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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de junio de 2010 420247 de la Comisión Organizadora, solicita la emisión de la Resolución Presidencial que designe a los nuevos responsables de brindar información y actualización del Portal de Transparencia de la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27413, de fecha 10 de enero del 2001, se crea la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima (UNTECS), con sede en el Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima; Que, por Resolución Nº 178-2005-CONAFU, de fecha 29 de septiembre de 2005, el CONAFU reconoce a la Comisión Organizadora de la UNTECS; Que, con fecha 06 de noviembre de 2006, el CONAFU, mediante Resolución Nº 365-CONAFU-2006, ha otorgado la Autorización de Funcionamiento Provisional a la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de Lima; Que, mediante Resolución Presidencial N° 114-2010- UNTECS, de fecha 19 de febrero de 2010, se designó a los Responsables encargados de brindar, actualizar y clasifi car la información de la Universidad, en virtud de la Ley N° 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, modifi cada por Ley Nº 27297, de fecha 03 de febrero del año 2003; Que, el Congreso de la República, con fecha 03 de agosto de 2002, aprobó la Ley N° 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, con la fi nalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, que señala: “A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional”; Que, mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, de fecha 07 de agosto de 2003, se aprobó el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que en su Artículo 3° señala que las obligaciones de la máxima autoridad de la Entidad son: designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público, designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, Clasifi car la información de carácter secreto y reservado y/o designar a los funcionarios encargados de tal clasifi cación; Que, la Ley N° 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, modifi cada por la Ley Nº 27297, de fecha 03 de febrero del año 2003, en su Artículo 8” señala que: “…Dichas entidades identifi carán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la presente Ley. En caso de que éste no hubiera sido designado las responsabilidades administrativas y penales recaerán en el Secretario General de la institución o quien haga sus veces”; Que, de conformidad con la Ley N° 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, modifi cada por Ley Nº 27297, al Artículo 03° del Reglamento de la Ley de Transparencia aprobado mediante D.S. N° 072-2003-PCM, así como a las atribuciones que la Ley Universitaria Nº 23733 y el Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU- Resolución Nº 100-2005-CONAFU, confi eren al Presidente de la Comisión Organizadora; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Lic. Luis Augusto Mercado Granados, Secretario General de la UNTECS, como Responsable de brindar la Información de Acceso Público, bajo los mecanismos establecidos en la Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública” y su Reglamento. Artículo Segundo.- Designar al Lic. Manuel Abelardo Alcántara Ramírez, Jefe de la Ofi cina de Informática y Estadística de la UNTECS, como Responsable de Elaborar y Actualizar el Portal de Transparencia de la Universidad, en virtud de la Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública” y su Reglamento. Artículo Tercero.- Designar al Lic. Luis Augusto Mercado Granados, Secretario General de la UNTECS, como Responsable de Clasifi car la Información de Carácter Secreto y Reservado de la Universidad, en virtud de la Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública” y su Reglamento. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 114-2010-UNTECS, de fecha 19 de febrero de 2010, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Quinto.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en todos los lugares visibles de la Universidad. Regístrese, comuníquese y archívese. FRANCISCO M. PISCOYA HERMOZA Presidente de la Comisión Organizadora LUIS AUGUSTO MERCADO GRANADOS Secretario General 502459-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban ROF y CAP de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2010-GRMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el 28 de abril del año 2010, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión la de organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales, sectoriales y regionales, para la contribución del desarrollo integral y sostenible de la región. Que, el artículo 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, en su artículo 1, Declara al Estado Peruano en Proceso de Modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático y descentralizado, al servicio del ciudadano. Que, el artículo 15, literal a), de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, la propuesta de la modifi catoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF); así como, del Cuadro para la Asignación de Personal de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Madre de Dios, han sido elaborados siguiendo las pautas que establece el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueban los lineamientos para la elaboración del Cuadro para la Asignación de Personal y el Reglamento de Organización y Funciones, para las entidades de la Administración