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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2010 (08/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de mayo de 2010 418628 conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación; Que, mediante Informe N° 5476-2009-CRAC/SDSP/ DA/ DREPH/INC de fecha 23 de diciembre de 2009, la Sub Dirección de Supervisión y Peritaje de la Dirección de Arqueología recomienda se declare patrimonio cultural de la Nación a los dieciséis monumentos arqueológicos prehispánicos registrados en el marco del ”Proyecto de evaluación arqueológica de reconocimiento sin excavaciones proyecto de exploración Minera Caudalosa Grande”, a cargo de la Lic. Yessenia Alejandrina Bejar Cano, con R.N.A. Nº AB-0615; Que, mediante Acuerdo N° 0013 de fecha 08 de enero de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación a los siguientes monumentos arqueológicos prehispánicos: Caudalosa, Orccomachay, Puncuckasa 2, Puncuckasa 3 y Puncuckasa 4, situados en el distrito de Castrovirreyna; Puncuckasa 1, Puncuckasa 5, Mina Beatita, La Virreyna, Pacococha 2, Pacococha 1, Quebrada Callejón, Quebrada Callejón 1, Quebrada Callejón 2, Quebrada Uchuputo y Camino Inka Tramo Pacococha, ubicados en el distrito y provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica, registrados en el marco del precitado proyecto de evaluación; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017- 2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema N° 012-2006-ED. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar patrimonio cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos cuya ubicación se detalla en los siguientes cuadros: Departamento Huancavelica Provincia Castrovirreyna Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 UTM Este UTM Norte Caudalosa Santa Ana 478760 8542027 Orccomachay Santa Ana 479496 8538455 Puncuckasa 1 Castrovirreyna 475659 8539635 Puncuckasa 2 Santa Ana 476270 8540013 Puncuckasa 3 Santa Ana 475850 8539187 Puncuckasa 4 Santa Ana 476026 8539165 Puncuckasa 5 Castrovirreyna 475398 8538546 Mina Beatita Castrovirreyna 473740 8540710 La Virreyna Castrovirreyna 473076 8540672 Pacococha 2 Castrovirreyna 471790 8540285 Pacococha 1 Castrovirreyna 470152 8537936 Quebrada Callejón Castrovirreyna 471730 8541157 Quebrada Callejón 1 Castrovirreyna 471821 8542010 Quebrada Uchuputo Castrovirreyna 471142 8541719 Departamento Huancavelica Provincia Castrovirreyna Nombre del elemento arqueológico aislado Distrito Datum PSAD56 Zona 18 UTM Este UTM Norte Quebrada Callejón 2 Castrovirreyna 472199 8542172 Departamento Huancavelica Provincia Castrovirreyna Nombre del paisaje cultural arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 18 UTM Este UTM Norte Camino Inka Tramo Pacococha Castrovirreyna 471677 8542246 Artículo 2°.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de Huancavelica la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionado en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 489767-13 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 958/INC Lima, 28 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 109-2010-SDIC-DA/ DREPH/INC de fecha 14 de enero de 2010, la Sub Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología recomienda derivar la propuesta de declaratoria como patrimonio cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico Huacosmarca a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología; Que, mediante Acuerdo Nº 077 de fecha 15 de enero de 2010, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico Huacosmarca ubicado en el distrito de Huaros, provincia de Canta, departamento de Lima; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológicos prehispánico cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Lima Provincia Canta Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum WGS84 Zona 18 UTM Este UTM Norte Huacosmarca Huaros 326247 8738269