TEXTO PAGINA: 58
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de enero de 2010 411580 sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 52. CORPORACION INDUSTRIAL INDEPENDENCIA S.A.C., Mediante Resolución Nº 2741-2009-TC-S1 del 21.12.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada persona contra la Resolución Nº 2562-2009-TC-S1 de 26.11.2009, que la sanciona con diez (10) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 53. PETIT ESPINOZA MARCO ANTONIO, Inhabilitación por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2569-2009-TC- S4 de 27.11.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 54. OPPORTUNITY EMPRESAS S.A.C., Inhabilitación por cuatro (04) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infracción tipifi cada en el numeral 5) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2576-2009-TC- S1 de 27.11.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 55. CORDOVA PEREZ EDWIN NIXON, Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2577-2009-TC- S1 de 27.11.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 56. COMERCIAL GRAFICA H´ARIES S.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2578-2009-TC-S1 de 27.11.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 57. LBC TRANSPORT S.A.C., Mediante Resolución Nº 2728-2009-TC-S1 del 21.12.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada empresa contra la Resolución Nº 2579-2009-TC-S1 de 27.11.2009, que la sanciona con doce (12) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infracción tipifi cada en el numeral 5) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 58. REPRESENTACIONES INDUSTRIAL COMERCIAL SERVICIOS Y ABASTECIMIENTO S.R.L. – RICOSA S.R.L., Mediante Resolución Nº 2711-2009- TC-S1 del 17.12.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada persona contra la Resolución Nº 2581-2009-TC-S1 de 27.11.2009, que la sanciona con catorce (14) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por no mantener su oferta hasta la suscripción del contrato, infracción tipifi cada en el numeral 1) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 59. PROYECTOS INTEGRALES KEOPS S.A.C., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por participar en el proceso de selección, sin contar con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infracción tipifi cada en el literal e) numeral 1) del artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado y el literal e del artículo 237 del Reglamento de la citada norma, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 2582-2009-TC-S1 de 27.11.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 60. INTERNATIONAL BUSINESS E.I.R.L., Inhabilitación por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 51.1 literal i) del artículo 51 de la Ley y numeral 1) literal i) del artículo 237 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo 1017 y Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, según Resolución Nº 2584-2009-TC-S1 de 27.11.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 61. CANDIOTTY CALDERON PAUL GUILLERMO, Mediante Resolución Nº 2784-2009-TC-S1 del 29.12.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada persona contra la Resolución Nº 2586-2009-TC-S1 de 27.11.2009, que la sanciona con ocho (08) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM 62. VELIZ FLORES MANUEL ADRIAN, Mediante Resolución Nº 2784-2009-TC-S1 del 29.12.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la indicada persona contra la Resolución Nº 2586-2009-TC-S1 de 27.11.2009, que la sanciona con ocho (08) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM 63. LEADER MULTISERVICE E.I.R.L., Inhabilitación por catorce (14) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2 del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 2587-2009-TC- S3 de 30.11.2009, sanción que entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente de notifi cada la indicada resolución. 64. FUENTES ORTIZ CESAR ALFREDO, Mediante Resolución N° 2769-2009-TC-S3 de 23.12.2009, se declaró infundado el recurso de reconsideración presentado por la indicada persona contra la Resolución N° 2588-2009-TC- S3 de 30.11.2009, que la sanciona por catorce (14) meses de inhabilitación en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolución del contrato por causal atribuible a su parte, infracción tipifi cada en el numeral 2 del artículo 294 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM. 65. ELECTRO SERVIS TEC S.R.L., Inhabilitación por once (11) meses en su derecho de participar en procesos de selección y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipifi cada en el numeral 9) del artículo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado