Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2010 (04/03/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

415016
VISTO Y CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 4 de marzo de 2010

ORGANOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Declaran que la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana ha cumplido con lo previsto en la Ley Universitaria, respecto a la creacion y organizacion de escuela y especialidades en la Facultad de Ciencias de la Educacion y Humanidades
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 0147-2010-ANR MORDAZA, 15 de febrero de 2010 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El oficio Nº 156-2009-R-UNAP de fecha 23 de diciembre de 2009, del Rector de la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana, informe Nº 016-2010-DGDAC de fecha 27 de enero de 2010 de la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion, y memorando Nº 126-2010-SE, de fecha 02 de febrero de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las atribuciones previstas en el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, la creacion de carreras, programas academicos y de MORDAZA especialidad acordados por una universidad, requiere de la coordinacion previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante oficio de vistos, el Rector de la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana con sede en la MORDAZA de Iquitos, hace llegar la documentacion correspondiente a la creacion de una nueva escuela, y de especialidades en la Facultad de Ciencias de la Educacion y Humanidades, de acuerdo a las Resoluciones Rectorales Nº 0029 y 2388-2009-UNAP y al Plan de Estudios, vigentes a partir del ano 2009, que comprende lo siguiente: - Escuela de Formacion Profesional de Antropologia Social de la Facultad de Ciencias de la Educacion y Humanidades, - Especialidades de: Ciencias Naturales, Matematica e Informatica; y Filosofia y Psicopedagogia de la Escuela de Formacion Profesional de Educacion Secundaria de la Facultad de Ciencias de la Educacion y Humanidades; Que, mediante informe Nº 016-2010-DGDAC el Director General de Desarrollo Academico y Capacitacion, expresa que la creacion de la escuela y las nuevas especialidades en la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana, asi como los curriculos respectivos, cumplen con los requisitos academicos y formales para su desarrollo, conforme a la Ley Universitaria, proponiendo expedir la resolucion correspondiente; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo dispone la elaboracion de una resolucion, de acuerdo al anteproyecto presentado por la Direccion General de Desarrollo Academico y Capacitacion, que declare la creacion y organizacion de la nueva escuela y especialidades en la Facultad de Ciencias de la Educacion y Humanidades de la Universidad Nacional de la Amazonia Peruana, con sede en la MORDAZA de Iquitos cumple con lo previsto en el inciso e) del articulo 92º de la Ley Universitaria;

Que, mediante el ingreso Nº 015856-2010, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arizmendi, Juez Titular del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Chorrillos, solicita licencia con goce de haber por motivo de salud a partir del 01 al 12 de marzo del presente ano. Que, estando a lo expuesto en el considerando precedente, y con el fin de no alterar el normal desarrollo de la labor jurisdiccional del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Chorrillos, esta Presidencia considera necesario emitir el pronunciamiento respectivo y designar al magistrado que reemplazara a la doctora MORDAZA Arizmendi, mientras dure el periodo de licencia solicitada. Que, resulta pertinente precisar que la novisima Ley de la MORDAZA Judicial, en su articulo sesenta y cinco, define y clasifica la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es asi que el inciso tercero del citado articulo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que "(...no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al articulo doscientos treinta y nueve de la Ley Organica del Poder Judicial...)". Que, bajo este contexto, de conformidad con la MORDAZA MORDAZA referida, se desprende que en adelante se denominara como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que MORDAZA eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las caracteristicas de los MORDAZA denominados Jueces Titulares y Provisionales, aun se mantiene en la "Ley de la MORDAZA Judicial". Que, no obstante ello, la MORDAZA MORDAZA acotada, establece ciertos requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarian en implementacion por parte de los entes encargados de ello; razon por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos organos jurisdiccionales de este Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la finalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solucion de sus conflictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratificar y/o dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º del TUO de la Ley Organica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la doctoraANTARKYSHA MORDAZA GRAJEDA SOUZA como Juez Supernumeraria del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de Chorrillos, mientras dure la licencia de la doctora MORDAZA Arizmendi, a partir del 04 al 12 de marzo del presente ano. Articulo Segundo.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Personal del Poder Judicial y de los Magistrados designados, para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 463939-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.