Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2010 (21/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de enero de 2010

de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad denominada MORDAZA, incluyendose en esta al distrito de MORDAZA, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de Moquegua; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, con Informe Nº 2273-2009-MTC/28, opina que se ha producido la aprobacion por silencio administrativo positivo, de la solicitud de renovacion de la citada autorizacion a favor de la empresa TELEVISION CONTINENTAL S.A., toda vez que vencio el plazo del procedimiento sin que la entidad MORDAZA emitido pronunciamiento, ademas cumple las condiciones y requisitos establecidos para el otorgamiento de la renovacion de la autorizacion, y no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar el acceso a una renovacion contemplados en el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, La Ley del Silencio Administrativo aprobado por Ley Nº 29060, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 04 de enero de 2008, en virtud del silencio administrativo positivo, la solicitud de renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 0053-77-MTC/CO, a TELEVISION CONTINENTAL S.A., para la prestacion del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Moquegua. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, por periodos sucesivos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Ministerial Nº 0053-77-MTC/CO, en consecuencia, vencera el 11 de MORDAZA de 2017. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion, que debera contener las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas autorizadas. Articulo 3º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de renovacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 447848-1

Reconocen a la Asociacion Cultural Bethel como titular de autorizacion otorgada mediante R.VM. Nº 420-2000MTC/15.03
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 663-2009-MTC/03 MORDAZA, 29 de diciembre de 2009 VISTO, el Escrito con Registro Nº 039619 del 11 de MORDAZA de 2007, presentado por la empresa RADIO BETHEL MORDAZA S.A.C., sobre aprobacion de transferencia de autorizacion; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 4202000-MTC/15.03 del 02 de noviembre de 2000, se otorgo autorizacion a la empresa RADIO MORDAZA S.A., por el plazo de diez (10) anos, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Corta Internacional (OCI), en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, con vigencia hasta el 01 de enero de 2010; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 146-2001MTC/15.19 del 13 de MORDAZA de 2001, se reconocio la nueva denominacion social de la empresa RADIO MORDAZA S.A.C. como RADIO BETHEL MORDAZA S.A.C.; Que, con Escrito de Registro Nº 039619 del 11 de MORDAZA de 2007, la empresa RADIO BETHEL MORDAZA S.A.C. solicita la aprobacion de transferencia de la referida autorizacion a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 415-2005-MTC/03, incluye dentro de la localidad denominada Apurimac-Arequipa-Ayacucho-Cusco-Madre de Dios-Moquegua-Puno-Tacna, al distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, ubicacion consignada en la Resolucion Viceministerial Nº 420-2000MTC/15.03; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 27º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278 establece que las solicitudes de transferencia deberan ser atendidas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias para emitir su pronunciamiento, transcurrido el cual, sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud, el peticionario podra considerarla aprobada; Que, el articulo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que la autorizacion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, podran ser transferidos, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular. El numeral 3) del articulo 74º del referido Reglamento indica que el plazo para la aprobacion de la transferencia es de noventa (90) dias; Que, el numeral 1) del articulo 37º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establece que el computo de los plazos establecidos en el presente Reglamento, se interrumpira cuando este pendiente el cumplimiento de algun requerimiento efectuado al solicitante; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante los Oficios Nº 0353-2007MTC/28 y Nº 0354-2007-MTC/28, ambos del 09 de agosto de 2007, notificados el 13 de agosto de 2007 y el 10 de agosto de 2007, respectivamente y Oficios Nº 24312007-MTC/28 y Nº 2432-2007-MTC/28, ambos del 18 de diciembre de 2007, notificados el 19 de diciembre de 2007, requirio a la empresa RADIO BETHEL MORDAZA S.A.C. y a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL la subsanacion de una serie de observaciones detectadas en el procedimiento de transferencia de autorizacion. Con la documentacion remitida en el Escrito de Registro Nº 004680 del 11 de enero de 2008, se cumplio con absolver los requerimientos efectuados por la Administracion; Que, en ese orden de ideas, los noventa (90) dias contados a partir del dia siguiente del 11 de enero de

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