Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2010 (21/01/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

411551

refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 448737-14 RESOLUCION SUPREMA Nº 020-2010-JUS MORDAZA, 20 de enero de 2010 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 005-2010/ COE-TC del 8 de enero de 2010, sobre la solicitud de extradicion activa al Reino de Espana del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el MORDAZA Primer Juzgado Penal de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO Que, por Resolucion Consultiva de fecha 29 de diciembre de 2009, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision del Delito contra la Fe Publica - Falsificacion de Documentos, en agravio del Estado Peruano (Expediente Nº 104-2009); Que, mediante el Informe Nº 005-2010/COE-TC del 8 de enero de 2010, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 2 del articulo 515º del Codigo Procesal Penal, promulgado por Decreto Legislativo Nº 957, ante una resolucion consultiva favorable el Gobierno puede decidir lo que considere conveniente; Estando a lo dispuesto por el numeral 1) del articulo 514º del Codigo Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, el inciso 5) del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y el literal "a" del articulo 28º del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Denegar el pedido de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado por el MORDAZA Primer Juzgado Penal de Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por los Ministros de Justicia y de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO Ministro de Justicia MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 448737-15

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a ex Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 026-2010-MIMDES MORDAZA, 14 de enero de 2010 Visto el Informe Nº 001-2010-CEPPAD/RM. 2752009-MIMDES de la Comision Especial Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES; CONSIDERANDO: Que, mediante Comunicacion Interna Nº 034-2008SBA-OCI del 5 de febrero de 2008, el Organo de Control Institucional de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA remitio a la Presidencia de la referida entidad benefica el Informe Reformulado Nº 009-2007-2-0483 "Examen Especial a la Presidencia y Gerencia General del 01.01.2004 al 31.12.2005, con ampliacion a la fecha de trabajo de campo"; Que, el citado Informe del Organo de Control Institucional contiene, entre otras, dos (2) Observaciones: (i) la ocupacion irregular de una oficina del edificio ubicado en el Jr. MORDAZA Torrico de la MORDAZA de MORDAZA, por el hijo del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex-Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, y (ii) el ex-Presidente de la Institucion, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tuvo asignado un celular RPM, el cual perdio y no repuso, siendo su valor S/. 411.36 (Cuatrocientos once con 36/100 nuevos soles); Que, mediante Oficio Nº 285-2008/INABIF.DE del 28 de febrero de 2008, la Direccion Ejecutiva del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF remitio a la Secretaria General el Informe Reformulado Nº 009-2007-2-0483 del Organo de Control Institucional; Que, mediante Nota Nº 030-2008-MIMDES/SG del 14 de marzo de 2008, la Secretaria General remitio al Despacho Viceministerial de Desarrollo Social el Informe Reformulado MORDAZA citado, recomendando se adoptasen las acciones correspondientes; Que, mediante Nota Nº 010-2009-MIMDES-DVMDS del 22 de enero de 2009, el Despacho Viceministerial de Desarrollo Social puso en conocimiento del Despacho Ministerial el caso de autos; Que, a tenor de lo dispuesto en la Resolucion Ministerial Nº 442-2007-MIMDES, modificada por Resolucion Ministerial Nº 275-2009-MIMDES, es competencia de la Comision Especial Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social evaluar y calificar las supuestas responsabilidades administrativas de los Presidentes y ex-Presidentes de Directorio de las Sociedades de Beneficencia Publica a nivel nacional, recomendando a la Titular del Sector si corresponde o no instaurar MORDAZA disciplinario en contra de dichos funcionarios; Que, la citada Comision Especial Permanente ha elaborado el Informe Nº 001-2010-CEPPAD/RM.2752009-MIMDES, relacionado con la determinacion de la responsabilidad administrativa del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex-Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Arequipa; Que, segun el Informe Nº 001-2010-CEPPAD/ RM.275-2009-MIMDES, el despliegue de la actividad estatal requiere de un patrimonio propio que le permita el cumplimiento de sus fines, siendo el dominio publico una tecnica juridica mediante la cual se afectan a una finalidad publica determinada ya sea el uso o el servicio publico de ciertos bienes de titularidad publica, dotandolos de un regimen juridico de proteccion y utilizacion de Derecho Administrativo; mientras que la nocion de patrimonio estatal se distingue de la idea civilista de patrimonio,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.