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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 6 de mayo de 2010 418475 Autónoma del Sur, presentado por el señor Orlando Wilson Vargas Linares, Promotor del Proyecto de la Universidad Privada Autónoma del Sur S.A.C., con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Fisioterapia y Rehabilitación, 2) Farmacia, y 3) Enfermería; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882, organizada como una Sociedad Anónima Cerrada. Artículo Segundo.- HACER de conocimiento a la promotora del Proyecto de Universidad Autónoma del Sur que para la continuación de su evaluación del referido proyecto universitario se aplicará el reglamento para la autorización de funcionamiento de universidades bajo la competencia de CONAFU aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU y toda la normatividad vigente de CONAFU. Artículo Tercero.- REQUERIR a la Promotora, el cumplimiento de los artículos 31º al 34º del Reglamento aprobado por Resolución Nº 387-2009-CONAFU; bajo apercibimiento de aplicarse el artículo 37° de la norma antes citada. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los trámites administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS ENRIQUE CARPIO ASCUÑA Presidente KARINA LUZ MIÑANO PAREDES Secretaria General 489235-3 Aprueban Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada Iberoamericana RESOLUCIÓN Nº 198-2010-CONAFU Lima, 8 de abril de 2010 VISTOS: El Escrito recibido con fecha 17 de noviembre de 2008, la Resolución Nº 209-2009-CONAFU de fecha 24 de abril de 2010, la Resolución Nº 322-2009-CONAFU de fecha 24 de junio de 2009, el Ofi cio Nº 1680-2009- CONAFU-P de fecha 07 de octubre de 2010, el Ofi cio Nº 007-2009-IEPr”APUUL COLLEGE”-CH recibido con fecha 02 de diciembre de 2010, el Escrito s/n recibido con fecha 29 de marzo de 2010, el Ofi cio Nº 324-2010-CONAFU- CDAA de fecha 29 de marzo de 2010 y el Acuerdo Nº 147-2010-CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU llevada a cabo el día 29 de marzo de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades -CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores; teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional; Que, en el artículo 10º del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, se establece que: “Son atribuciones del Pleno del CONAFU:… c) Aprobar o denegar los Proyectos de Desarrollo Institucional de nuevas universidades”; Que, en el artículo 8º del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 196-2004-CONAFU de fecha 07 de octubre de 2004 (En Adelante el Reglamento), se establece que: “El Proyecto de Desarrollo Institucional, consolida los resultados del estudio de los aspectos técnicos, económicos, fi nancieros, administrativos e institucionales con el fi n de instalar, poner en marcha y desarrollar una Universidad o Escuela de Postgrado Particular no perteneciente a Universidades”; Que, en el artículo 14º del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolución Nº 196-2004-CONAFU de fecha 07 de octubre de 2004, se establece que: “Con la solicitud de autorización de funcionamiento provisional, el administrado deberá presentar el Proyecto de Desarrollo Institucional…”; Que, por escrito recibido con fecha 17 de noviembre de 2008, el señor Jorge Luis Calderón Mendoza, en representación de la Promotora Apull College SRL, presenta el Proyecto de Universidad Privada Iberoamericana, para brindar servicios educativos universitarios en las siguiente carreras profesionales: 1) Ingeniería de Sistemas y Telemática. 2) Enfermería con mención en Gerontología y Geriatría. 3) Contabilidad y Auditoría. y; 4) Derecho con mención en Gestión Gubernamental; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; adjuntando la documentación correspondiente para su autorización provisional de funcionamiento; Que, por Resolución Nº 209-2009-CONAFU de fecha 24 de abril de 2010, se resuelve: Admitir a trámite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada Iberoamericana, presentado por el señor Jorge Luis Calderón Mendoza, Gerente General de la Promotora Appul College SRL; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingeniería de Sistemas y Telemática. 2) Enfermería con mención en Gerontología y Geriatría. 3) Contabilidad y Auditoría. y; 4) Derecho con mención en Gestión Gubernamental; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, por Resolución Nº 322-2009-CONAFU de fecha 24 de junio de 2009, se resuelve Conformar la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada Iberoamericana, la misma que estará conformada por los siguientes profesionales: Elio Leoncio Delgado Azañero, José Luis Marchena Araujo y Noemí López Chegne en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, por Ofi cio Nº 1680-2009-CONAFU-P de fecha 07 de octubre de 2010, el Presidente del CONAFU remite el Informe Preliminar del Proyecto de Universidad “Privada Iberoamericana”, para que en el plazo de quince (15) días hábiles cumpla con levantar las observaciones indicadas en el referido informe, solicitándole la presentación de una segunda versión del PDI del referido Proyecto de Universidad; Que, con Ofi cio Nº 007-2009-IEPr”APUUL COLLEGE”-CH recibido con fecha 02 de diciembre de 2010, el señor Jorge Calderón Mendoza, representante de la Promotora Apull College SRL, presenta el levantamiento de las observaciones del PDI del Proyecto de Universidad Privada Iberoamericana, en una segunda versión, dando cumplimiento al Ofi cio Nº 1680-2009- CONAFU-P; levantamiento de observaciones que incluye cambio de denominación de las carreras profesionales presentándose las siguientes carreras: 1) Ingeniería de Sistemas y Telemática. 2) Enfermería, Geriatría y Gerontología. 3) Contabilidad, Finanzas y Auditoría. y; 4) Derecho y Gestión Gubernamental; bajo el Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882; Que, en el artículo 32º inciso a) del Reglamento, se establece que: “Las recomendaciones para el pronunciamiento del CONAFU, se ajustarán a cualquiera de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado por la Promotora, b) Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional con las carreras profesionales que hayan alcanzado puntaje aprobatorio”; Que, con escrito s/n recibido con fecha 29 de marzo de 2010, el doctor Elio Leoncio Delgado Azañero, Presidente de la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad Privada Iberoamericana, remite el Informe Final de Evaluación del referido Proyecto Universitario, manifestando que el proyecto supera el puntaje mínimo para aprobación; Que, por Ofi cio Nº 324-2010-CONAFU-CDAA de fecha 29 de marzo de 2010, el Consejero de Asuntos Académicos informa que el Presidente de la Comisión Califi cadora del