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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 8 de mayo de 2010 418627 Departamento Arequipa Provincia Arequipa Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 19 Datum WGS84 Zona 19 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Apacheta del Cerro Ancas Yura 235560.00 8236525.00 235357.00 8236159.00 Apachetas del Cerro Banderani Yura 235171.00 8237723.00 234968.00 8237357.00 Apachetas del Cerro Peladero Yura 238092.00 8215918.00 237890.00 8215553.00 Departamento Arequipa Provincia Caylloma Nombre del sitio arqueológico Distrito Datum PSAD56 Zona 19 Datum WGS84 Zona 19 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Apachetas de la Quebrada Pillo Yanque 233910.00 8241336.00 233707.00 8240970.00 Apacheta del Cerro Alvarez Yanque 233741.00 8243834.00 233539.00 8243468.00 Apachetas del Cerro Chucura Yanque 224369.00 8257454.00 224167.00 8257088.00 Departamento Arequipa Provincias Arequipa - Caylloma Nombre del paisaje cultural arqueológico Distritos Datum PSAD56 Zona 19 Datum WGS84 Zona 19 UTM Este UTM Norte UTM Este UTM Norte Camino Prehispánico Tambo de Pisac – Chivay Yura, Yanque y Chivay 236212.00 8203673.00 236010.00 8203308.00 221485.00 8268128.00 221283.00 8267762.00 Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Regional de Cultura de Arequipa la elaboración de los expedientes técnicos de los monumentos arqueológicos prehispánicos mencionados en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los monumentos arqueológicos prehispánicos declarados patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 489767-11 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 954/INC Lima, 27 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno, responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del patrimonio cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Informe Nº 046-2010-INC/DRC-C/ DIC/SDC de fecha 04 de febrero de 2010, la Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección Regional de Cultura de Cusco recomienda que el expediente técnico del monumento arqueológico prehispánico María Fortaleza – Taqrachullo sea derivado a la Comisión Alterna a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología para su evaluación correspondiente, asimismo sea declarado patrimonio cultural de la Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 10 de fecha 08 de febrero de 2010, la Comisión Alterna a la Comisión Nacional Técnica de Arqueología acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura declarar patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico María Fortaleza – Taqrachullo, ubicado en el distrito de Suyckutambo, provincia de Espinar, departamento de Cusco; recomendándose además la aprobación de su respectivo expediente técnico; Estando a lo visado por el Director de Gestión, el Director de Arqueología y el Director de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Resolución Suprema Nº 004-2000-ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación al monumento arqueológico prehispánico cuya ubicación se detalla en el siguiente cuadro: Departamento Cusco Provincia Espinar Nombre de la zona arqueológica monumental Distrito Datum WGS84 Zona 19 UTM Este UTM Norte María Fortaleza – Taqrachullo Suyckutambo 219674.1400 8343306.4300 Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano de delimitación, memoria descriptiva y fi cha técnica) del monumento arqueológico prehispánico María Fortaleza – Taqrachullo, de acuerdo a los planos, áreas y perímetros siguientes: Nombre de la zona arqueológica monumental Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Área (ha) Perímetro (m) María Fortaleza – Taqrachullo SDC DA-009A 173170.470 17.3170 1628.984 Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio cultural de la Nación del monumento arqueológico prehispánico mencionado en el artículo 1º y del plano señalado en el artículo 2º de la presente resolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 489767-12 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 957/INC Lima, 28 de abril de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un organismo público descentralizado del sector educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación,