informe No 004-2010-GRL-SGRAJ, La Subgerencia Regional de Asesoria Juridica es de la opinion que conforme al informe evacuado en donde la DREM establece que durante el MORDAZA de construccion de la Central Hidroelectrica, Roncador, ubicado en Cerro Roncador Provincia y Distrito de Barranca, Region MORDAZA, las competencias encargadas al seguimiento de la Autorizacion variaron entre el Ministerio de Energia y Minas y el Gobierno Regional, abarcando el periodo 20082009. Por esta razon considerando que estos factores no afectan la vigencia de la Autorizacion de generacion No 499-2005-MEM, por lo que contando con la opinion favorable de la DREM la SGRAJ MANTIENE LA MISMA OPINION EMITIDA EN EL INFORME Nº 1961-2009-GRLSGRAJ, documento firmado por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Subgerente Regional de Asesoria Juridica); POR TANTO: SE RESUELVE: Articulo 1°.- APROBAR la transferencia de la Autorizacion definitiva de generacion con recursos energeticos renovables para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Hidroelectrica El Roncador, que efectua Agroindustrias Maja SAC. a favor de Maja Energia SAC. por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Tener como titular de la Autorizacion mencionada en el Articulo precedente a Maja Energia SAC. a partir del la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, quien asumira en esta oportunidad todos los derechos y obligaciones otorgados en Cesion de Derechos celebrado por las partes. Articulo 3°.- La presente Resolucion Directoral, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MORDAZA GUIO Director Regional de Energia y Minas (e) 446323-1

GOBIERNO REGIONAL DE PASCO
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional Agraria Pasco
ORDENANZA REGIONAL Nº 233-2009-G.R.PASCO/CR Cerro de Pasco, 29 de diciembre de 2009

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.