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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de enero de 2010 411432 Artículo Décimo.- Transcríbase a la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Academia de la Magistratura, Corte Superior de Justicia de Cajamarca y la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE HUGO SALAS ORTIZ 446749-3 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Aprueban modificaciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos del Banco Central de Reserva del Perú RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 001-2010-BCRP Lima, 15 de enero de 2010 VISTO: El Informe N° 092-2009-JUR200 de fecha 22 de diciembre de 2009, emitido por la Subgerencia de Asesoría Legal en Asuntos Contenciosos y Administrativos, a efectos de realizar modifi caciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos del Banco Central de Reserva del Perú. CONSIDERANDO QUE: Conforme a los artículos 37° y 38° de la Ley N°27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, todas las entidades públicas deben contar con un Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) que será aprobado por resolución del Titular cuando se trate de organismos constitucionalmente autónomos, como es el caso de este Banco Central. De acuerdo al informe N°092-2009-JUR200 emitido por la Subgerencia de Asesoría Legal en Asuntos Contenciosos y Administrativos el 22 de diciembre de 2009, es necesario recoger en el TUPA del Banco Central los cambios en la legislación que regula los procedimientos administrativos, al nuevo Estatuto del Banco y a las recientes circulares. Conforme lo dispone el artículo 38° de la Ley de Procedimiento Administrativo General y los artículo 3° y 4° del Decreto Supremo N°004-2008-PCM, al día siguiente de que la presente Resolución sea aprobada por el Directorio deberá ser publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” y el nuevo TUPA deberá ser publicado en la misma fecha en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-PSCE y en el portal institucional. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar las modifi caciones al Texto Único de Procedimientos Administrativos del Banco Central de Reserva del Perú que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Facultar a la Gerencia General para disponer la actualización del TUPA en cada oportunidad en que se modifiquen los procedimientos existentes o se creen nuevos; modificaciones éstas que deberán quedar incorporadas en las circulares o reglamentos respectivos. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como del nuevo TUPA en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE, y en el portal institucional, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. (Portal Institucional: www.bcrp. gob.pe). Artículo 4°.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. JULIO VELARDE Presidente 446498-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Designan Director Central de Gestión Institucional del JNE RESOLUCIÓN N° 005-2010-P/JNE Lima, 14 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 093-2009-P/JNE, de fecha 01 de julio de 2009, se encargó las funciones de la Dirección Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones a la Sra. CPC María Elena Carrera Martínez, con retención de su cargo de Directora General de Recursos y Servicios; Que, de conformidad con los incisos 7) y 9) del artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Resolución N° 130- 2008-JNE, del 28 de mayo de 2008, son funciones del Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, entre otras, determinar los cargos de confianza y la cobertura de plazas de la institución, así como designar, contratar, suspender, rotar o cesar a los servidores del Jurado Nacional de Elecciones, con excepción del Secretario General; Que, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Dirección Central de Gestión Institucional, es necesario designar al titular de dicha dependencia; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 26486 Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728 Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR y el artículo 16° incisos 7) y 9) del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución N° 130-2008-JNE del 28 de mayo de 2008; y, en uso de las facultades de que está investida esta Presidencia. RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida, a partir del 13 de enero de 2010, el encargo de funciones de Directora Central de Gestión Institucional del JNE, recaída en la Sra. CPC MARIA ELENA CARRERA MARTINEZ. Artículo Segundo.- Designar, a partir del 14 de enero de 2010, al señor Eco. APOLINAR JUNIOR MADRID ESCOBAR en el cargo considerado de confi anza de Director Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones.