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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2010 (17/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de enero de 2010 411430 • El Cuarto, Quinto y Sexto Juzgado Penal, en Primer, Segundo y Tercer Juzgado Penal Unipersonal; con competencia en la Provincia de Cajamarca. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformarán el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca. b) PROVINCIA DE CAJABAMBA • El Juzgado Penal, en Juzgado Penal Unipersonal; con competencia en la Provincia de Cajabamba. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformará Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca. c) PROVINCIA DE CELENDÍN • El Juzgado Penal, en Juzgado Penal Unipersonal; con competencia en la Provincia de Celendín. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformará Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Cajamarca. d) PROVINCIA DE CHOTA • El Primer y Segundo Juzgado Penal, en Primer y Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria; con competencia en la Provincia de Chota, excepto el Distrito de Pión y lo correspondiente a los Juzgados de Paz Letrado de Huambos y Tacabamba. Artículo Segundo.- Crear en el Distrito Judicial de Cajamarca, los siguientes órganos jurisdiccionales: a) PROVINCIA DE CAJAMARCA - A partir del día siguiente de publicada la presente resolución • Una Sala Penal Liquidadora Transitoria, con competencia en el Distrito Judicial de Cajamarca, excepto lo que corresponde a los órganos jurisdiccionales de las Provincias de Hualgayoc, Chota y Santa Cruz. • El Primer, Segundo, Tercer y Cuarto Juzgado Penal Liquidador Transitorio, con competencia en la Provincia de Cajamarca, inclusive lo que compete a los órganos jurisdiccionales del Módulo Básico de Justicia de Baños del Inca. A partir del 1º de abril de 2010, el Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Baños del Inca, no conocerá expedientes de la especialidad penal. b) PROVINCIA DE CAJABAMBA - A partir del día siguiente de publicada la presente resolución • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio Supraprovincial, con competencia en las Provincias de Cajabamba y San Marcos. El Juzgado Mixto de Cajabamba, no conocerá expedientes de la especialidad penal. c) PROVINCIA DE CELENDÍN - A partir del día siguiente de publicada la presente resolución • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio, con competencia en la Provincia de Celendín. El Juzgado Mixto de Celendín, no conocerá expedientes de la especialidad penal. d) PROVINCIA DE BOLIVAR, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD - A partir del 1º de abril de 2010 • El Juzgado de Paz Letrado, en adición de funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia en la Provincia de Bolívar. - A partir del día siguiente de publicada la presente resolución • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio, con competencia en la Provincia de Bolívar. e) PROVINCIA DE CONTUMAZÁ - A partir del 1º de abril de 2010 • El Juzgado de Paz Letrado, en adición de funciones como Juzgado de la Investigación Preparatoria, con competencia en la Provincia de Contumazá, excepto lo que compete al Juzgado de Paz Letrado de Tembladera. - A partir del día siguiente de publicada la presente resolución • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio, con competencia en la Provincia de Contumazá. f) PROVINCIA DE SAN MIGUEL - A partir del día siguiente de publicada la presente resolución • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio, con la actual competencia del Juzgado Mixto de San Miguel. g) PROVINCIA DE SAN PABLO - A partir del día siguiente de publicada la presente resolución • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio, con competencia en la Provincia de San Pablo. h) PROVINCIA DE CHOTA - A partir del 1º de abril de 2010 • El Primer y Segundo Juzgado Penal Unipersonal, con competencia en la Provincia de Chota, excepto el Distrito de Pión. Cuando las circunstancias de juzgamiento lo requieran conformarán el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Chota. - A partir del día siguiente de publicada la presente resolución • La Sala Penal Liquidadora Transitoria, con competencia en las Provincias de Chota, Hualgayoc y Santa Cruz, en lo que corresponde a sus órganos jurisdiccionales. • El Primer y Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio, con competencia en la Provincia de Chota, excepto el Distrito de Pión. i) PROVINCIA DE SANTA CRUZ - A partir del día siguiente de publicada la presente resolución • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio, con la actual competencia del Juzgado Mixto de Santa Cruz. j) PROVINCIA DE HUALGAYOC - A partir del día siguiente de publicada la presente resolución • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio, con competencia en la Provincia de Hualgayoc. Artículo Tercero.- Disponer que los siguientes órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Cajamarca en adición a sus funciones, a partir del 1º de abril de 2010, actúen conforme se indica a continuación: