Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2010 (21/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de enero de 2010

2005-MTC establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable; Que, la Primera Disposicion Final y Transitoria del Reglamento en mencion, precisa que los procedimientos administrativos referidos a los servicios de radiodifusion iniciados MORDAZA de la vigencia de la Ley Nº 28278, se rigen por la normativa anterior hasta su conclusion; Que, el articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, senala que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba, dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio autorizado y realizara las pruebas de funcionamiento respectivas, lo cual sera verificado por el organo competente del Ministerio; Que, el articulo 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion, se emitira el informe tecnico correspondiente, en el que se indicara, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y en el Reglamento Especifico del Servicio de Radiodifusion; Que, con Informe Nº 523-2004-MTC/18.01.1 del 16 de MORDAZA de 2004, la entonces Subdireccion de Control MORDAZA de la Direccion de Monitoreo e Inspecciones de Telecomunicaciones, da cuenta de la inspeccion tecnica realizada a la estacion radiodifusora el 25 de junio de 2004, verificandose que la administrada cumplio con instalar y operar su estacion autorizada. Dicha circunstancia fue comprobada con los Informes Nº 447-2005-MTC/18.01.1 del 14 de marzo de 2005, Nº 2083-2006-MTC/18.01.1 del 06 de diciembre de 2006, Nº 2540-2007-MTC/29.03 del 13 de diciembre de 2007 y Nº 2450-2008-MTC/29.02 del 19 de junio de 2008; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 120-2004MTC/03 publicada el 14 de MORDAZA de 2004 en el Diario Oficial "El Peruano", modificada por Resolucion Viceministerial Nº 878-2007-MTC/03 y ratificada por Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de FM para diversas localidades correspondientes al departamento de San MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad denominada Tarapoto-Lamas, incluyendose en esta al distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martin; Que, con Informe Nº 1926-2009-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que es procedente otorgar a la empresa RADIODIFUSORA V.J.C. STEREO PLUS E.I.R.L., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 62997-MTC/15.19, y que por lo tanto, debera culminar el 09 de diciembre de 2017, plazo computado desde el dia siguiente de publicacion de la citada resolucion; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; y la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa RADIODIFUSORA V.J.C. STEREO PLUS E.I.R.L., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Tarapoto-Lamas, departamento de San Martin. Articulo 2º.- El plazo de vigencia de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende un periodo de instalacion y prueba, computandose a

partir del dia siguiente de publicacion de la Resolucion Ministerial Nº 629-97-MTC/15.19, el cual vencera el 09 de diciembre de 2017. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion con vigencia durante el plazo MORDAZA senalado. Articulo 3º.- Conforme a lo establecido en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, la titular adoptara las medidas necesarias para garantizar que las radiaciones que emita la estacion de radiodifusion que se autoriza no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles en el acotado Decreto Supremo. Articulo 4°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 447852-1

Designan funcionarios responsables de entregar informacion de acceso publico, de elaborar y actualizar el MORDAZA de transparencia y encargado de clasificar informacion de caracter secreto y reservado de la AATE
RESOLUCION DIRECTORAL N° 52-2009-MTC/33 MORDAZA El MORDAZA, 28 de diciembre de 2009 VISTO: El Informe Nº 001.1-2009-MTC-AATE/GAF de fecha 31 de MORDAZA de 2009 de la Gerencia de Administracion y Finanzas, la Resolucion Directoral N 019-2009-MTC/ AATE de la misma fecha y el Memorandum N 3971-2009MTC/02.AL de la Oficina de Asesoria Legal del Despacho Viceministerial de Transportes recibido el 10.12.09; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 063-2009 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 7 de junio de 2009, se dispone la fusion por absorcion de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC; Que, en el Articulo 6º de la mencionada MORDAZA, se crea la Unidad Ejecutora Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE, dentro del ambito del Sub Sector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, por Resolucion Ministerial Nº 508-2009-MTC/01 de fecha 15 de MORDAZA de 2009, se crea la Direccion Ejecutiva como organo de Direccion de la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE, a cargo de un Director Ejecutivo, quien asumira las funciones atribuidas al Directorio, Presidencia Ejecutiva y Gerencia General de la AATE, en lo que sea aplicable; Que, la acotada MORDAZA en su Articulo 3º establece que se mantenga en vigencia el Manual de Organizacion y Funciones de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE, el cual ha sido aprobado mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 012-2000-AATE/PE de fecha 22.02.2000; Que, por Resolucion Ministerial Nº 510-2009-MTC/01 de fecha 15 de MORDAZA de 2009, se designa al Ingeniero MORDAZA Duber MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director Ejecutivo de la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE; Que, el Director Ejecutivo de la AATE ha asumido las funciones de la Presidencia Ejecutiva de la AATE,

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