Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2010 (21/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

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2008, implicaria determinar que el silencio administrativo positivo se habria configurado el 26 de MORDAZA de 2008. Sin embargo, anteladamente a la configuracion del referido silencio positivo en el procedimiento de transferencia de autorizacion, se expidio el Decreto Supremo Nº 010-2008MTC publicado en el Diario Oficial El Peruano el 15 de marzo de 2008, que en su Unica Disposicion Transitoria senalo que "el computo de los plazos para la atencion de las solicitudes para el otorgamiento de autorizaciones, renovaciones y transferencias, a que se refieren los articulos 27º y 28º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, se entenderan interrumpidos en tanto la Comision a que hace referencia el Articulo 2º emita su informe y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones apruebe los correspondientes Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, de conformidad con lo establecido en el articulo 37º del Reglamento de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278" (el subrayado es nuestro); Que, de acuerdo con lo senalado en el anterior considerando, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 del 11 de diciembre de 2008, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2008, aprobo los correspondientes Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias, dando asi cumplimiento a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 010-2008-MTC; consecuentemente la situacion juridica de interrupcion de los plazos para la atencion de las solicitudes de transferencia de autorizacion se levanto desde el primer dia habil del ano 2009, es decir, desde el 05 de enero; Que, habiendo transcurrido el plazo MORDAZA establecido en el articulo 27º de la Ley de Radio y Television y al no haber emitido este Ministerio el debido pronunciamiento respecto de la solicitud de aprobacion de transferencia de autorizacion, ello genera que en virtud del silencio administrativo positivo dicha solicitud presentada con Escrito de Registro Nº 039619 del 11 de MORDAZA de 2007, se considere automaticamente aprobada en los terminos solicitados a partir del 19 de MORDAZA de 2009; Que, sin perjuicio de lo senalado en el considerando precedente y en merito de lo estipulado en el numeral 3) del articulo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, se ha verificado que la empresa RADIO BETHEL MORDAZA S.A.C., cumple con lo establecido en el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, el cual dispone que para que proceda la transferencia de una autorizacion, debe haber transcurrido por lo menos dos (2) anos contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de la autorizacion y que la adquiriente no se encuentre incursa en alguna de las causales establecidas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television. En ese sentido, la transferencia de autorizacion realizada por la empresa RADIO BETHEL MORDAZA S.A.C. a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, no se encuentra incursa en causal que amerite declarar la nulidad de la resolucion ficta que aprobo la citada transferencia; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 2481-2009MTC/28, opina que si bien opero el silencio administrativo positivo con lo cual se da por aprobada la transferencia de autorizacion formulada por la empresa RADIO BETHEL MORDAZA S.A.C. a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, debe procederse a expedir la Resolucion Viceministerial que asi lo declare y reconozca a esta MORDAZA, como nueva titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 420-2000-MTC/15.03 para prestar el servicio de radiodifusion sonora en OCI, ubicada en la localidad de Apurimac-Arequipa-Ayacucho-CuscoMadre de Dios-Moquegua-Puno-Tacna, departamento de Arequipa; asi como del permiso, licencia y autorizacion para la utilizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion relacionados y de los derechos y obligaciones derivadas de la misma; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, la Ley del Silencio Administrativo Positivo ­ Ley Nº 29060, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC-01; y el

Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado con Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 19 de MORDAZA de 2009, por aplicacion del silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 420-2000-MTC/15.03 del 02 de noviembre de 2000, a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, que le fueran otorgadas a la empresa RADIO BETHEL MORDAZA S.A.C. Articulo 2º.- Reconocer a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 420-2000-MTC/15.03 del 02 de noviembre de 2000, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma. Articulo 3º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extenderle la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 447850-1

Otorgan a Radiodifusora V.J.C. Stereo Plus E.I.R.L. autorizacion para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en FM, en la localidad de Tarapoto - Lamas, departamento de San MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 664-2009-MTC/03 MORDAZA, 29 de diciembre de 2009 VISTO, el Expediente Nº 2003-014401 presentado por la empresa RADIODIFUSORA V.J.C. STEREO PLUS E.I.R.L., mediante el cual, solicita inspeccion tecnica a fin de que se le otorgue autorizacion por diez (10) anos para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martin; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 629-97-MTC/15.19 del 03 de diciembre de 1997, se concedio a la empresa RADIODIFUSORA V.J.C. STEREO PLUS E.I.R.L., el plazo de doce (12) meses, que se computo a partir del dia siguiente de notificada o publicada dicha Resolucion, para que proceda a instalar y operar en periodo de prueba la estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martin. Cabe indicar que la citada resolucion fue publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 08 de diciembre de 1997; Que, mediante Expediente Nº 2003-014401, la referida empresa solicito la inspeccion tecnica de su estacion de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) ubicada en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San MORDAZA, a fin que se le otorgue la respectiva autorizacion por diez (10) anos; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-

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