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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2010 (24/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de marzo de 2010 416021 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA LEY Nº 29510 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE EXCEPTÚA DEL REQUISITO DE COLEGIACIÓN ESTABLECIDO EN LA LEY NÚM. 25231, LEY QUE CREA EL COLEGIO PROFESIONAL DE PROFESORES DEL PERÚ, A LOS PROFESIONALES CON TÍTULOS DISTINTOS AL DE EDUCACIÓN QUE EJERCEN LA DOCENCIA EN ÁREAS DE SU ESPECIALIDAD Y A LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN TITULADOS EN EL EXTERIOR QUE EJERCEN LA DOCENCIA EN FORMA TEMPORAL EN EL PERÚ Artículo 1º.- Objeto de la Ley Establécese la no exigencia del requisito de colegiación, normado en la Ley núm. 25231, Ley que crea el Colegio Profesional de Profesores del Perú, a los profesionales con título universitario distinto de los profesionales titulados en educación, que ejercen la docencia en áreas afi nes a su especialidad en las instituciones educativas públicas y privadas y de alternancia en zonas rurales, conforme a lo establecido en el artículo 58º de la Ley núm. 28044, Ley General de Educación. Artículo 2º.- Régimen especial Reconócese un régimen especial para el ejercicio de la docencia en el sector privado, en forma temporal, a los profesionales universitarios extranjeros exceptuándolos del requisito de colegiación, establecido en la Ley núm. 25231, Ley que crea el Colegio Profesional de Profesores del Perú, y promuévese el intercambio y transferencia de conocimientos y técnicas pedagógicas de profesionales del exterior a favor de las instituciones educativas del país. Los títulos de los profesionales extranjeros se revalidan conforme a la ley de la materia. Artículo 3º.- Requisitos Los profesionales universitarios extranjeros que temporalmente presten servicios de enseñanza en la educación básica del sector privado deben cumplir con los siguientes requisitos: a) Que el título profesional o el grado académico que ostenten les permita ejercer la docencia en su país de origen. b) Que el centro educativo en el cual presten servicios asuma la responsabilidad de su idoneidad profesional y moral. Artículo 4º.- Vigencia de la norma La presente norma entra en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Ordenanza Nº 027-2009-GR-LL/CR.- Crean el Consejo Regional de Empleo Juvenil 416092 Ordenanza Nº 028-2009-GR-LL/CR.- Modifi can la Ordenanza Regional N° 021-2005-CR/RLL respecto al Consejo Regional de seguridad Vial en la Región La Libertad 416093 Ordenanza Nº 029-2009-GR-LL/CR.- Aprueban la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), año 2009 de la sede del Gobierno Regional de la Libertad 416094 Ordenanza Nº 030-2009-GR-LL/CR.- Declaran al Guanaco (Lama Guanicoe) como patrimonio de la Región La Libertad y de necesidad pública e interés regional su protección y conservación 416096 Ordenanza Nº 031-2009-GR-LL/CR.- Constituyen el Comité Regional de Movilización 416097 Ordenanza Nº 032-2009-GR-LL/CR.- Aprueban el Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Libertad: 2010- 2021 416098 Acuerdo Nº 067-2009-GR-LL/CR.- Solicitan al Presidente Regional disponga que la Sub Gerencia de Relaciones Públicas elabore un Boletín Informativo y realice contratos con medios televisivos y radiales en donde se transmitan y difundan las obras, ordenanzas y acuerdos regionales 416099 Decreto Nº 013-2009-GR-LL/PRE.- Amplían plazo para acogerse a lo dispuesto en la Cuarta Disposición Transitoria del Decreto Regional N° 001-2009-GR-LL- PRE 416100 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Res. Nº 465/2009-GODU-MDCH.- Aprueban proyecto de Habilitación Urbana Nueva de Lote Único respecto de inmueble ubicado en el distrito 416101 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Ordenanza Nº 336-CDLO.- Otorgan descuento en la multa administrativa por incumplimiento de disposiciones administrativas a agentes económicos que regularicen su formalidad y legalidad en el distrito de Los Olivos 416103 Ordenanza Nº 337-CDLO.- Aprueban Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Los Olivos 416104