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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de enero de 2010 411431 a) PROVINCIA DE CAJABAMBA • El Juzgado de Paz Letrado, en adición de funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia en la Provincia de Cajabamba. b) PROVINCIA DE SAN MARCOS • El Juzgado Mixto, en adición a sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia en la Provincia de San Marcos. La carga penal para liquidar será competencia del Juzgado Penal Liquidador Transitorio Supraprovincial de Cajabamba. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformará el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca. • El Juzgado de Paz Letrado, en adición de funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia en la Provincia de San Marcos. c) PROVINCIA DE CELENDÍN • El Juzgado de Paz Letrado, en adición de funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia en la Provincia de Celendín. d) PROVINCIA DE BOLÍVAR, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD • El Juzgado Mixto, en adición de funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia en la Provincia de Bolívar. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformará el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca. e) PROVINCIA DE CONTUMAZÁ • El Juzgado Mixto, en adición a sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia en la Provincia de Contumazá. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformará el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca. • El Juzgado de Paz Letrado de Tembladera del Distrito de Yonán, en adición de funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria. f) PROVINCIA DE SAN MIGUEL • El Juzgado Mixto, en adición a sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con la actual competencia del Juzgado Mixto de San Miguel. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformará el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca. • El Juzgado de Paz Letrado, en adición de funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria. con la actual competencia del Juzgado de Paz Letrado de San Miguel. g) PROVINCIA DE SAN PABLO • El Juzgado Mixto, en adición de funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia en la Provincia de San Pablo. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformará el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca. • El Juzgado de Paz Letrado, en adición a sus funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia en la Provincia de San Pablo. h) PROVINCIA DE CHOTA • El Juzgado de Paz Letrado con sede en Tacabamba, en adición de funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con la actual competencia del Juzgado de Paz Letrado. • El Juzgado de Paz Letrado con sede en Huambos, en adición a sus funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con la actual competencia del Juzgado de Paz Letrado. i) PROVINCIA DE SANTA CRUZ • La Sala Mixta Descentralizada Itinerante Permanente, en adición de funciones como Sala Penal de Apelaciones, con la actual competencia de la Sala Mixta Descentralizada de Santa Cruz. • El Juzgado Mixto, en adición a sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con la actual competencia del Juzgado Mixto de Santa Cruz. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformará Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Chota. • El Juzgado de Paz Letrado, en adición de funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con la actual competencia del Juzgado de Paz Letrado de Santa Cruz. j) PROVINCIA DE HUALGAYOC • El Juzgado Mixto, en adición a sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia en la Provincia de Hualgayoc. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformará Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Chota. • El Juzgado de Paz Letrado, en adición de funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia en la Provincia de Hualgayoc. Artículo Cuarto.- Los órganos jurisdiccionales que asuman los procesos conforme al Nuevo Código Procesal Penal, lo harán bajo el criterio de “carga cero”, excepto los Juzgados Mixtos. Artículo Quinto.- El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca, por motivos de funcionalidad se conformará a partir del 1º de abril de 2010, cuando el sistema lo requiera, con los Juzgados Penales Unipersonales del Distrito Judicial de Cajamarca excepto de las Provincias de Chota, Santa Cruz y Hualgayoc, con competencia en el Distrito Judicial de Cajamarca, excepto lo que corresponde a los órganos jurisdiccionales de las Provincias de Hualgayoc, Chota y Santa Cruz. Artículo Sexto.- El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Chota, por motivos de funcionalidad se conformará a partir del 1º de abril de 2010, cuando el sistema lo requiera, con los Juzgados Penales Unipersonales de Chota, Santa Cruz y Hualgayoc, con competencia en las Provincias de Chota, Hualgayoc y Santa Cruz en lo que corresponde a sus órganos jurisdiccionales. Artículo Sétimo.- Disponer las siguientes normas complementarias: • Las Salas Penales y Juzgados Penales Liquidadores asumirán la carga procesal de todos los procesos tramitados bajo el régimen procesal penal anterior, hasta su culminación. • Los órganos jurisdiccionales creados como liquidadores con carácter transitorio, tendrán un funcionamiento de seis meses, cuya prórroga, conversión o reubicación será decidida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. • Los Juzgados Penales Colegiados estarán conformados por Jueces Especializados Penales. Artículo Octavo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca y a la Gerencia General del Poder Judicial, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente resolución y una adecuada implementación del Código Procesal Penal. Artículo Noveno.- Los gastos que genere lo dispuesto en la presente resolución correspondiente al año 2009, se hará con la racionalización de recursos asignados en el Presupuesto Institucional conforme la Ley Nº 29289 y lo que corresponda a las creaciones del año 2010 serán con cargo a las partidas Presupuestarias que asignen los Poderes Legislativo y Ejecutivo correspondiente para el Año Fiscal 2010.