TEXTO PAGINA: 60
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 18 de febrero de 2010 414138 diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224- 2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, el administrado por expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma que le confi ere el Título Profesional de Licenciado en Educación, Especialidad Matemática e Informática, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 4º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia de denuncia policial; 3) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 4) Copia Certifi cada por la Secretaria General de la UNSAAC de la Resolución del Consejo Universitario que confi ere el Título Profesional de Licenciado en Educación, Especialidad Matemática e Informática; 5) Publicación en el Diario del Cusco, del aviso de la pérdida del diploma de Título Profesional; 6) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 7) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, a través del Of. Nº 1258-D-2009-FED-UNSAAC, de fecha 15 de diciembre de 2009, la Decana (e) de la Facultad de Educación, informa que se ha verifi cado el Título Profesional optado por el Lic. Juan Antonio Zuñiga Manzanares; Que, obra en el expediente la conformidad de la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 11 de enero de 2010; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 26 de enero de 2010, se puso a consideración el Expediente presentado por el Lic. Juan Antonio Zuñiga Manzanares solicitando duplicado de Diploma de Título Profesional de Licenciado en Educación, Especialidad: Matemática e Informática, siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo referido en la Ley 28626, Resolución Nº CU- 224-2006-UNSAAC, Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL, POR MOTIVO DE PERDIDA a favor de Don JUAN ANTONIO ZUÑIGA MANZANARES, confi riéndole el TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN EDUCACIÓN, Especialidad: Matemática e Informática por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que en el diploma a que se refi ere el numeral primero de la presente resolución, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Tercero.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores, un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Cuarto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimientos Auxiliares, deberá adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. LAURO ENCISO RODAS Rector (e) 458334-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCION N° CU-031-2010-UNSAAC Cusco, 1 de febrero de 2010 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente signado con Nro. 49490, presentado por el ECON. MIGUEL ANGEL URRUTIA ARAGON, solicitando emisión de duplicado de diploma de Título Profesional, por motivo de mutilación; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nro. 28626, faculta a las Universidades Públicas y Privadas del País, expedir duplicado de diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, por motivo de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU-224- 2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, el administrado por expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma que le confi ere el Título Profesional de Economista, por motivo de mutilación, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición los requisitos establecidos en el Art. 5º de la Directiva para el otorgamiento de Duplicado de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC, esto es 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Constancia expedida por el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores; 3) Copia Certifi cada por la Secretaria General de la UNSAAC de la Resolución del Consejo Universitario que confi ere el Título Profesional de Economista; 4) Dos Fotografías tamaño pasaporte; 5) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma 6) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad y 7) Diploma mutilado, según sea el caso; Que, obra en el expediente la conformidad de la Comisión de Grados y Títulos del Consejo Universitario, de fecha 26 de enero de 2010; Que, en Sesión Ordinaria del Consejo Universitario llevada a efecto el día 26 de enero de 2010, se puso a consideración el Expediente presentado por el Econ. Miguel Angel Urrutia Aragon solicitando duplicado de Diploma de Título Profesional de Economista siendo aprobado por unanimidad; Estando a lo referido en la Ley 28626, Resolución Nº CU- 224-2006-UNSAAC, Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitido por la UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL, POR MOTIVO DE MUTILACIÓN a favor de Don MIGUEL ANGEL URRUTIA ARAGON, confi riéndole el TÍTULO PROFESIONAL DE ECONOMISTA por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que en el diploma a que se refi ere el numeral primero de la presente resolución, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Tercero.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Asamblea Nacional de Rectores, un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo. Cuarto.- DISPONER que el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La Ofi cina de Secretaría General y el Área de Abastecimientos Auxiliares, deberá adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. LAURO ENCISO RODAS Rector (e) 458335-1