Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2010 (17/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

411431

a) PROVINCIA DE CAJABAMBA · El Juzgado de Paz Letrado, en adicion de funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con competencia en la Provincia de Cajabamba. b) PROVINCIA DE SAN MORDAZA · El Juzgado Mixto, en adicion a sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia en la Provincia de San Marcos. La carga penal para liquidar sera competencia del Juzgado Penal Liquidador Transitorio Supraprovincial de Cajabamba. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformara el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca. · El Juzgado de Paz Letrado, en adicion de funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con competencia en la Provincia de San Marcos. c) PROVINCIA DE CELENDIN · El Juzgado de Paz Letrado, en adicion de funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con competencia en la Provincia de Celendin. d) PROVINCIA DE MORDAZA, DEPARTAMENTO DE LA MORDAZA · El Juzgado Mixto, en adicion de funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia en la Provincia de Bolivar. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformara el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca. e) PROVINCIA DE CONTUMAZA · El Juzgado Mixto, en adicion a sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia en la Provincia de Contumaza. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformara el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca. · El Juzgado de Paz Letrado de Tembladera del Distrito de Yonan, en adicion de funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria. f) PROVINCIA DE SAN MORDAZA · El Juzgado Mixto, en adicion a sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con la actual competencia del Juzgado Mixto de San Miguel. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformara el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca. · El Juzgado de Paz Letrado, en adicion de funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria. con la actual competencia del Juzgado de Paz Letrado de San Miguel. g) PROVINCIA DE SAN MORDAZA · El Juzgado Mixto, en adicion de funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia en la Provincia de San Pablo. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformara el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca. · El Juzgado de Paz Letrado, en adicion a sus funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con competencia en la Provincia de San Pablo. h) PROVINCIA DE CHOTA · El Juzgado de Paz Letrado con sede en Tacabamba, en adicion de funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con la actual competencia del Juzgado de Paz Letrado. · El Juzgado de Paz Letrado con sede en Huambos, en adicion a sus funciones como Juzgado de la Investigacion

Preparatoria, con la actual competencia del Juzgado de Paz Letrado. i) PROVINCIA DE MORDAZA MORDAZA · La Sala Mixta Descentralizada Itinerante Permanente, en adicion de funciones como Sala Penal de Apelaciones, con la actual competencia de la Sala Mixta Descentralizada de MORDAZA Cruz. · El Juzgado Mixto, en adicion a sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con la actual competencia del Juzgado Mixto de MORDAZA Cruz. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformara Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Chota. · El Juzgado de Paz Letrado, en adicion de funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con la actual competencia del Juzgado de Paz Letrado de MORDAZA Cruz. j) PROVINCIA DE HUALGAYOC · El Juzgado Mixto, en adicion a sus funciones como Juzgado Penal Unipersonal, con competencia en la Provincia de Hualgayoc. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformara Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Chota. · El Juzgado de Paz Letrado, en adicion de funciones como Juzgado de la Investigacion Preparatoria, con competencia en la Provincia de Hualgayoc. Articulo Cuarto.- Los organos jurisdiccionales que asuman los procesos conforme al MORDAZA Codigo Procesal Penal, lo haran bajo el criterio de "carga cero", excepto los Juzgados Mixtos. Articulo Quinto.- El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de MORDAZA, por motivos de funcionalidad se conformara a partir del 1º de MORDAZA de 2010, cuando el sistema lo requiera, con los Juzgados Penales Unipersonales del Distrito Judicial de MORDAZA excepto de las Provincias de Chota, MORDAZA MORDAZA y Hualgayoc, con competencia en el Distrito Judicial de MORDAZA, excepto lo que corresponde a los organos jurisdiccionales de las Provincias de Hualgayoc, Chota y MORDAZA Cruz. Articulo Sexto.- El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Chota, por motivos de funcionalidad se conformara a partir del 1º de MORDAZA de 2010, cuando el sistema lo requiera, con los Juzgados Penales Unipersonales de Chota, MORDAZA MORDAZA y Hualgayoc, con competencia en las Provincias de Chota, Hualgayoc y MORDAZA MORDAZA en lo que corresponde a sus organos jurisdiccionales. Articulo Setimo.- Disponer las siguientes normas complementarias: · Las MORDAZA Penales y Juzgados Penales Liquidadores asumiran la carga procesal de todos los procesos tramitados bajo el regimen procesal penal anterior, hasta su culminacion. · Los organos jurisdiccionales creados como liquidadores con caracter transitorio, tendran un funcionamiento de seis meses, cuya prorroga, conversion o reubicacion sera decidida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. · Los Juzgados Penales Colegiados estaran conformados por Jueces Especializados Penales. Articulo Octavo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, a adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion y una adecuada implementacion del Codigo Procesal Penal. Articulo Noveno.- Los gastos que genere lo dispuesto en la presente resolucion correspondiente al ano 2009, se MORDAZA con la racionalizacion de recursos asignados en el Presupuesto Institucional conforme la Ley Nº 29289 y lo que corresponda a las creaciones del ano 2010 seran con cargo a las partidas Presupuestarias que asignen los Poderes Legislativo y Ejecutivo correspondiente para el Ano Fiscal 2010.

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