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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (09/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 9 de febrero de 2010 413506 Artículo 4º.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 455671-12 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 044-2010-RE Mediante Ofi cio Nº 108-2010-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 044-2010-RE, publicada en nuestra edición del día 6 de febrero de 2010. DICE: Artículo 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federativa de Brasil al señor Ricardo Jorge Ghibellini Harten”. DEBE DECIR: “Artículo 1º.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Federativa de Brasil al señor Ricardo Ghibellini Harten”. DICE: “Artículo 3º.- La fecha en que el señor Ricardo Jorge Ghibellini Harten asuma sus funciones será fi jada mediante resolución ministerial.” DEBE DECIR: “Artículo 3º.- La fecha en que el señor Ricardo Ghibellini Harten asuma sus funciones será fi jada mediante resolución ministerial.” 455672-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Constituyen Comisión Sectorial encargada de elaborar y proponer al Despacho Ministerial las acciones referidas al proceso de simplificación administrativa emprendido por el Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 033-2010-TR Lima, 5 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, declaró al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades y organizaciones, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y constituir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, el artículo 4º de la referida norma establece que el proceso de modernización en la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, asimismo el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo establece que las Entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, optimizando la utilización de los recursos disponibles que procuran la innovación, y el mejoramiento continuo y eliminando todo requisito o procedimiento innecesario, irracional o desproporcionado a sus fi nes, conforme a los principios de efi ciencia y simplicidad, establecidos en los numerales 2) y 3) del mencionado artículo; Que, adicionalmente, por medio de los principios de inclusión y equidad, la gestión debe promover la incorporación económica, social, política y cultura de los grupos sociales excluidos vulnerables y de las personas con discapacidad así como de igualdad en el acceso de oportunidades y benefi cios que se derivan de la prestación de los servicios públicos, de conformidad con lo establecido por el artículo III del Título Preliminar de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción; Estrategia 1.2 La Simplifi cación Administrativa, que defi ne como medida de desempeño la necesidad de establecer un programa en simplifi cación administrativa en los tres niveles de gobierno para efectuar cambios o mejoras en los trámites más frecuentes demandados por la ciudadanía; Que, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha emprendido un proceso de reforma en simplifi cación administrativa con la fi nalidad de viabilizar la optimización y mejora continua de los procedimientos de mayor demanda ciudadana así como de aquellos en los que se permita fomentar la inclusión de los grupos sociales excluidos y vulnerables y, que al mismo tiempo permitan integrarse al proceso de modernización emprendido por el Estado Peruano que coadyuven a la lucha contra la corrupción y a la reducción de la pobreza; Que, en tal sentido resulta necesario constituir una Comisión Sectorial que se encargue de elaborar y proponer al Despacho Ministerial las acciones referidas al proceso de simplifi cación administrativa emprendido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con la visación de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el literal d) del artículo 12º Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir la Comisión Sectorial encargada de elaborar y proponer al Despacho Ministerial las acciones referidas al proceso de simplifi cación administrativa emprendido por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme a los objetivos previstos en la presente resolución. Artículo 2º.- La Comisión Sectorial estará conformada por: - Un representante del Despacho Ministerial, quien la presidirá - Un representante del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral - Un representante del Viceministerio de Trabajo - Un representante de la Ofi cina de Asesoría Jurídica - Un representante de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Lima - Callao La unidad orgánica correspondiente en un plazo máximo de dos (2) días de aprobada la presente resolución, cursará comunicación a la Secretaria Técnica de la Comisión designando a su representante. Artículo 3º.- La citada Comisión deberá presentar al Despacho Ministerial lo siguiente: a) Plan de Trabajo en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles desde su instalación. b) Informe Preliminar, a los sesenta (60) días calendario de su instalación, en los que se detallen los resultados del proceso de estudio y evaluación de las siguientes acciones: