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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de mayo de 2010 419257 SE RESUELVE: Artículo Único.- Cancelar el Exequátur que reconoce a la doctora Carmen Lorena Portillo Viana, como Cónsul de Colombia en Iquitos. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 496850-18 Autorizan al Instituto Geográfico Nacional el pago de cuota del año 2010 al Instituto Panamericano de Geografía e Historia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 204-2010-RE Lima, 20 de mayo de 2010 VISTO: El ofi cio Nº 23-IPGH/ST-P, de fecha 12 de abril de 2010, de la Sección Nacional-Perú del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del año 2010 al Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del año 2010 al Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH), con cargo al presupuesto del Instituto Geográfi co Nacional; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Instituto Geográfi co Nacional, a efectuar el pago de US$ 3,900.00 (Tres mil novecientos y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) al Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH), correspondiente al pago de la cuota del año 2010. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Instituto Geográfi co Nacional. Artículo 3º.- La equivalencia en moneda nacional será establecida según el tipo de cambio vigente a la fecha de pago. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 496850-19 Autorizan al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el pago de cuota del año 2010 a la Asociación Mundial de los Servicios Públicos del Empleo RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 205-2010-RE Lima, 20 de mayo de 2010 VISTO: El ofi cio Nº 981-2010-MTPE/4, de fecha 16 de marzo de 2010, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota del 2010 a la Asociación Mundial de los Servicios Públicos de Empleo (AMSPE); CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de la cuota del 2010 a la Asociación Mundial de los Servicios Públicos de Empleo (AMSPE), con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción Social; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a efectuar el pago de S/. 3,500.00 (Tres mil quinientos y 00/100 Nuevos Soles) a la Asociación Mundial de los Servicios Públicos del Empleo, correspondiente a la cuota del 2010. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 496850-20 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Decreto Supremo que modifica la Primera Disposición Complementaria Final del Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC DECRETO SUPREMO Nº 023-2010-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley de Radio y Televisión aprobada por Ley Nº 28278, en su artículo III del Título Preliminar, establece, entre otros, que el Estado promueve el desarrollo de los servicios de radiodifusión, con el objeto de asegurar la cobertura del servicio en todo el territorio, en el marco de las políticas de desarrollo, integración y afi anzamiento de la identidad nacional; Que, mediante Resolución Suprema Nº 019-2009-MTC se resolvió adoptar el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial) con las mejoras tecnológicas que hubiere al momento de su implementación, como sistema de televisión digital terrestre (TDT) para el Perú, considerando los fundamentos expuestos en el Informe de Recomendación del Estándar de Televisión Digital Terrestre presentado por la Comisión Multisectorial, constituida para tal fi n mediante Resolución Suprema Nº 010-2007-MTC;