Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2010 (23/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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Descriptivas debidamente autorizadas por Ingeniero Civil, con MORDAZA de los planos de distribucion y ubicacion correspondientes, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 43.3 del articulo 43º del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, acreditandose el cumplimiento del literal f) y h) del articulo 51º del mismo; Que, el articulo 60º de El Reglamento establece que la autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º, cuya tasa sera establecida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MTC; sin embargo, este ultimo supuesto no resulta exigible en vista que a la fecha este procedimiento no se encuentra aprobado en el mencionado TUPA; Que, es preciso indicar que el articulo 117° de El Reglamento, en concordancia con los articulos 47°, 48°, 49° y 50° del acotado, faculta al ministerio a disponer que, ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de las Escuelas de Conductores, se aplicaran las sanciones administrativas correspondientes, senaladas en el Cuadro de Tipificacion y Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder, y por ende la ejecucion de la Carta Fianza, conforme el numeral 43.6 del articulo 43° de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 6242010-MTC/15.03, procede emitir el acto administrativo correspondiente; por lo que de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la ASOCIACION MORDAZA SIN HUMO la variacion de domicilio de las Oficinas Administrativas, Aulas de Ensenanza y Aula Teorico Practica de Mecanica, asi como del local para el Circuito de Practicas de Manejo, de su Escuela de Conductores Integrales, quedando ubicados en las siguientes direcciones: OFICINAS ADMINISTRATIVAS y AULAS DE ENSENANZA: Av. Mexico Nº 1330, 2do y 3er. Piso ­ La MORDAZA AULA TEORICO PRACTICA DE MECANICA y CIRCUITO DE PRACTICAS DE MANEJO: Esquina de Prolongacion MORDAZA con MORDAZA Las Nustas, Manzana W, Lote 15, Sector El Pedregal ­ San MORDAZA de Lurigancho Articulo Segundo.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la ASOCIACION MORDAZA SIN HUMO, a traves de su Escuela de Conductores Integrales, de su Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion inmediata de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Tercero.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias ­ Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia, y encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral.

Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la ASOCIACION MORDAZA SIN HUMO los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 520894-1

VIVIENDA
Autorizan transferencia financiera para el mejoramiento y ampliacion del sistema de alcantarillado e instalacion de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la MORDAZA de Iquitos
DECRETO SUPREMO Nº 006-2010-VIVIENDA EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 135-2008-EF se aprobo la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y Japan International Cooperation Agency - JICA, hasta por ¥ 6 660 000 000,00 (SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinada a financiar el proyecto "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Alcantarillado e Instalacion de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la MORDAZA de Iquitos"; suscribiendose el 4 de diciembre del 2008 el Convenio de Prestamo Nº PE-P32 entre las entidades MORDAZA mencionadas; Que, con fecha 20 de MORDAZA del 2009, se suscribio un Convenio MORDAZA entre el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Gobierno Regional de MORDAZA y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de MORDAZA S.A. - E.P.S. SEDALORETO S.A., con el objeto de establecer competencias y responsabilidades en las etapas de inversion y post inversion, para el financiamiento y ejecucion del proyecto mencionado en el considerando precedente, en el MORDAZA de los alcances del Convenio de Prestamo Nº PE-P32; Que, de acuerdo con el Convenio MORDAZA mencionado, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento se constituye como agencia de Monitoreo y Seguimiento del proyecto "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Alcantarillado e Instalacion de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la MORDAZA de Iquitos" y participa en el financiamiento de la contrapartida nacional del Convenio de Prestamo Nº PE-P32, hasta por un monto de S/. 31 600 000,00 (TREINTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, mediante el Memorandum Nº 551-2010VIVIENDA-VMCS-PAPT/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, con el informe tecnico correspondiente, emite opinion favorable y solicita se gestione la aprobacion de una transferencia financiera por un monto de S/. 28 700 000,00 (VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) a favor del Gobierno Regional de MORDAZA, para el cofinanciamiento de la contrapartida nacional del Convenio de Prestamo Nº PE-P32 aprobado por el Decreto Supremo Nº 1352008-EF, para la ejecucion del proyecto "Mejoramiento y Ampliacion del Sistema de Alcantarillado e Instalacion de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la MORDAZA de Iquitos"; Que, mediante Memorandum Nº 1022-2010/ VIVIENDA-OGPP la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ha informado sobre la disponibilidad presupuestal para la transferencia financiera solicitada por el Director Ejecutivo del Programa Agua Para Todos, por la suma de S/. 28 700 000,00 (VEINTIOCHO

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