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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de enero de 2010 411570 marco de la Ley de Contrataciones del Estado, incluida órdenes de compra y servicios. f) Suscribir contratos complementarios a las contrataciones derivadas de los procesos de selección. g) Resolver los contratos derivados de los diferentes procesos ejecutados por la institución en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado. h) Designar a los integrantes de los Comités de Recepción de Obra, mediante Resolución Directoral. i) Designar a los miembros integrantes de los Comités Especiales, Comités Especiales Permanentes y Comités Especiales Ad Hoc. j) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por Ley. k) Autorizar la reducción de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el máximo permitido por Ley. l) Resolver las solicitudes de ampliación del plazo contractual. m) Aprobar la Resolución de los contratos por caso fortuito o fuerza mayor, así como el incumplimiento de los mismos cuando sea imputable al contratista. 1.2 Facultades que se ejercen de conformidad con los dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276-Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, para lo siguiente: a) Conducir los procesos de selección para la contratación de personal, sujeto al régimen de la carrera administrativa pública y al régimen especial de contratación administrativa de servicios. b) Suscribir, ampliar y prorrogar los contratos que se celebren al amparo del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento. c) Suscribir Convenios de Práctica de acuerdo con la respectiva Directiva. d) Término de servicios: aceptación de renuncia, excepto cargos de confi anza, cese por fallecimiento, cese defi nitivo por límite de edad, rescisión o resolución de contrato de personal. e) Reconocimiento de derechos, beneficios, bonificaciones, remuneraciones, obligaciones sociales, deberes, bienestar e incentivos de los trabajadores. f) Desplazamiento de personal: asignación, rotación, reasignación, destaque, permuta, encargo, comisión de servicios y transferencia. g) Ascenso, promoción y reingreso. h) Autorizar la constitución del Comité Electoral para la elección de los representantes de los trabajadores ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos. i) Aprobar y modifi car el horario laboral o jornada de prestación de servicios. j) Aprobar el Programa Anual de vacaciones y del descanso físico con derecho a contraprestación. k) Aprobar licencias y/o permisos de personal. l) Aprobar el descanso pre y post natal. m) Aprobar las solicitudes de suspensión de las obligaciones con y sin prestación del personal contratado al amparo del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento. n) Aprobar el programa de bienestar social y desarrollo humano dirigido al personal del Instituto Nacional de Salud. o) Aprobar la incorporación paulatina al Cuadro de Asignación de Personal y/o Presupuesto Analítico del Personal, de acuerdo a la normatividad vigente. 1.3 Facultades que se ejercen de acuerdo a la Ley Nº 29151- Ley General del Sistema nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, que tienen por objeto, entre otros aspectos, regular los actos de administración, disposición, adquisición, registro y supervisión de los bienes nacionales.” Artículo 2°.- La desconcentración de la titularidad y el ejercicio de la competencia a que se refi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Ofi cina de Asesoría Jurídica para que efectue la gestión que corresponda a fi n que la presente Resolución sea publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4°.- NOTIFICAR la presente Resolución a los órganos competentes de la entidad para los fi nes pertinentes. Artículo 5º.- DISPONER que la presente Resolución se publique en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Salud. Artículo 6º.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a lo establecido en la presente resolución. Artículo 7º .- DISPONER que la Ofi cina General de Administración informe mensualmente al Titular de la Entidad sobre las acciones ejecutadas en concordancia con la desconcentración aprobada por la presente Resolución, a fi n de cumplir con el ejercicio de control posterior establecido en el numeral 74.2 del artículo 74º de la Ley Nº 27444. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Jefe 448560-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban Procedimiento General INA- PG.17-Destrucción de Mercancías - Versión 02 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 021-2010/SUNAT/A Callao, 19 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.° 000411-2006/SUNAT/ A se aprobó el “PROCEDIMIENTO GENERAL DE DESTRUCCIÓN DE MERCANCÍAS” – INA.PG.17 - Versión 01; Que la Ley General de Aduanas, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1053, entró en vigor parcialmente el 17 de marzo de 2009, al entrar en vigencia su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 010-2009-EF; Que la Primera Disposición Complementaria Final del citado Reglamento establece que la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT aprobará los procedimientos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicación de la Ley General de Aduanas y su Reglamento; Que en tal sentido, es necesario aprobar una nueva versión del “PROCEDIMIENTO GENERAL