Norma Legal Oficial del día 09 de febrero del año 2010 (09/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 9 de febrero de 2010

Articulo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 455671-12 FE DE ERRATAS RESOLUCION SUPREMA Nº 044-2010-RE Mediante Oficio Nº 108-2010-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Suprema Nº 044-2010-RE, publicada en nuestra edicion del dia 6 de febrero de 2010. DICE: Articulo 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Federativa de Brasil al senor MORDAZA MORDAZA Ghibellini Harten". DEBE DECIR: "Articulo 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica Federativa de Brasil al senor MORDAZA Ghibellini Harten". DICE: "Articulo 3º.- La fecha en que el senor MORDAZA MORDAZA Ghibellini Harten asuma sus funciones sera fijada mediante resolucion ministerial." DEBE DECIR: "Articulo 3º.- La fecha en que el senor MORDAZA Ghibellini Harten asuma sus funciones sera fijada mediante resolucion ministerial." 455672-1

se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, asimismo el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo establece que las Entidades del Poder Ejecutivo estan al servicio de las personas y de la sociedad, optimizando la utilizacion de los recursos disponibles que procuran la innovacion, y el mejoramiento continuo y eliminando todo requisito o procedimiento innecesario, irracional o desproporcionado a sus fines, conforme a los principios de eficiencia y simplicidad, establecidos en los numerales 2) y 3) del mencionado articulo; Que, adicionalmente, por medio de los principios de inclusion y equidad, la gestion debe promover la incorporacion economica, social, politica y cultura de los grupos sociales excluidos vulnerables y de las personas con discapacidad asi como de igualdad en el acceso de oportunidades y beneficios que se derivan de la prestacion de los servicios publicos, de conformidad con lo establecido por el articulo III del Titulo Preliminar de la Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupcion; Estrategia 1.2 La Simplificacion Administrativa, que define como medida de desempeno la necesidad de establecer un programa en simplificacion administrativa en los tres niveles de gobierno para efectuar cambios o mejoras en los tramites mas frecuentes demandados por la ciudadania; Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo ha emprendido un MORDAZA de reforma en simplificacion administrativa con la finalidad de viabilizar la optimizacion y mejora continua de los procedimientos de mayor demanda ciudadana asi como de aquellos en los que se permita fomentar la inclusion de los grupos sociales excluidos y vulnerables y, que al mismo tiempo permitan integrarse al MORDAZA de modernizacion emprendido por el Estado Peruano que coadyuven a la lucha contra la corrupcion y a la reduccion de la pobreza; Que, en tal sentido resulta necesario constituir una Comision Sectorial que se encargue de elaborar y proponer al Despacho Ministerial las acciones referidas al MORDAZA de simplificacion administrativa emprendido por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Con la visacion de la Directora General (e) de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el literal d) del articulo 12º Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constituir la Comision Sectorial encargada de elaborar y proponer al Despacho Ministerial las acciones referidas al MORDAZA de simplificacion administrativa emprendido por el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, conforme a los objetivos previstos en la presente resolucion. Articulo 2º.- La Comision Sectorial estara conformada por: - Un representante del Despacho Ministerial, quien la presidira - Un representante del Viceministerio de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral - Un representante del Viceministerio de Trabajo - Un representante de la Oficina de Asesoria Juridica - Un representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA - Callao La unidad organica correspondiente en un plazo MORDAZA de dos (2) dias de aprobada la presente resolucion, cursara comunicacion a la Secretaria Tecnica de la Comision designando a su representante. Articulo 3º.- La citada Comision debera presentar al Despacho Ministerial lo siguiente: a) Plan de Trabajo en un plazo no mayor de cinco (5) dias habiles desde su instalacion. b) Informe Preliminar, a los sesenta (60) dias calendario de su instalacion, en los que se detallen los resultados del MORDAZA de estudio y evaluacion de las siguientes acciones:

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Constituyen Comision Sectorial encargada de elaborar y proponer al Despacho Ministerial las acciones referidas al MORDAZA de simplificacion administrativa emprendido por el Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 033-2010-TR MORDAZA, 5 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, declaro al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades y organizaciones, con la finalidad de mejorar la gestion publica y constituir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el articulo 4º de la referida MORDAZA establece que el MORDAZA de modernizacion en la gestion del Estado tiene como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que

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