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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2010 (20/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de julio de 2010 422503 a adoptar las acciones y medidas administrativas que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal; incluyendo las que para dicho efecto el Presidente del citado Distrito Judicial deba adoptar de manera complementaria para la adecuada distribución de la carga procesal de los órganos jurisdiccionales y de numeración a que haya lugar, y que en tal sentido resulten pertinentes para la aplicación de esta decisión; informando al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE 521066-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aprueban Nómina por especialidad de Peritos Judiciales que abonaron tasa para desempeñarse durante el Año Judicial 2010 y declaran improcedente diversas solicitudes de revalidación CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 567-2010-P-CSJL/PJ Lima, 15 de julio de 2010 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 419-2010-P- CSJLI/PJ, de fecha doce de mayo del año en curso y los Informes Nº 025 y 030-2010-REPEJ-CSJLI/PJ, de fecha veinticuatro de junio y trece de julio del año en curso; el Ofi cio Nº 7027-2010-REPEJ-CSJLI/PJ y 7028- 2010-REPEJ-CSJLI/PJ, ambos de fecha seis de julio del año en curso; los ingreso Nº 52254, 52337, 52141 y 53455 – 10; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa Nº 419-2010- P-CSJLI/PJ este Despacho dispuso que los Peritos Judiciales revaliden su inscripción correspondiente al presente Año Judicial 2010 entre el veintiséis de mayo y el cinco de junio del año en curso. Que, mediante Informe Nº 025-2010-REPEJ-CSJLI/ PJ, la Jefa de la Ofi cina del Registro de Peritos Judiciales y Martilleros Públicos de este Distrito Judicial remite el reporte y documentación sustentatoria de los Peritos Judiciales que cumplieron con el trámite de revalidación dentro del plazo señalado por la resolución administrativa de vistos; en tal sentido, corresponde incluir en la Nómina de Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia del presente Año Judicial 2010 a los peritos que se precian en el informe citado. Que, mediante Ofi cio número 7027-010-REPEJ- CSJLI/PJ y 7028-2010-REPEJ-CSJLI/PJ, la referida Jefa de área hace llegar las solicitudes de los señores peritos: Gilbert López Tardillo, Alejandro Laos Brache, Jorge Abel López Méndez, Jacqueline Carbonell Infante, Jorge Antonio Gagliardo Gamarra, Miguel Ángel Villavicencio López, Manuel Mariano Gonzáles Grados, Fernando Augusto Velasco Castro, Eliana del Carmen Regalado Díaz, Reimundo Urcia Bernabé, David Romero Ríos, Silvia Fabiola Laguna Inocente y Elsa Tizón Vargas Machuca, quienes solicitan ser incorporados en la nómina de peritos correspondiente al presente año; asimismo, se ha recepcionado por Presidencia las solicitudes con el mismo petitorio efectuada por los señores Gerardo Chú Yong, Luís Burgos Encarnación, Luis Gerardo Montesinos Aguilar y César Walter Vallejos Urreta; verifi cándose de la revisión de los anexos que se adjuntan en cada caso que han efectuado el pago de manera extemporánea razón por la cual, corresponde declarar improcedentes las solicitudes de los profesionales antes nombrados a excepción del señor Reimundo Urcia Bernabé quien efectuó el pago de manera oportuna y debe ser incorporado en la nómina a aprobarse. Finalmente, se debe rechazar las solicitudes presentadas por los señores peritos: Irma Alegría del Castillo, María Esperanza Cerrón Chero, Teodoro Oscar Gonzáles Rodríguez, Nancy Romero Machuca de Guerrero y Ángel Ernesto Tuesta Ríos en atención a que no se encuentran inscritos en el Registro de Peritos Judiciales de esta Corte Superior de Justicia, precisándose que no se ha dispuesto la inscripción de peritos sino sólo la revalidación de los inscritos. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del el artículo 21º del Reglamento de Peritos Judiciales, aprobado por Resolución Administrativa Nº 358-98-SE-T- CME-PJ, modifi cado por el artículo 1º de la Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 436-98-SE-TP-CME-PJ; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la Nómina por especialidad de Peritos Judiciales que han cumplido con abonar la tasa correspondiente para desempeñarse como Perito Judicial durante el presente Año Judicial 2010, la que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DECLARAR improcedente las solicitudes de revalidación efectuadas por las señoras y señores Gilbert López Tardillo, Alejandro Laos Brache, Jorge Abel López Méndez, Jacqueline Carbonell Infante, Jorge Antonio Gagliardo Gamarra, Miguel Ángel Villavicencio López, Manuel Mariano Gonzáles Grados, Fernando Augusto Velasco Castro, Eliana del Carmen Regalado Díaz, David Romero Ríos, Silvia Fabiola Laguna Inocente, Elsa Tizón Vargas Machuca, Gerardo Chú Yong, Luís Burgos Encarnación, Luis Gerardo Montesinos Aguilar, César Walter Vallejos Urreta, Irma Alegría del Castillo, María Esperanza Cerrón Chero, Teodoro Oscar Gonzáles Rodríguez, Nancy Romero Machuca de Guerrero y Ángel Ernesto Tuesta Ríos, disponiéndose la devolución de los aranceles judiciales, encargándose la Ofi cina del Registro de Peritos Judiciales de su devolución. Artículo Tercero.- PONER la presente a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital y Ofi cina del Registro de Peritos Judiciales, para los fi nes pertinentes. Publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de LIma