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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2010 (24/03/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 81

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 24 de marzo de 2010 416099 Artículo Primero.- APROBAR, el Plan de Desarrollo Regional Concertado, en la Circunscripción Territorial del Gobierno Regional de La Libertad; que en adelante se denominará Plan de Desarrollo Regional Concertado La Libertad: 2010-2021 (PDRC – GRLL), presentado por el Señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad. El mismo, está constituido por 172 páginas en total, a saber: créditos, introducción, tres (03) capítulos, anexo y bibliografía, el cuál en anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, a la Gerencia del Centro Regional de Planeamiento Estratégico-CERPLAN del Gobierno Regional de La Libertad, la ejecución de las acciones que corresponden a la difusión y socialización del Plan de Desarrollo Regional Concertado La Libertad: 2010-2021, a nivel regional y nacional. Artículo Tercero.- DISPONER, que la Gerencia General Regional, Gerencia del Centro Regional de Planeamiento Estratégico-CERPLAN, y a las demás Gerencias Regionales y unidades orgánicas del Gobierno Regional de La Libertad, tomen como referencia al PDRC – GRLL, en la formulación y ejecución de sus planes estratégicos y operativos. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia del Centro Regional de Planeamiento Estratégico-CERPLAN, el monitoreo y evaluación anual del PDRC – GRLL y al fi nalizar cada año, deberá presentar un informe de logros obtenidos durante el año respectivo, al Pleno del Consejo Regional La Libertad. Artículo Quinto.- DE LA VIGENCIA, La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICION UNICA COMPLEMENTARIA El Gobierno Regional de La Libertad, a través del Centro Regional de Planeamiento Estratégico-CERPLAN, cuando se estime por conveniente, en el proceso de implementación del Plan de Desarrollo Regional Concertado, podrá ser complementado y adecuado en función a los cambios y tendencias locales, nacionales e internacionales. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil nueve. ALEXIS NICOLÁS REBAZA LÓPEZ Consejero Delegado Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a los doce días del mes de enero de 2010. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 471475-7 Solicitan al Presidente Regional disponga que la Subgerencia de Relaciones Públicas elabore un Boletín Informativo y realice contratos con medios televisivos y radiales en donde se transmitan y difundan las obras, ordenanzas y acuerdos regionales ACUERDO REGIONAL N° 067-2009-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993 modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27687, sus modifi catorias Ley Nº 27902 y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha adoptado el siguiente Acuerdo Regional: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 02 de noviembre del año 2009, visto el pedido del Consejero Regional Ricardo Ruy González Rosell contenido en el Ofi cio Nº 215-2009-GRLL/CR-RRGR, de fecha 06 de octubre del 2009, para que la Sub Gerencia de Relaciones Públicas elabore un boletín informativo en donde se trasmitan y difundan las obras, Ordenanzas y Acuerdos Regionales en las diferentes provincias durante la gestión de los años 2007, 2008 hasta noviembre 2009; se autorice a la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial asignar el presupuesto correspondiente para la elaboración y distribución del boletín informativo; y se encargue el cumplimiento y seguimiento de la elaboración y distribución del boletín a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado de 1993, concordante con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia. Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el Artículo 39° de la glosada Ley Orgánica, que señala que: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”. Que, la acotada Ley Orgánica en el Artículo 8º regula los principios rectores de las políticas y la gestión regional dentro de los cuales prevé en el numeral 2) La Transparencia, estableciendo que: “Los planes, presupuestos, objetivos, metas y resultados del Gobierno Regional serán difundidos a la población. La implementación de portales electrónicos en Internet y cualquier otro medio de acceso a la información pública se rige por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Nº 27806; asimismo, en el numeral 3) sobre gestión moderna y rendición de cuentas, señala que la administración pública regional está orientada bajo un sistema moderno de gestión y sometida a una evaluación de desempeño. Los gobiernos regionales incorporarán a sus programas de acción mecanismos concretos para la rendición de cuentas a la ciudadanía sobre los avances, logros, difi cultades y perspectivas de su gestión (…); concordante con el inc. o) del Artículo 47º de la referida ley, señalando que son funciones del Gobierno Regional en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación: “Desarrollar e implementar sistemas de información y ponerla a disposición de la población”. Que, en este sentido es explicita la función del Gobierno Regional de informar sobre las acciones, obras, gestión y la emisión de Ordenanzas y Acuerdos Regionales de impacto con la fi nalidad de informar y familiarizar a la población con la gestión. Que, una de las formas de informar a la población es mediante la publicidad dirigida a grandes grupos humanos y suele recurrirse a ella cuando la información no llega a la opinión pública a través de las relaciones públicas; y una parte importante de la publicidad se transmite utilizando medios destinados a ella de una forma específi ca, como puede ser un folleto o boletín.