Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2010 (21/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 21 de enero de 2010

expresarlo asi en la parte considerativa de la respectiva resolucion. TITULO VIII FIN DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Articulo 55°.- EXTINCION DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS. Las sanciones administrativas se extinguen: a) Por muerte del infractor, para lo cual se debe proceder conforme al articulo 6 del presente reglamento. b) Por el pago de la multa administrativa, sin perjuicio del cumplimiento de la(s) medida(s) complementaria(s) correspondiente(s). c) Por condonacion establecida a favor de una generalidad de infractores mediante Ordenanza Municipal. d) Por Ordenanza o Decreto de Alcaldia que disponga el quiebre de multas administrativas de cobranza dudosa y/o recuperacion onerosa. e) Cuando el recurso administrativo se declara fundado. f) Por prescripcion. Articulo 56°.- PRESCRIPCION. La prescripcion de la sancion se regulara de acuerdo a lo establecido en el articulo 233° de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1029. La Gerencia o Sub Gerencia competente, resolvera los casos de prescripcion mediante la Resolucion administrativa respectiva. La prescripcion no opera de oficio. Esta podra ser solicitada en cualquier etapa del procedimiento. Articulo 57°.- CONDONACION. La condonacion debera ser otorgada mediante Ordenanza Municipal, la misma que sera dictada con caracter general y teniendo en consideracion criterios sociales y economicos, relacionados con el bienestar o desarrollo de la comunidad. TITULO IX CUADRO DE MULTAS POR INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS Articulo 58°.- CUADRO DE MULTAS POR INFRACCIONES ADMINISTRATIVAS. Mediante la presente Ordenanza se aprueba el Cuadro de Multas por infracciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, el mismo que como Anexo I, forma parte integrante de la misma. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al Senor MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia expida las normas reglamentarias que fueran necesarias para la aplicacion del presente Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones. Segunda.- Deroguese la Ordenanza Municipal Nº 0132008/MDV asi como todas aquellas disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Tercera.- Respecto a algun vacio legal que se pueda advertir en el presente Reglamento, sera de aplicacion lo establecido en la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y otras normas pertinentes. Cuarta.- Los procedimientos sancionadores iniciados MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, se regiran por la normatividad anterior hasta su conclusion, no obstante son aplicables a los procedimientos en tramite, las disposiciones generales del presente Reglamento contenidas en el Titulo I. Quinta.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a las unidades organicas competentes de la Municipalidad Distrital de Ventanilla. Sexta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

Setima.- ENCARGAR a la Secretaria General, disponga la publicacion de la presente Ordenanza y su anexo, en la pagina web de la Corporacion MORDAZA, cuya direccion electronica es: www.muniventanilla.gob.pe. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 447668-2

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Ratifican Ordenanza Nº 015-2008/ MDCA que establecio la tasa por estacionamiento vehicular temporal para el ano 2009
ACUERDO DE CONCEJO Nº 090-2008-MPC (Se publica el Acuerdo de Concejo de la referencia a solicitud de la Municipalidad Provincial de Canete, mediante Oficio Nº 025-2010-SG-MPC, recibido el 20 de enero de 2010) Canete, 4 de diciembre de 2008 Visto: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 03 de diciembre de 2008, el Oficio Nº 238-2008/MDCA de fecha 28 de octubre de 2008, de la Municipalidad Distrital de Cerro MORDAZA, solicitando la ratificacion de su Ordenanza Municipal Nº 015-2008/MDCA, que aprueba la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en dicha jurisdiccion para el ejercicio fiscal 2009; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al articulo 194º Capitulo XIV del Titulo IV de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades Provinciales y distritales son los organos de gobierno local, que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencial: Que, a traves del Oficio Nº 238-2008/MDCA, la Municipalidad Distrital de Cerro MORDAZA, solicita la ratificacion de la Ordenanza Nº 015-2008/MDCA de fecha 24 de octubre de 2008, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el Distrito de Cerro MORDAZA para el ano 2009; Que, mediante Ordenanza Nº 029-2007-MPC de fecha 07 de diciembre de 2007, se aprueba la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de Canete, que sirve de MORDAZA directriz sobre la materia para las municipalidades distritales de nuestra provincia; Que, el pedido de la Municipalidad Distrital de Cerro MORDAZA cuenta con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 680-2008-ASLEG-MPC, de fecha 21 de noviembre de 2008, asi como el Dictamen favorable de la Comision de Servicios Publicos, el que se eleva al Pleno del Concejo para su determinacion; Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime y, con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; SE ACORDO: Articulo 1º.- Ratificar la Ordenanza Nº 015-2008/ MDCA de fecha 24 de octubre de 2008, de la Municipalidad Distrital de Cerro MORDAZA, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en dicha jurisdiccion para el ano 2009.

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