Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2010 (14/02/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 14 de febrero de 2010

NORMAS LEGALES

413905

Aprueban fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al Ejercicio 2010
ORDENANZA N° 000139-2010-MDSJM
San MORDAZA de Miraflores, 09 de febrero del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: El Memorandum No. 209-2010-GM-MDSJM de la Gerencia Municipal, Informe N° 013-2010-GR-MDSJM de la Gerencia de Rentas, el Informe No. 149-2010-MDSJMGR-SGAT de la Sub Gerencia de Administracion Tributaria y el Informe N° 081-2010-MDSJM-GAJ, evacuado por la Gerencia de Asesoria Juridica en Sesion Extraordinaria de la fecha; y CONSIDERANDO: Que, el Articulo 8º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal y sus modificatorias establece que el Impuesto Predial es de periodicidad anual y grava el valor de los predios urbanos y rusticos; Que, el Articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal y sus modificatorias establece: El impuesto podra cancelarse de acuerdo a las siguientes alternativas: a) Al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano. b) En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota sera equivalente a un MORDAZA del impuesto total resultante y debera pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero. Las cuotas restantes seran pagadas hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variacion acumulada del Indice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), por el periodo comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago; Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la creacion, modificacion y supresion de sus Contribuciones, Arbitrios, Tasas, Licencia y Derechos Municipales, de conformidad con los Articulos 191º y 192º numerales 2) y 3) de la Constitucion Politica, concordantes con las Normas III y IV del Titulo Preliminar y el articulo 41º del Codigo Tributario; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, precisa que con Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran de los Arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limitres establecidos por ley, asimismo precisa que las Ordenanzas son normas de caracter general por medio de las cuales se regulan las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 7º de la Ordenanza N° 130-2009-MDSJM, que aprueba la Determinacion del Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales del ejercicio 2010, son de periocidad mensual y establece que el pago de los mismos se recaudara por periodos trimestrales y que vencen el ultimo dia habil de los meses de marzo, junio, setiembre y diciembre; Que, mediante Decreto Supremo N° 311-2009-EF se determino el Valor de la UIT para el periodo 2010 fijandose en Tres Mil Seiscientos Nuevos Soles (S/. 3,600.00); Que, resulta necesario establecer las fechas de vencimiento del Impuesto Predial, correspondiente al Ejercicio 2010; Estando a lo dispuesto por el Art. 90 num. 8), 38), 39) y 40) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, debatido en el Pleno de Concejo, y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, y con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores, se aprobo la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO DEL IMPUESTO PREDIAL, CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2010. Articulo Primero.- Establecer como fechas de vencimiento para el Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2010, los siguientes: PAGO AL CONTADO: 26 de Febrero de 2010. PAGO FRACCIONADO: 1era. Cuota: 26 de Febrero de 2010. 2da. Cuota: 31 de MORDAZA de 2010 3era. Cuota: 31 de Agosto de 2010. 4ta. Cuota:. 30 de Noviembre de 2010. Articulo Segundo.- Establecer como fechas de vencimiento para los Arbitrios Municipales de Recoleccion de Residuos Solidos, Parques y Jardines y Serenazgo determinados para el ejercicio 2010, los siguientes: 1era. Cuota: 31 de Marzo de 2010. 2da. Cuota: 30 de Junio de 2010. 3era. Cuota: 30 de Setiembre de 2010. 4ta. Cuota: 31 de Diciembre de 2010. Articulo Tercero.- La Gerencia de Administracion, Gerencia de Informatica y Estadistica y las que tienen competencia quedan obligadas en la Ejecucion y cumplimiento de la presente Ordenanza. DISPOSICION FINAL Unica.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones Complementarias para la adecuada aplicacion para la presente Ordenanza y para la prorroga de las fechas establecidas en el articulo segundo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

457750-1

Establecen Beneficio Tributario para el cumplimiento del pago de Arbitrios Municipales de los predios ubicados en el distrito cuyo uso sea educacional de los ejercicios 2007, 2008 y 2009
ORDENANZA N° 000140-2010-MDSJM
San MORDAZA de Miraflores, 09 de Febrero del 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO, en Sesion Extraordinaria del Concejo de la fecha, el Documento Simple, de fecha 11 de diciembre del 2009, presentado por la Asociacion de Promotores de Centros Educativos Privados de San MORDAZA de Miraflores, el Memorandum No. 1351-2009-GM/MDSJM de la Gerencia Municipal, el Informe No. 012-2010-GR-MDSJM de la Gerencia de Rentas, el Informe No. 919-2009-SGRT-GR/MDSJM, de la Subgerencia de Recaudacion Tributaria, y el Informe No. 076-2010-MDSJM/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre el Beneficio Tributario para el cumplimiento en el pago de Arbitrios Municipales de los predios cuyo sea Educacional que se encuentren ubicados dentro de la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Miraflores; y CONSIDERANDO: Que, los Articulos 74° y 192° de la Constitucion Politica del Estado, establece que las Municipalidades Provinciales

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.