Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2010 (21/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de enero de 2010

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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realicen labores propias de su actividad o que MORDAZA de propiedad de: a) El Cuerpo General de Bomberos del Peru. b) La Policia Nacional del Peru y Fuerzas Armadas. c) Ambulancias en general. d) Vehiculos oficiales del Gobierno Nacional, Regional o Local en comision de servicio. e) Vehiculos estacionados en zonas reservadas para su categoria o actividad publica, segun autorizacion municipal. f) Vecinos directos afectos por la MORDAZA de estacionamiento ubicado en zonas comerciales y recreacionales de alta circulacion vehicular, debidamente identificados y empadronados. Articulo 12º: ESTRUCTURA DE COSTOS Y ESTIMACION DE INGRESOS Forma parte integrante de la presente Ordenanza los MORDAZA que sustentan la estructura de costo (Anexo 1) y la estimacion de ingresos del servicio de estacionamiento vehicular (Anexo 2). Articulo 13º: EJECUCION Se encarga a la Gerencia de Servicios Generales y a la Gerencia de Administracion Tributaria, la administracion y supervision del servicio de estacionamiento vehicular. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera: Facultar al Despacho de Alcaldia a fin que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda: Derogar la Ordenanza Nº 023-2007/MDCA y toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Tercera: Solicitar a la Policia Nacional del Peru que brinde la seguridad y garantias al personal que haga cumplir la presente Ordenanza. Cuarta: En todo lo no estipulado por la presente Ordenanza seran de aplicacion los lineamientos senalados en la Ordenanza Nº 029-2007/MPC expedida por la Municipalidad Provincial de Canete. Quinta: La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo de ratificacion de la Municipalidad Provincial de Canete, de acuerdo a Ley. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA RASPA DE PAIN Alcaldesa 447726-1

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Literal d) del Art. 68° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; las Municipalidades se encuentran facultadas para imponer las tasas por estacionamiento de vehiculos; Que, mediante Ordenanza N° 015-2008-MDCA, de 24 de Octubre de 2008, ratificada mediante Acuerdo de Concejo N° 090-2008-MPC, del 04 de Diciembre de 2008, de la Municipalidad Provincial de Canete, se establecio en la Jurisdiccion del Distrito de Cerro MORDAZA, el tributo denominado tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal por la prestacion efectiva del servicio de estacionamiento que brindara la Municipalidad en zonas de Parqueo determinadas y habilitadas para dicho fin; Que, la Gerencia de Administracion tributaria, mediante Informe Nº 063-2009/MDCA/GAT de fecha 11 de Noviembre, opina en el sentido que debe prorrogarse la vigencia de dicha Ordenanza, en vista que se mantienen las mismas condiciones para la prestacion efectiva del servicio. De conformidad con los articulos 9º, 20º y 40º de la Ley Nº 27972- Organica de Municipalidades, D.S. Nº 13599-EF-TUO del Codigo Tributario, Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, el Concejo por unanimidad y con dispensa del tramite de la aprobacion del acta, aprobo la siguiente; ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA N° 015-2008/MDCA, QUE APROBO LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN EL DISTRITO Articulo Primero.- PRORROGASE durante el ano 2010 la vigencia de la Ordenanza N° 015-2008-MDCA que establecio el tributo denominado Tasa por estacionamiento vehicular temporal por la prestacion efectiva del servicio de estacionamiento en las zonas de parqueo especificadas en dicha Ordenanza. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administracion Tributaria y a la Gerencia de Servicios Generales el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Oficina de Imagen institucional, su difusion. Articulo Tercero.- Facultar a la senora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldia reglamente y dicte medidas complementarias para dar cumplimiento a los alcances de la presente Ordenanza, asi como para la prorroga de la misma. Articulo Cuarto.- Remitir la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincial de Canete para los fines de Ley. Registrarse, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA RASPA MORDAZA DE PAIN Alcaldesa 447726-2

Prorrogan durante el ano 2010 la vigencia de la Ordenanza Nº 0152008/MDCA, que aprobo la tasa de estacionamiento vehicular en el distrito
ORDENANZA Nº 020-2009/MDCA Cerro MORDAZA, 26 de noviembre del 2009 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO MORDAZA POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza sobre la Prorroga de Vigencia de la Ordenanza N° 015-2008/MDCA, de fecha 24 de Octubre del 2008 que establecio la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la jurisdiccion del Distrito de Cerro Azul.

CONVENIOS INTERNACIONALES
Entrada en vigencia del Convenio sobre Cooperacion en el MORDAZA de la Defensa con la Republica de MORDAZA
Entrada en vigencia del "Convenio entre la Republica de MORDAZA y la Republica del Peru sobre Cooperacion en el MORDAZA de la Defensa", suscrito el 14 de MORDAZA de 2008, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, aprobado mediante Resolucion Legislativa Nº 29481 de 15 de diciembre de 2009, publicada el 18 de diciembre de 2009 y ratificado por Decreto Supremo Nº 001-2010-RE de fecha 6 de enero de 2010, publicado el 7 de enero de 2010. Entrara en vigencia el 11 de febrero de 2010. 448735-1

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