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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2010 (21/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 91

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de enero de 2010 411613 realicen labores propias de su actividad o que sean de propiedad de: a) El Cuerpo General de Bomberos del Perú. b) La Policía Nacional del Perú y Fuerzas Armadas. c) Ambulancias en general. d) Vehículos ofi ciales del Gobierno Nacional, Regional o Local en comisión de servicio. e) Vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad pública, según autorización municipal. f) Vecinos directos afectos por la zona de estacionamiento ubicado en zonas comerciales y recreacionales de alta circulación vehicular, debidamente identifi cados y empadronados. Artículo 12º: ESTRUCTURA DE COSTOS Y ESTIMACIÓN DE INGRESOS Forma parte integrante de la presente Ordenanza los cuadros que sustentan la estructura de costo (Anexo 1) y la estimación de ingresos del servicio de estacionamiento vehicular (Anexo 2). Artículo 13º: EJECUCIÓN Se encarga a la Gerencia de Servicios Generales y a la Gerencia de Administración Tributaria, la administración y supervisión del servicio de estacionamiento vehicular. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera: Facultar al Despacho de Alcaldía a fi n que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones reglamentarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda: Derogar la Ordenanza Nº 023-2007/MDCA y toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. Tercera: Solicitar a la Policía Nacional del Perú que brinde la seguridad y garantías al personal que haga cumplir la presente Ordenanza. Cuarta: En todo lo no estipulado por la presente Ordenanza serán de aplicación los lineamientos señalados en la Ordenanza Nº 029-2007/MPC expedida por la Municipalidad Provincial de Cañete. Quinta: La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo de ratifi cación de la Municipalidad Provincial de Cañete, de acuerdo a Ley. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUANA RASPA DE PAIN Alcaldesa 447726-1 Prorrogan durante el año 2010 la vigencia de la Ordenanza Nº 015- 2008/MDCA, que aprobó la tasa de estacionamiento vehicular en el distrito ORDENANZA Nº 020-2009/MDCA Cerro Azul, 26 de noviembre del 2009 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL POR CUANTO: Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de Ordenanza sobre la Prórroga de Vigencia de la Ordenanza N° 015-2008/MDCA, de fecha 24 de Octubre del 2008 que estableció la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la jurisdicción del Distrito de Cerro Azul. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Literal d) del Art. 68° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; las Municipalidades se encuentran facultadas para imponer las tasas por estacionamiento de vehículos; Que, mediante Ordenanza N° 015-2008-MDCA, de 24 de Octubre de 2008, ratifi cada mediante Acuerdo de Concejo N° 090-2008-MPC, del 04 de Diciembre de 2008, de la Municipalidad Provincial de Cañete, se estableció en la Jurisdicción del Distrito de Cerro Azul, el tributo denominado tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal por la prestación efectiva del servicio de estacionamiento que brindará la Municipalidad en zonas de Parqueo determinadas y habilitadas para dicho fi n; Que, la Gerencia de Administración tributaria, mediante Informe Nº 063-2009/MDCA/GAT de fecha 11 de Noviembre, opina en el sentido que debe prorrogarse la vigencia de dicha Ordenanza, en vista que se mantienen las mismas condiciones para la prestación efectiva del servicio. De conformidad con los artículos 9º, 20º y 40º de la Ley Nº 27972- Orgánica de Municipalidades, D.S. Nº 135- 99-EF-TUO del Código Tributario, Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal, el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de la aprobación del acta, aprobó la siguiente; ORDENANZA QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA N° 015-2008/MDCA, QUE APROBÓ LA TASA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN EL DISTRITO Artículo Primero.- PRORROGASE durante el año 2010 la vigencia de la Ordenanza N° 015-2008-MDCA que estableció el tributo denominado Tasa por estacionamiento vehicular temporal por la prestación efectiva del servicio de estacionamiento en las zonas de parqueo especifi cadas en dicha Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Gerencia de Servicios Generales el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Ofi cina de Imagen institucional, su difusión. Artículo Tercero.- Facultar a la señora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente y dicte medidas complementarias para dar cumplimiento a los alcances de la presente Ordenanza, así como para la prórroga de la misma. Artículo Cuarto.- Remitir la presente Ordenanza a la Municipalidad Provincial de Cañete para los fi nes de Ley. Registrarse, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUANA RASPA VDA. DE PAÍN Alcaldesa 447726-2 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del Convenio sobre Cooperación en el Campo de la Defensa con la República de Polonia Entrada en vigencia del “Convenio entre la República de Polonia y la República del Perú sobre Cooperación en el Campo de la Defensa”, suscrito el 14 de mayo de 2008, en la ciudad de Lima, República del Perú, aprobado mediante Resolución Legislativa Nº 29481 de 15 de diciembre de 2009, publicada el 18 de diciembre de 2009 y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 001-2010-RE de fecha 6 de enero de 2010, publicado el 7 de enero de 2010. Entrará en vigencia el 11 de febrero de 2010. 448735-1