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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2010 (21/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 89

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 21 de enero de 2010 411611 Artículo 2º.- Comunicar a la Municipalidad Distrital de Cerro Azul el presente acuerdo y, a las áreas orgánicas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JAVIER J. ALVARADO GONZÁLEZ DEL VALLE Alcalde 448288-1 Ratifican Ordenanzas Nºs. 019 y 020- 2009/MDCA referidas a los arbitrios y a la tasa de estacionamiento vehicular ACUERDO DE CONCEJO Nº 084-2009-MPC Cañete, 21 de diciembre de 2009 Visto: En Sesión Ordinaria de concejo, de fecha 18 de diciembre de 2009, la Carta Nº 095-2009/SG/ MDCA de fecha 11 de diciembre de 2009, a través del cual la Municipalidad Distrital de Cerro Azul, pone en conocimiento prórroga de Ordenanzas que establecieron arbitrios y tasa de estacionamiento vehicular en ejercicios fi scales anteriores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al artículo 194º Capítulo XIV del Título IV de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia: Que, de acuerdo al tercer párrafo del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 “Las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia”; Que, en el caso específi co de tasas por servicios públicos o arbitrios, el artículo 69º de la Ley de Tributación Municipal establece que éstas deben calcularse dentro del último trimestre de cada ejercicio fi scal anterior al de su aplicación en función del costo efectivo del servicio a prestar; Que, por su parte, el artículo 69-A de la Ley de Tributación Municipal establece que las Ordenanzas que aprueban el monto de las tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio según el número de contribuyentes de la localidad benefi ciada, así como los criterios que justifi quen incrementos de ser el caso, deberán ser publicadas a mas tardar el 31 de diciembre del ejercicio fi scal anterior al de su aplicación; Que, según lo establecido en el artículo 69-B de la Ley de Tributación Municipal, las Municipalidades que no cumplan con lo establecido en el artículo 69-A de la misma Ley en el plazo establecido por dicha norma, sólo podrán determinar el importe de las Tasas por arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios públicos o arbitrios al 1º de enero del año fi scal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor, vigente en la Capital del Departamento o en la Provincia Constitucional del Callao, correspondiente a dicho ejercicio fi scal; Que, revisada la Ordenanza Nº 019-2009/MDCA de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul se aprecia que a través de ella se ordena restablecer la vigencia de la Ordenanza Nº 022-2207/MDCA de fecha 9 de noviembre del año 2007 que aprobó el monto de las tasas de arbitrios del ejercicio fi scal 2008, a fi n de que sean aplicadas durante el ejercicio fi scal 2010, lo cual guarda conformidad con las normas antes citadas; Que, si bien la Ordenanza 022-2007/MDCA fue ratifi cada anteriormente por parte de la Municipalidad Provincial de Cañete a fi n de que pueda tener vigencia, debe tenerse en cuenta que la Ordenanza Nº 019- 2009/MDCA es otra, e indudablemente contiene materia tributaria, toda vez que establece, aunque sea de manera indirecta, el monto de las tasas de arbitrios a cobrarse en el ejercicio fi scal 2010; encontrándose por tanto, sujeta al procedimiento de ratifi cación previsto en el artículo 40º de la Ley 27972; Que, lo mencionado anteriormente es igualmente aplicable a la Ordenanza Nº 020-2009/MDCA, la cual, al normar materia tributaria se encuentra dentro del supuesto de hecho de la norma del artículo 40º de la Ley Nº 27972, debiendo ser ratifi cada por la Municipalidad Provincial para su vigencia; Que, mediante Informe Nº 1046-2009-AS-LEG-MPC, el Asesor Legal opina procedente la ratifi cación por parte del Pleno de las Ordenanzas Nº 019-2009/MDCA y Nº 020-2009/ MDCA en razón de que ambas contienen materia tributaria: Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime y, con la dispensa del trámite de aprobación del acta; SE ACORDÓ: Artículo 1º.- Ratifi car las Ordenanzas Nº 019-2009/ MDCA y Nº 020-2009/MDCA de la Municipalidad distrital de Cerro Azul, de acuerdo a los considerandos del presente. Artículo 2º.- Remítase una copia del presente a la Municipalidad Distrital de Cerro Azul para los fi nes consiguientes del caso. REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE. JAVIER J. ALVARADO GONZÁLES DEL VALLE Alcalde 448288-2 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL Establecen la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de Cerro Azul para el año 2009 (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul mediante Carta Nº 002-2010/MDCA, recibida el 20 de enero de 2010). ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015 -2008-MDCA Cerro Azul, 24 de octubre de 2008 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO AZUL VISTO: El informe Nº 101-2008-GAT/MDCA expedido por la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Nº 0344 y 530 - 2008-GSG-MDCA expedido por la Gerencia de Servicios Generales, Informe Nº 212-2008-PP-MDCA expedido por la Gerencia de Presupuesto y Planeamiento e Informe Nº 041-2008-OAJ/MDCA expedido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, señala que las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el artículo 60º del Texto único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal establece la potestad municipal