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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 31 de enero de 2010 412491 RELACIONES EXTERIORES Autorizan la realización de la Décimo Novena Expedición Científica del Perú a la Antártida (ANTAR XIX) RESOLUCIÓN SUPREMA N° 025-2010-RE Lima, 30 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1688-2009- RE, de 17 de diciembre de 2009, se autorizó la realización de la Décimo Novena Expedición Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XIX), habiéndose previsto originalmente su despliegue a partir del día 26 de diciembre de 2009. Que, por razones de fuerza mayor que afectaron aspectos operativos de la Expedición ANTAR XIX, ésta ha sido diferida para fecha próxima, del 04 de febrero hasta el 09 de marzo de 2010, con modifi caciones en su cronograma de operaciones y el personal expedicionario, ejecutándose con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores para el Año Fiscal 2010; Que, de acuerdo a lo indicado en los considerandos precedentes, es necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 1688-2009-RE; Que, conforme al Plan Operativo Anual y Plan de Viajes al Exterior 2010 del Ministerio de Relaciones Exteriores, se tiene previsto realizar la Décimo Novena Expedición Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XIX), en la cual se realizarán actividades científi cas así como las labores de mantenimiento, conservación, servicio a los equipos de la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP); Que, el despliegue y repliegue de los expedicionarios del ANTAR XIX se realizará por vía aérea, con escalas en las ciudades de Santiago y Punta Arenas, República de Chile, con destino a la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP) en la Isla Rey Jorge, Antártida y viceversa; Que, como parte de las actividades previas a la realización del ANTAR XIX, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha suscrito convenios de cooperación interinstitucional con las siguientes entidades: Ministerio de Defensa, a través de la Compañía de Operaciones Antárticas del Ejército (COA), perteneciente al Servicio de Ingeniería del Ejército; Ministerio de Salud (MINSA) a través de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA); y la Universidad Científi ca del Sur (UCSUR); Que, la Décimo Novena Expedición Científi ca del Perú a la Antártida, ANTAR XIX constituye una comisión de servicios, respecto de la cual se deben otorgar los viáticos correspondientes en el marco de la normatividad aplicable; esto es US$ 200.00 por día. Sin embargo, en el caso específi co, resulta materialmente imposible que dicho monto pudiera ser destinado para cubrir el alojamiento, movilidad y alimentación, ya que debido a las extremas condiciones existentes en la Antártida, la cobertura de dichos rubros deberá ceñirse estrictamente a lo existente en el referido continente, restringiéndose así la discrecionalidad del expedicionario respecto al uso de los viáticos que le corresponde por comisión de servicios; Que, a partir de la situación descrita en el considerando anterior, se estima procedente otorgar viáticos a los expedicionarios durante su permanencia en la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP), aunque por un monto menor al correspondiente al 30% del total de viáticos por día, lo cual permitirá a los expedicionarios cubrir otras necesidades, dentro de los conceptos de viáticos y comisión de servicios, que se presenten durante la realización de la Décimo Novena Expedición Científi ca del Perú a la Antártida, ANTAR XIX, propiciando de ese modo una óptima ejecución de los recursos asignados; Teniendo en cuenta el Memorándum de la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos Nº IAP0016/2010, de 22 de enero de 2010 y el Memorándum de la Dirección de Finanzas Nº FIN0044/2010, de 25 de enero de 2010, que certifi ca la disponibilidad presupuestal del presente viaje; Estando a lo expuesto y contando con la conformidad de la Asesoría del Despacho Ministerial en Asuntos Antárticos, de la Dirección General de Administración, de la Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos, de la Dirección General de Asuntos Legales, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el D.S. Nº 016-2002-RE que establece la Política Nacional Antártica, la Ley N° 27619, su modifi catoria la Ley Nº 28807, su Reglamento, aprobado mediante D.S. N° 047-2002-PCM; su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto Público para el Año Fiscal 2010; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, que precisa el rango normativo de las autorizaciones de viaje; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 1688-2009-RE, de 17 de diciembre de 2009. Artículo 2º.- Autorizar la realización de la Décimo Novena Expedición Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XIX), que se desarrollará a partir del día 04 de febrero del 2010 y culminará el día 09 de marzo del 2010. Artículo 3º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios especiales, a los expedicionarios integrantes de la Décimo Novena Expedición Científi ca del Perú a la Antártida (ANTAR XIX) a partir del 04 de febrero de 2010, para que se trasladen a la Estación Científi ca Antártica Machu Picchu (ECAMP), en la Isla Rey Jorge, Antártida, vía las ciudades de Santiago y Punta Arenas, República de Chile, desde donde se trasladarán a la citada Estación Científi ca, en la que permanecerán hasta el 09 de marzo de 2010, según la siguiente relación: MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.- • Mayor EP (r) Alberto Hugo Gonzáles de la Cruz, Jefe del Área Operaciones; • Biólogo Rogelio Rolando Villanueva Flores, Jefe del Área Científi ca; e, • Ingeniera Civil Patricia Irene Gagliuffi Flores, Coordinadora de Medio Ambiental y Monitoreo. OFICIALES DEL EJÉRCITO DEL PERÚ.- • Teniente Coronel EP Alejandro Venero Mortola; y, • Mayor EP Cid Chabriar Díaz Gamarra. TÉCNICOS DEL EJÉRCITO DEL PERÚ.- • TCO2 EP Dalmesio Farfán Acuña; • TCO3 EP Albino Rigoberto Milla Alegre; • SO1 EP Richard Pedro Velazque Bengolea; • SO1 EP Juan Francisco Merino Navarro; • SO1 EP Angel Giovanni Causso Rivera; • SO2 EP Carlos Augusto Rivas Nima; • EC SAA Demetrio López Castañeda; • EC SAA Genaro Telésforo Toledo Rodríguez; y, • EC SAA Tiburcio Susano Quispe Alata CIENTÍFICOS.- DE LA UNIVERSIDAD CIENTÍFICA DEL SUR (UCSUR).- • Biólogo Aldo Gonzalo Indacochea Mejía; • Biólogo Percy Gallegos Alejos; y, • Biólogo Alex Moisés Gamarra Salazar. DEL MINISTERIO DE SALUD (DIGESA).- • Biólogo Rafael Alfredo Huapaya Porras; y, • Ingeniero Químico Leopoldo Zenón Goetendia Lacma. Artículo 4º.- Los gastos por concepto de viáticos y tarifa de uso de aeropuerto que irrogue la permanencia de los miembros de la expedición en las ciudades de Santiago y Punta Arenas, República de Chile, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 33896 – Realización Periódica de las Campañas Científi cas a la Antártida, debiéndose rendir cuenta en un plazo no mayor de quince (15) días