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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 14 de febrero de 2010 413888 CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el diario Ofi cial “El Peruano” de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 8914-2009-CE-PJ, de fecha 26 de noviembre del 2009, remite para conocimiento y fines consiguientes, fotocopia certificada de la Resolución Administrativa Nº 343-2009-CE-PJ, de fecha 14 de octubre del 2009, que declara fundado el recurso de reconsideración interpuesto por la doctora Russy Elda Arizábal Calderón, Juez Titular del Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cerro de Pasco y Distrito Judicial de Pasco, en consecuencia, se declara fundada su solicitud de traslado por motivos de salud a una plaza vacante del mismo nivel en el Distrito Judicial de Lima; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Ofi cio Nº 1830-2009-P-CNM de fecha 3 de diciembre del 2009 solicitó al señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, tenga a bien informar la plaza exacta a que ha sido trasladada la mencionada magistrada, a fi n de expedirle el nuevo título correspondiente; Que, el señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima mediante Oficio Nº 3032-2009-P- CSJLI/PJ(CVM) de fecha 29 de diciembre del 2009, informa que la doctora Russy Elda Arizábal Calderón se le asignó el Noveno Juzgado de Paz Letrado de Lima, mediante Resolución Administrativa Nº 832- 2009-P-CSJL/PJ; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura por Resolución Nº 722-2005-CNM de fecha 5 de abril del 2005, nombró a la doctora Russy Elda Arizábal Calderón, Juez de Paz Letrado de Pasco, Distrito Judicial de Huánuco – Pasco, extendiéndosele el título ofi cial; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesión de fecha 28 de enero del 2010; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor de la doctora RUSSY ELDA ARIZÁBAL CALDERÓN, de Juez de Paz Letrado de Pasco, Distrito Judicial de Huánuco - Pasco. Segundo.- Expedir el título a favor de la doctora RUSSY ELDA ARIZÁBAL CALDERÓN, de Juez del Noveno Juzgado de Paz Letrado de Lima, Distrito Judicial de Lima. Tercero.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS A. MANSILLA GARDELLA Presidente Consejo Nacional de la Magistratura 457312-6 Disponen expedir título a favor de Juez del Vigésimo Tercer Juzgado Espcializado Penal de Lima RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA N° 038-2010-CNM Lima, 1 de febrero del 2010 VISTO: El Ofi cio Nº 8913-2009-CE-PJ, de fecha 26 de noviembre del 2009, remitido por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, por mandato constitucional el único organismo competente para extender el título de Juez o Fiscal que acredite a los magistrados en su condición de tales, es el Consejo Nacional de la Magistratura, conforme a lo previsto por el artículo 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, así como el único facultado para cancelar dichos títulos, en atención a lo dispuesto por el artículo 21º inciso d) de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, por Resolución Nº 238-2006-CNM publicado en el diario Ofi cial “El Peruano” de fecha 6 de agosto de 2006, se aprobó el Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, cuyo artículo 4° dispone los casos en los cuales el Consejo extiende el título ofi cial al Juez o Fiscal (conforme se argumenta en el punto 4 de la Exposición de Motivos), como son: a) Nombramiento, b) Reincorporación, c) Traslado, d) Permuta, y e) Modifi cación en la denominación de la plaza originaria; Que, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 8913-2009-CE-PJ, de fecha 26 de noviembre del 2009, remite para conocimiento y fi nes consiguientes, fotocopia certifi cada de la Resolución Administrativa Nº 342-2009-CE-PJ, de fecha 14 de octubre del 2009, que declara fundado el recurso de reconsideración interpuesto por el señor José Ramiro Chunga Purizaca, Juez Titular del Juzgado Especializado Penal de la Provincia y Distrito Judicial de Huancavelica, en consecuencia, se declara fundada la solicitud de traslado por motivos de salud a una plaza vacante del mismo nivel y especialidad en el Distrito Judicial de Lima; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura mediante Ofi cio Nº 1829-2009-P-CNM de fecha 3 de diciembre del 2009 solicitó al señor Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, tenga a bien informar la plaza exacta a que ha sido trasladado el mencionado magistrado, a fi n de expedirle el nuevo título correspondiente; Que, el señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima mediante Ofi cio Nº 3031-2009-P-CSJLI/ PJ(CVM) de fecha 29 de diciembre del 2009, informa que al doctor José Ramiro Chunga Purizaca se le asignó el Vigésimo Tercer Juzgado Penal de Lima, mediante Resolución Administrativa Nº 826-2009-P-CSJL/PJ; Que, el doctor José Ramiro Chunga Purizaca fue nombrado Juez del Juzgado de Instrucción de la Provincia de Huancavelica del Distrito Judicial de Huancavelica, mediante Resolución Suprema Nº 036-89-JUS, extendiéndosele el título ofi cial; Que, estando al acuerdo del Pleno del Consejo adoptado en sesión de fecha 28 de enero del 2010; y de conformidad con las facultades conferidas por los artículos 154º inciso 4 de la Constitución Política del Perú, 37º incisos e) y f) de la Ley Nº 26397 –Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-, y 4º del Reglamento de Expedición y Cancelación de Títulos de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura, aprobado por Resolución Nº 238-2006-CNM; SE RESUELVE: Primero.- Cancelar el título otorgado a favor del doctor JOSÉ RAMIRO CHUNGA PURIZACA, de Juez del Juzgado de Instrucción de la Provincia de Huancavelica del Distrito Judicial de Huancavelica. Segundo.- Expedir el título a favor del doctor JOSÉ RAMIRO CHUNGA PURIZACA, de Juez del Vigésimo Tercer Juzgado Especializado Penal de Lima, Distrito Judicial de Lima.