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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 20 de julio de 2010 422502 razón a que de conformidad con el informe técnico de Gerencia General de este Poder del Estado, no se cuenta en el presente año con el presupuesto necesario para dicho propósito. Artículo Quinto.- Facultar al Presidente de Ia Corte Superior de Justicia de Puno y a la Gerencia General del Poder Judicial en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal; incluyendo las que para dicho efecto el Presidente del citado Distrito Judicial deba adoptar de manera complementaria para la adecuada distribución de la carga procesal de los órganos jurisdiccionales y de numeración a que haya lugar, y que en tal sentido resulten pertinentes para la aplicación de esta decisión; informando al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Sexto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Corte Superior de Justicia de Puno, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE 521066-1 Crean juzgado de paz letrado y juzgado mixto en el Distrito Judicial de Madre de Dios y convierten órgano jurisdiccional en el Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria de la provincia de Tambopata RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 189-2010-CE-PJ Lima, 2 de junio de 2010 VISTOS: El Ofi cio Nº 551-2010-ETI-PJ, remitido por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Ofi cio Nº 160-2010-DPD/PJ, del señor Consejero Darío Palacios Dextre, Informe Nº 100- 2010-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial, y el Ofi cio Nº 335-2010-P- CSJMD/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios ha formulado propuesta de creación de un Juzgado de Paz Letrado y Mixto en el Distrito de Inambari – Mazuko, así como un Juzgado de la Investigación Preparatoria, ambos en la Provincia de Tambopata; Segundo: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 053-2008-CE-PJ del 25 de febrero de 2008, las Comisiones de Magistrados para la Implementación del Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales en donde tenga vigencia el nuevo sistema procesal, tienen la responsabilidad de coordinar con el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal y la Secretaría Técnica del citado Equipo Técnico, para los fi nes de realizar el monitoreo y evaluación permanente y de esa forma proponer las acciones administrativas y de control pertinentes que al respecto haya lugar en sus respectivas sedes judiciales; Tercero: Que, en ese orden de ideas y estando a lo expuesto por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal concordante con el contenido del Informe Nº 100- 2010-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial; de conformidad con lo acordado en el acta de sesión de trabajo y acuerdo suscrito entre los miembros de la Comisión de Implementación del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal y la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional la de adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; deviene en necesario dictar medidas complementarias a las ya impartidas en el citado Distrito Judicial para la adecuada implementación del nuevo sistema procesal penal; todo ello en estricta consonancia con los limitados recursos existentes para dicho propósito; Cuarto: Que, los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial, asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Crear los siguientes órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Madre de Dios: • El Juzgado de Paz Letrado en el Distrito de Inambari con sede en la localidad de Mazuko, Provincia de Tambopata; con competencia en el citado distrito; el cual en adición de funciones actuará como Juzgado de la Investigación Preparatoria. • El Juzgado Mixto en el Distrito de Inambari con sede en la localidad de Mazuko, Provincia de Tambopata; con competencia en el citado distrito; el cual en adición de funciones actuará como Juzgado Unipersonal. La implementación de los mencionados órganos jurisdiccionales, teniendo en cuenta la falta de recursos para el presente ejercicio presupuestal queda supeditada al Presupuesto Institucional del Año 2011 con el correspondiente personal, infraestructura y equipamiento necesario; para cuyo efecto la Gerencia General del Poder Judicial adoptará las acciones respectivas. Artículo Segundo.- Disponer que en tanto se apruebe el presupuesto requerido el Primer y Segundo Juzgados Penales Unipersonales de la Provincia de Tambopata, itinerarán en el citado Distrito Judicial, según las necesidades del servicio. Artículo Tercero.- Convertir el Tercer Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Tambopata, en el Segundo Juzgado de la Investigación Preparatoria de la referida provincia; con igual competencia que el Juzgado de la Investigación Preparatoria en funciones. El Juzgado de la Investigación Preparatoria existente en la citada provincia se denominará Primer Juzgado de la Investigación Preparatoria. Artículo Cuarto.- Facultar al Presidente de Ia Corte Superior de Justicia de Madre de Dios y a la Gerencia General del Poder Judicial en cuanto sea de su competencia,