Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2010 (26/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

419507

ORGANOS Funciones Funciones ELECTORALES Administrativas: Jurisdiccionales: DESCENTRA- Inscribe a los candidatos Primera instancia en la resolucion de LIZADOS de la jurisdiccion impugnaciones. Selecciona a los miembros de mesa. Otras funciones que establezca el reglamento electoral.

9.2. Hasta 1/5 (20%) del numero total de candidatos a Consejeros Regionales y Regidores, respectivamente, puede ser designado directamente por el organo del partido que disponga el estatuto; en el caso de los movimientos regionales por el organo que disponga su MORDAZA interna de organizacion o en su defecto el reglamento electoral. Los candidatos a los cargos de Presidente y Vicepresidente Regional, y MORDAZA de concejos municipales deben ser necesariamente elegidos, conforme a alguna de las modalidades del item 9.1.

DEL MORDAZA DE ELECCIONES INTERNAS 7. Plazo: Las elecciones internas se efectuan entre los ciento ochenta (180) dias calendario anteriores a la fecha de eleccion y veintiun (21) dias MORDAZA del plazo para la inscripcion de candidatos, esto es, desde el 06/ABR/2010 hasta el 14/JUN/2010. 8. Requisitos que deben cumplir los candidatos: Cada organizacion politica podra establecer en su dispositivo electoral los requisitos a cumplir por los postulantes a Presidente, Vicepresidente y Consejeros Regionales; y MORDAZA y Regidores municipales, sin contravencion de aquellos contemplados en el ordenamiento electoral vigente. Asimismo:
Candidatos elegidos Candidatos designados

En los siguientes MORDAZA se grafica la aplicacion de dichos porcentajes. Es de precisar que, si bien una organizacion politica puede designar determinado numero candidatos, conforme al porcentaje que se indica, ello no impide que el total de la lista pueda estar conformada solo por candidatos elegidos. Respecto a la lista de candidatos a Consejeros, titulares y accesitarios, para las elecciones regionales se tiene lo siguiente:
Region Total de Hasta 1/5 del total 4/5 del total Consejeros de candidatos de candidatos a Consejeros a Consejeros DESIGNADOS ELEGIDOS (maximo) (minimo) 09 20 07 08 13 16 07 16 07 13 07 11 12 07 09 09 09 07 09 08 13 12 07 07 09 01 04 01 01 02 03 01 03 01 02 01 02 02 01 01 01 01 01 01 01 02 02 01 01 01 08 16 06 07 11 13 06 13 06 11 06 09 10 06 08 08 08 06 08 07 11 10 06 06 08

Amazonas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Callao MORDAZA Huancavelica MORDAZA Ica MORDAZA La MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Pasco MORDAZA MORDAZA San MORDAZA Tacna Tumbes Ucayali

Los candidatos que postulen En el caso de las personas a dichos cargos deben invitadas a postular como presentar, al registrar su candidatos en los cargos MORDAZA candidatura o dentro de los 15 indicados, que no han participado dias de convocada la eleccion en eleccion interna, presentaran interna, su declaracion jurada su declaracion jurada de MORDAZA de vida. dentro de los 7 dias de haber sido invitados. La declaracion jurada de MORDAZA se publicara en la pagina web de la organizacion politica.

9. Modalidades de eleccion de candidatos: Corresponde al organo MORDAZA del partido politico y del movimiento regional (no al organo electoral) decidir la modalidad de eleccion de los candidatos, entre las siguientes opciones, teniendo en cuenta las implicancias tecnicas referidas a la elaboracion del padron electoral, de los materiales electorales, conformacion de las mesas de sufragio, entre otros factores.
9.1. Al menos las 4/5 partes (80%) del total de candidatos a Consejeros Regionales y Regidores, respectivamente, deben ser elegidos bajo alguna de las siguientes modalidades: a) Elecciones con MORDAZA universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados, (conocido como elecciones primarias abiertas) b) Elecciones con MORDAZA universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados, (conocido como elecciones primarias cerradas). c) Elecciones a traves de los delegados elegidos por los organos partidarios conforme lo disponga el estatuto o la MORDAZA interna de organizacion del movimiento regional, o en su defecto el reglamento electoral (se trata de un MORDAZA de eleccion indirecta). Estos organos partidarios, por su parte, deben estar integrados por delegados elegidos por MORDAZA universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados, de acuerdo al estatuto o MORDAZA interna de organizacion (Art. 27 LPP).

Respecto de la lista de candidatos a Regidores para las elecciones municipales, se aprecia lo siguiente:
Total de Regidores Hasta 1/5 del total 4/5 del total de candidatos de candidatos a Regidores a Regidores DESIGNADOS ELEGIDOS (maximo) (minimo) 07 03 02 02 01 01 01 32 12 11 09 08 06 04

Concejos con 39 regidores Concejos con 15 regidores Concejos con 13 regidores Concejos con 11 regidores Concejos con 09 regidores Concejos con 07 regidores Concejos con 05 regidores

En cualquiera de las tres modalidades de eleccion, los candidatos pueden elegirse con la mayoria simple de votos, con mayoria absoluta (50%+1) o con mayoria calificada (un porcentaje establecido), conforme lo disponga su Reglamento Electoral.

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