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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (26/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de junio de 2010 421259 Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de personas naturales y jurídicas RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 390-2010-PRODUCE/DGEPP Lima, 11 de Junio del 2010 Visto el escrito de Registro Nº 00016085 y adjuntos Nº 1 y 2 de fechas 20 de febrero, 24 y 26 de mayo del 2010, presentados por el señor JUAN JESÚS CHACÓN MORALES y LUIS JOSÉ CHACÓN MORALES. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 34° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012- 2001-PE, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 015- 2007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron. Asimismo, su último párrafo establece que en aquellos supuestos en los cuales los actos administrativos sancionadores han sido impugnados en la vía administrativa o judicial, procede la autorización de cambio de titular del permiso de pesca encontrándose condicionada la vigencia a su resultado; Que mediante Resolución Directoral Nº 001-99- CTAR-ANCASH/DRP-CH de fecha 11 de enero del 1999, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a DORA DEL PILAR QUIJANO ASAÑEDO, para operar la embarcación pesquera denominada “SANTA ROSA DE LIMA” de matrícula CE-4824-CM, de 48.02 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina, con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las 5 millas marinas adyacentes a la costa, utilizando redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgada (38 mm), según corresponda; Que mediante escrito de registro Nº 00036582-2009 de fecha 11 de mayo del 2009, los señores JUAN JESÚS CHACÓN MORALES, con RUC Nº 10328521836 y LUIS JOSÉ CHACÓN MORALES, solicitan cambio de titular de permiso de pesca de la embarcación pesquera “SANTA ROSA DE LIMA” de matrícula CE-4824-CM otorgado mediante Resolución Directoral Nº 001-99-CTAR- ANCASH/DRP-CH; Que mediante Resolución Directoral Nº 868-2009- PRODUCE/DGEPP de fecha 30 de octubre del 2009, se declaró en abandono la solicitud de cambio de titular de permiso de pesca otorgado mediante Resolución Directoral Nº 001-99-CTAR-ANCASH/DRP-CH para operar la embarcación pesquera “SANTA ROSA DE LIMA” de matrícula CE-4824-CM, presentada por JUAN JESÚS CHACÓN MORALES y LUIS JOSÉ CHACÓN MORALES; Que mediante escrito de registro Nº 00091297-2009 de fecha 13 de noviembre del 2009, el señor JUAN JESÚS CHACÓN MORALES, interpone recurso de reconsideración contra la Resolución Directoral Nº 868- 2009-PRODUCE/DGEPP por diversos motivos detallados en el mismo escrito; Que mediante Resolución Directoral Nº 070-2010- PRODUCE/DGEPP de fecha 04 de febrero del 2010, se declara infundado el recurso de reconsideración interpuesto por los señores JUAN JESÚS CHACÓN MORALES y LUIS JOSÉ CHACÓN MORALES contra la Resolución Directoral Nº 868-2009-PRODUCE/DGEPP; Que, a la fecha la embarcación pesquera denominada “SANTA ROSA DE LIMA” de matrícula CE-4824-CM y 48.02 m3 de capacidad de bodega, se encuentra consignada en el literal A del Anexo I del listado embarcaciones pesqueras de madera con permiso de pesca vigente de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; Que, mediante los escritos del visto, los señores JUAN JESÚS CHACÓN MORALES y LUIS JOSÉ CHACÓN MORALES, solicitaron cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “SANTA ROSA DE LIMA” de matrícula CE-4824-CM; Que, de los documentos que obran en el expediente, se observó que la embarcación pesquera “SANTA ROSA DE LIMA” de matrícula CE-4824-CM registraba deuda cuya ejecución se encontraba tramitando en la Ofi cina de Ejecución Coactiva; además que presentaba deudas por concepto de derechos de pesca, por lo que mediante Ofi cio Nº 2594-2010-PRODUCE/DGEPP de fecha 10 de mayo del 2010, se solicitó al administrado subsanar las observaciones indicadas; Que, mediante Ofi cio Nº 635-2010-PRODUCE/ OGA/OEC de fecha 28 de mayo del 2010, la Ofi cina de Ejecución Coactiva comunica que se dispuso la suspensión del procedimiento de ejecución coactiva, mediante Resolución Nº 000237-2007-S, al haberse interpuesto Demanda Contenciosa Administrativa ante el Primer Juzgado Permanente Especializado de la Corte Superior de Lima; Que, de la evaluación efectuada al expediente de cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “SANTA ROSA DE LIMA” de matrícula CE- 4824-CM presentado por los señores JUAN JESÚS CHACÓN MORALES y LUIS JOSÉ CHACÓN MORALES, se ha determinado que han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción para el cambio de titular del permiso de pesca de embarcación de bandera nacional de mayor escala del ámbito, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE; por lo que resulta procedente la aprobación del cambio de titularidad del permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, según Informe Nº 483-2010- PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y sus modifi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y demás normas modifi catorias; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el literal d) del Artículo 53° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar a favor de los señores JUAN JESÚS CHACÓN MORALES y LUIS JOSÉ CHACÓN MORALES, el cambio de titular del Permiso de Pesca de la embarcación pesquera “SANTA ROSA DE LIMA” de matrícula CE-4824-CM, en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado mediante Resolución Directoral Nº 001-99-CTAR-ANCASH/DRP-CH. Artículo 2°.- Condicionar la vigencia del cambio de titular de la embarcación pesquera “SANTA ROSA DE LIMA” de matrícula CE-4824-CM, al resultado del proceso judicial correspondiente, conforme lo señalado en el tercer párrafo del Artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca. Artículo 3°.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca de la embarcación pesquera “SANTA ROSA DE LIMA” de matrícula CE-4824-CM otorgado a DORA DEL PILAR QUIJANO ASAÑEDO consignado en la Resolución Directoral Nº 001-99-CTAR-ANCASH/DRP-CH. Artículo 4°.- Incorporar a los señores JUAN JESÚS CHACÓN MORALES y LUIS JOSÉ CHACÓN MORALES como los nuevos titulares del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera “SANTA ROSA DE LIMA” de matrícula CE-4824-CM, así como la presente Resolución en el Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE excluyendo a DORA DEL PILAR QUIJANO ASAÑEDO consignada en dicho anexo.