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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (05/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de junio de 2010 420248 Pública y se han tomado como justifi cación técnica y legal la Resolución Ministerial Nº 307-2008-MTC, que da por concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales específi cas en materia de transporte y la Resolución Ministerial Nº 421-2008-MTC/03, que declara concluido el proceso de transferencia de funciones en materia de comunicación, funciones que se encuentran establecidas en los artículos 56 y 57 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, el artículo 15 del D.S. Nº 043-2004-PCM y el artículo 34 del D.S. Nº 043-2006-PCM, establecen que el Cuadro para la Asignación de Personal; así como, el Reglamento de Organización y Funciones, respectivamente, se aprueban mediante Ordenanza Regional. Que, la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, es un órgano de línea que depende en jerarquía de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios y cuenta con personería jurídica. Que, mediante Informe Legal Nº 120-2010-GOREMAD/ ORAJ, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, opina que el proyecto de Ordenanza Regional, está conforme con el ordenamiento jurídico nacional; por tanto, debe ser sometido al procedimiento pertinente para su aprobación por parte del Consejo Regional. Que, mediante Dictamen Nº 004-2010-GOREMAD/ CEMHTCVYC, la Comisión de Energía, Minas, Hidrocarburos, Transporte, Comunicaciones, Vivienda y Construcción del Consejo Regional, conforme al análisis efectuado a los Proyectos de ROF y CAP, propone y recomienda al pleno del Consejo Regional su debate y aprobación correspondiente; Que, el Consejo Regional en Pleno, en Sesión Ordinaria, luego del análisis y debate correspondiente, con el voto aprobatorio por unanimidad de los Consejeros Regionales, han considerado necesario aprobar el Dictamen que sustenta el proyecto de ordenanza, referido a la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones, y el Cuadro para la Asignación de Personal de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Madre de Dios. Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR, los Documentos de Gestión Institucional de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, dependiente jerárquicamente de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de Madre de Dios, de acuerdo al siguiente detalle: a) Reglamento de Organización y Funciones (ROF), que consta de V Títulos; XV Capítulos; 52 Artículos; y, 03 Disposiciones Complementarias y Finales. b) Cuadro para Asignación de Personal (CAP), que consta de 93 Plazas, documentos que en anexos adjuntos, forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional; a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial; así como, a la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones, para que implementen la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, todas las normas administrativas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil diez. EMERSON BOCANEGRA PÉREZ Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los treinta días del mes de abril del año dos mil diez. SANTOS KAWAY KOMORI Presidente Regional 502481-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban el Plan Regional Contra la Violencia Hacia la Mujer 2009 - 2015 ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2010-GRU/CR EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV sobre Descentralización – Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 18 de marzo del 2010, continuada el 24 de marzo del 2010, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región; sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, el artículo 38 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, la violencia hacia la mujer en sus diferentes manifestaciones, constituye una violación de los derechos humanos, ésta situación logra ser reconocida ofi cialmente luego de una larga y sostenida lucha del movimiento feminista a nivel internacional, en la II Conferencia Anual de Derechos Humanos de Naciones Unidas, realizada en Viena en el año 1993; Que, el reconocimiento progresivo de parte de la Comunidad Internacional, expresada en el Sistema de Protección de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos, proveen un marco de protección para las mujeres peruanas, las mismas que deberán convertirse en una garantía efectiva del derecho a vivir libre de violencia; Que, para la elaboración del Plan Regional Contra la Violencia Hacia la Mujer 2009-2015, se promovió la participación de representantes de instituciones del Estado y de la sociedad civil, así como la participación de mujeres representantes de organizaciones sociales de base y agentes comunitarias de salud; Que, el Plan Regional Contra la Violencia Hacia la Mujer 2009-2015, tiene como objetivo garantizar a las mujeres una vida libre de violencia, para lograrlo