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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (11/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 24

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 11 de junio de 2010 420494 Artículo Tercero.- DESIGNAR a la doctora ELIZENDA QUISPE CASTILLO, como Juez Supernumeraria del Décimo Noveno Juzgado de Familia de Lima, mientras dure la promoción de la doctora Ríos Chú, a partir del 14 al 18 de junio del presente año. Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 505507-1 Designan Juez Supernumeraria del Sétimo Juzgado Civil con Subespecialidad Comercial de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 484-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 4 de junio del 2010 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante el Ingreso Nº 41352-2010, el doctor Néstor Fernando Paredes Flores, Juez Titular del Sétimo Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, solicita se le conceda hacer uso de sus vacaciones, a partir del 14 al 28 de junio del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior resulta necesario designar al magistrado que se hará cargo del Sétimo Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, mientras dure el período de vacaciones del doctor Paredes Flores. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial…)”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos órganos jurisdiccionales de éste Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la fi nalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solución de sus confl ictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONCEDER al doctor Néstor Fernando Paredes Flores, Juez Titular del Sétimo Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, hacer uso de sus vacaciones, a partir del 14 al 28 de junio del presente año. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora ANA DEYBY MORALES CARDO, como Juez Supernumeraria del Sétimo Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima, mientras dure el período vacaciones del doctor Paredes Flores, a partir del 14 al 28 de junio del presente año. Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 505508-1 ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES Declaran procedente cambio de denominación de universidad por la de “Universidad Privada de la Selva Peruana” CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCIÓN Nº 266-2010-CONAFU Lima, 27 de mayo de 2010 VISTO: La Resolución Nº 142-2010-CONAFU de fecha 15 de marzo de 2010, la Carta recibida en fecha 21 de mayo de 2010, el Informe Legal N° 211-2010-CONAFU de fecha 25 de mayo de 2010 y el Acuerdo Nº 201-2010- CONAFU de la sesión ordinaria del Pleno del CONAFU de fecha 24 de mayo de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: